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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1175584  por AndreaBen
 
Hola, como estas? Si tu clienta sabe en que pcia podes pedir directamente informe de indice de titularidad en el registro de la propiedad inmueble y ahi figura los inmuebles que tenga a su nombre en la pcia. Yo estoy en Bs. As., aca en el registro tenes diferentes tasas segun la rapidez con que lo necesites, pero si lo queres urgente te sale hasta en el dia, tenes que pagarlo, pero es lo mas rápido.
 #1179326  por paob26
 
AndreaBen escribió: Mié, 24 May 2017, 18:26 Hola, como estas? Si tu clienta sabe en que pcia podes pedir directamente informe de indice de titularidad en el registro de la propiedad inmueble y ahi figura los inmuebles que tenga a su nombre en la pcia. Yo estoy en Bs. As., aca en el registro tenes diferentes tasas segun la rapidez con que lo necesites, pero si lo queres urgente te sale hasta en el dia, tenes que pagarlo, pero es lo mas rápido.
Hola muchas gracias!! Perdón por la tardanza en contestar, te cuento que ya lo hice, ya pedí el informe en el RPI y contesté demanda impugnando la inexistencia de convenio.
Ahora mi duda es la sgte. ya que del informe en el registro surge que éste hombre adquirió una propiedad en condominio con su pareja actual y su hija, es decir que tiene propiedad inmueble, ahora me falta el informe en el Registro del automotor que debo hacerlo en donde vive éste Sr. Ahora el tema es que mientras tanto en el expte. pasaron los autos a sentencia, y mi inquietud es si una vez que salga sentencia de divorcio exista la peligrosidad de que éste Sr. pueda querer vender sus bienes. Entiendo que debo de iniciar Incidente de liquidación de la sociedad conyugal, pero mi inquietud es si no hay peligro que se puedan enajenar los bienes antes de que pueda acreditarlos, o si crees conveniente de que pida alguna medida precautoria. Perdón por tantas preguntas pero es mi primer divorcio complicado!!! :) :)
 #1197903  por lylyanam
 
Inicia juicio de divorcio. Propuesta

Señor Juez:
Beatriz Elsa García de Senillosa, por su propio derecho, con domicilio real en la calle........., constituyendo el procesal en la calle........, fijando domicilio electrónico en ambos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con domicilio electrónico en.......PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".......... con el patrocinio del Dr. Eduardo J. Rodríguez, a V.S. digo:

I. DEMANDADO

Que vengo a demandar el divorcio de mi esposo Jorge Senillosa quien tiene el último domicilio real en la calle.............. de la localidad de............., lugar donde actualmente se encuentra viviendo.

II. ANTECEDENTES

Que a los fines del presente y de la propuesta que formulo en el párrafo siguiente vengo a hacer conocer a V.S. los siguientes antecedentes.
a) El divorcio corresponde al matrimonio celebrado con el demandado con fecha......, conforme resulta de la partida…. (Anexo I).
b) De nuestra unión nacieron dos hijos............de 8 años de edad y........ de 6 de años (Partidas Anexos II y III).
c) El inmueble donde vivimos es un bien ganancial (copia de la escritura........, con el certificado del Registro de la Propiedad, Anexo IV y V).
d) Estado patrimonial de los cónyuges. En la actualidad no trabajo, aunque lo hacía antes de dar a luz mi primer hijo (de lo que hablaré en el párrafo referido a la compensación económica) y me ocupo de mis hijos y los quehaceres del hogar. Mi esposo trabaja en la empresa....., en la que cobra un sueldo neto de........, conforme copia del recibo de haberes..... (Anexo VI). Además contamos con los siguientes bienes (por ejemplo: Inmuebles, automotores, joyas, dinero en efectivo (nacional o extranjero), depósitos bancarios, participaciones en sociedades, etc......).

