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  • DONACION O HEREDERO

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 #1252037  por JENS33
 
Hola
Abuelos hacen una donación a favor de un nieto, en el acto presentes ambos hijos dan consentimiento del contrato de Donación. Después de años fallece el abuelo. Preg. ¿el consentimiento del hijo es suficiente para transmitir el inmueble?. ¿se afecta la legitima? Puede el hijo reclamar su parte aun cuando presto conformidad de la donacion?
Soy recién recibido, agradecería su colaboración. Gracias
 #1252045  por raquel28
 
Con el nuevo código el plazo de consentimiento se extiende a cinco años..no son bien vistas esas escrituras al momento de vender a un tercero..por eso cinco años para que quede consentido..
 #1252050  por ccolalongo
 
Si la donación fue inscripta ya está a nombre del nieto y el hijo no tiene nada que ver, pero como te dijeron hay que ver si queres vender quien quiere comprar ese posible problema, salvo que se negocie muy bien el precio.
 #1257221  por sonicobcn
 
Es título observable por 10 años desde la donación o 5 de la muerte del donante, lo que ocurra primero.
En cuanto al heredero que prestó conformidad por última parte 2461 entiendo que no puede reclamar
Saludos
 #1257593  por legalescom
 
Si, desde la fecha de la donación, transcurrieron más de diez (10) años, por aplicación del Código Civil (vigente cuando la misma se llevara a cabo) se plica su:
Art. 3999. El que adquiere un inmueble con buena fe y justo título prescribe la propiedad por la posesión continua de diez años.