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  • Cao cubierta con aportes

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1253027  por FORENSE1
 
Estimados colegas,
Tengo una pregunta, bien de novato.
Suponiendo que tuve un buen año y con los aportes llegué a cubrir el monto de la CAO, que pasa con los honorarios del resto del año? Tanto yo como profesional y el sujeto obligado estaríamos exentos del pago? Porque el Tribunal lo pide para ciertos actos... Como lo manejan?
De antemano, muchas gracias
 #1253033  por DRalonso
 
"Tanto yo como profesional y el sujeto obligado estaríamos exentos del pago?" ¡NOOO!!! LOS VAMPIROS DE LA CAJA NO CONOCEN ESE VERBO

LA UNICA -NO LE GUSTARA AL CLIENTE- DEJAR TODO COLGADO HASTA EL SIGUIENTE AÑO Y HACER TODOS LOS APORTES A PRINCIPIOS DE ESE AÑO, CONTARAN PARA CUOTA DE ESE AÑO...
 #1253193  por FORENSE1
 
Gracias por la respuesta Dr Alonso, estuve averiguando y hay forma de pasar el excedente para la cuota del año que viene!
DRalonso escribió: Jue, 13 Feb 2020, 18:41 "Tanto yo como profesional y el sujeto obligado estaríamos exentos del pago?" ¡NOOO!!! LOS VAMPIROS DE LA CAJA NO CONOCEN ESE VERBO

LA UNICA -NO LE GUSTARA AL CLIENTE- DEJAR TODO COLGADO HASTA EL SIGUIENTE AÑO Y HACER TODOS LOS APORTES A PRINCIPIOS DE ESE AÑO, CONTARAN PARA CUOTA DE ESE AÑO...
 #1253250  por FORENSE1
 
Tenés que ir a la caja y solicitarlo personalmente, pero se tardan su tiempo para reconocertelo!
DRalonso escribió: Lun, 17 Feb 2020, 20:24 NO HAY DE QUE!

Y... ¿CUAL ES?