III. PROPUESTA

Que conforme el art. 439 vengo a formular la propuesta ordenada por la ley, de la que solcito se apruebe, previo traslado a la contraria. Para ello en primer lugar señalo que:
a) Cuidado de los hijos. En la actualidad el cuidado de nuestros hijos está a mi cargo, viven en el departamento, los llevo al colegio, los alimento, los atiendo, etc., mientras que mi cónyuge viene los fines de semana, sábado o domingo y sale con los chicos y los lleva al cine, al zoológico, etc., pero no tenemos una comunicación fluida ni me pregunta por sus estudios, estado, necesidades, etc. En consecuencia solicito que el cuidado de los niños me sea atribuido por V.S. de manera definitiva, por a) la prioridad del progenitor que facilita el derecho a mantener trato regular con el otro; b) la edad de los hijos; y en especial c) el mantenimiento de la situación existente y respeto del centro de vida del hijo (art. 653 CCC)[1]. Todo ello sin perjuicio de la comunicación fluida con mi cónyuge conforme se determine en estos autos (art. 652, Código Civil y Comercial)[2]. Dejo asimismo constancia que al nacer nuestro primer hijo me encontraba estudiando la carrera de contador, me encontraba en tercer año y trabajaba en la empersa....... tareas que abandoné desde ese momento para dedicarme a mi casa y a mis hijos.
a) Atribución de la vivienda. De acuerdo con el art. 443, Código Civil y Comercial[3] solicito la atribución de la vivienda, fundada en los siguientes razones: 1) soy la persona a quien se atribuirá el cuidado de los hijos, si V.S. considera pertinente mis razones para ello, las que considero debidamente fundadas; b) me encuentro en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios, ya que actualmente no tengo un trabajo rentado ni cuento con los bienes suficientes para conseguir comprar o rentar una vivienda.
b) Distribución de bienes. De acuerdo con el detalle de bienes indicado en el párrafo II, d), propongo la siguiente partición de los mismos........... (para hacerlo ver Partición arts. 2374 a 2384, Código Civil y Comercial).
c) Prestación alimentaria para nuestros hijos[4]. De acuerdo con los arts. 658 y sgtes. y la situación económica de mi esposo, solicito como alimentos para nuestros hijos, consideración mensual: 1) Manutención. Alimentos $........; Gastos del inmueble (expensas, ABL, AYSA, Teléfono, Internet, Luz, Gas)...... $...........; 2) Educación. Nuestro hijos concurren a la escuela pública....... y se encuentran en tal grado...... y tal grado....., para los útiles escolares, tareas,..... $......... 3) Esparcimiento. Además de las salidas con su padre corresponde (como concurrencia a clubes, aprender danzas, etc.)......... $.........., 4) Vestimenta. Como promedio para la compra de ropa de vestir, ropa de deportes, zapatillas,......... $............[5].
d) Compensación económica[6]. Como he señalado a V.S. antes de tener los hijos me encontraba en tercer año de una carrera universitaria. La atención de los niños me llevó a abandonar los estudios (Acompaño constancia de certificados de estudios otorgado por la Universidad de Buenos Aires, Anexo VII). Asimismo trabajaba en la empresa........... con sueldo para el año...... de $......... (copia del recibo del último mes de trabajo......... Anexo VIII). Los niños van teniendo una edad en la que van requiriendo menos atención constante, de manera que pretendo continuar mis estudios, lo que eventualmente en el futuro será un camino para poder ejercer la profesión y lograr una independencia económica para mí y para mejorar la situación de ellos. La ruptura del matrimonio me produce un desequilibrio manifiesto ya que no he rqueridoalimentos....... Además, de acuerdo con el art. 442, Código Civil y Comercial........ [7]. Por ello solicito la suma de......... $...... (puede ser una suma determinada o una cantidad mensual o periódica durante un lapso determinado).
e) Otras cuestiones........

IV. PRUEBAS
Se ofrecen las siguientes pruebas referidas a la propuesta y la compensación económica.
a) Documental. Los anexos (I a VII) indicados en texto.
b) Absolución de posiciones...............
c) Informativa. Si fuesen desconocidos los documentos privados, solicito se libre informes a las instituciones que los han emitido para que constaten los mismos e informen sobre su autenticidad.
Respecto de los datos sobre bienes que se incorporan en el párrafo II, d), referidos a....... se libro oficio de informes a...........
d) Pericial......

V. PETITORIO

Por lo expuesto de V.S. solicito
a) Se me tenga por presentada, parte y por denunciado el domicilio real, constituido el procesal e indicado el domicilio informático.
b) Por deducida la demanda de divorcio y presentada y ofrecida la prueba, la propuesta y la compensación económica, se den traslado de las mismas y de la documentación acompañada.
c) Por acompañadas las copias para el expediente y las del traslado en soporte digital.
c) Se decrete oportunamente el divorcio.
d) Se provea el trámite pertinente en caso de oposición a la propuesta y a la compensación económica, las que solicito que oportunamente se aprueben
d) Oportunamente se apruebe la propuesta, lo que..........
SERÁ JUSTICIA.

FIRMAS.

Notas:
[1] Art. 653, Código Civil y Comercial. Cuidado personal unilateral. Deber de colaboración. En el supuesto excepcional en el que el cuidado personal del hijo deba ser unipersonal, el juez debe ponderar: a) la prioridad del progenitor que facilita el derecho a mantener trato regular con el otro; b) la edad del hijo; c) la opinión del hijo; d) el mantenimiento de la situación existente y respeto del centro de vida del hijo. El otro progenitor tiene el derecho y el deber de colaboración con el conviviente.
[2] Art. 652, Código Civil y Comercial. Derecho y deber de comunicación. En el supuesto de cuidado atribuido a uno de los progenitores, el otro tiene el derecho y el deber de fluida comunicación con el hijo (ver también arts. 555 a 557).
[3] Art. 443, Código Civil y Comercial. Atribución del uso de la vivienda. Pautas. Uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea el inmueble propio de cualquiera de los cónyuges o ganancial. El juez determina la procedencia, el plazo de duración y efectos del derecho sobre la base de las siguientes pautas, entre otras: a) la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos; b) la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios; c) el estado de salud y edad de los cónyuges; d) los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.
[4] Si el cónyuge pide alimentos para sí deberán aplicarse los arts. 432 y 434, Código Civil y Comercial.
[5] En el caso que nos ocupa son de aplicación los artículos 658 y 650, Código Civil y Comercial. Véase que no se pide asistencia y gastos de enfermedad, eventualmente cubierto por la obra social del trabajador, o los gastos para adquirir una profesión u oficio por la edad de los niños, aunque dentro de estos últimos conceptos podrían considerarse los estudios complementarios a los del colegio como idiomas, computación, música, etc.). Art. 658, Código Civil y Comercial. Regla general. Ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos. La obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo. Art. 659, Código Civil y Comercial. Contenido. La obligación de alimentos comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en especie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado.
[6] Si se recibe compensación económica por uno de los cónyuges no puede pedir a su vez alimentos para él (inc. b), art. 434, in fine). Art. 441, Código Civil y Comercial. Compensación económica. El cónyuge a quien el divorcio produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Esta puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o decida el juez.
[7] Art. 442, Código Civil y Comercial. Fijación judicial de la compensación económica. Caducidad. A falta de acuerdo de los cónyuges en el convenio regulador, el juez debe determinar la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras: a) el estado patrimonial de cada uno de los cónyuges al inicio y a la finalización de la vida matrimonial; b) la dedicación que cada cónyuge brindó a la familia y a la crianza y educación de los hijos durante la convivencia y la que debe prestar con posterioridad al divorcio; c) la edad y el estado de salud de los cónyuges y de los hijos; d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que solicita la compensación económica; e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge; f) la atribución de la vivienda familiar, y si recae sobre un bien ganancial, un bien propio, o un inmueble arrendado. En este último caso, quién abona el canon locativo. La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.
 #1197911  por monicbea
 
Hola a todos , en un divorcio unilateral ,donde notificada la contraria impugna el propuesta de convenio regulador del actor y propone otra. Se fija la audiencia del art.438 cc en el mismo proveído que se tiene a la contraria por presentada. Quien notifica esa audiencia? No hay traslado de esa contra propuesta que hace el demandado. Si no se notificó el actor,puede no presentarse a esa audiencia? Es mi primer divorcio del nuevo código y estoy confundida. Alguien puede orientarme
 #1203185  por "doctoraZA"
 
Es obligatoria la compensación económica? En la práctica la dan? Otra pregunta que pasa si el acuerdo de alimentos se hace previo extrajudicial para homologación? Serviría para evitar pagar costas del alimentado entiendo pero y entonces el convenio regulador como quedaría? Muchas gracias
 #1208086  por JessicaAcosta
 
Hola buenas tardes.. Una vez presentada la demanda en el Juzgado de familia si es hecho de forma unilateral proponiendo un plan respecto a alimentos, visitas, etc el juez dicta sentencia para establecer acuerdo de estos puntos, pero de no existir acuerdo el divorcio igualmente queda efectuado cierto?
 #1262741  por drkuen
 
Comento que en Familia 1 de La Matanza, no aceptan un solo abogado para ambos, me obligaron a que se presente otro colega.
 #1268382  por claudiamv
 
Buenas tardes foristas! consulta, le llego demanda de divorcio unilateral a mi cliente con propuesta reguladora, en pcia de bs as. Ella es de acuerdo en el divorcio, solo esta en desacuerdo con el monto de la cuota que ella pide mas y tampco esta de acuerdo con el tema de bienes, ya que el dice que el contruyo una vivienda en terreno que le dio su suegra y que no reclama nada, yo solo aclarare que no hay bienes de la sociedad conyugal, ya que el terreno es de la madre de mi clienta y solo se contruyo dos habitaciones precarias . Mi pregunta es debo poner en la contestacio: CONTESTA DEMANDA DE DIVORCIO UNILATERAL- IMPUGNA CONVENIO o ACLARA CONVENIO?? Escucho sus opiniones!! Mil gracias!!!
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