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 #1253577  por sistemajuridico
 
Hola. Me llega un cliente al que le han embargado el sueldo.a su mujer y a el por sumas idénticas.
La deuda existía pero durante 6 años le descontaron en el banco a la sra por esa deuda. Ahora el abogado de la demandante dice que ellos jamás recibieron ese dinero. En el banco no le dan explicaciones. Prepare un oficio 400.... que mas se puede hacer?
 #1253579  por abogado_1987
 
sistemajuridico escribió: Jue, 27 Feb 2020, 06:54 Hola. Me llega un cliente al que le han embargado el sueldo.a su mujer y a el por sumas idénticas.
La deuda existía pero durante 6 años le descontaron en el banco a la sra por esa deuda. Ahora el abogado de la demandante dice que ellos jamás recibieron ese dinero. En el banco no le dan explicaciones. Prepare un oficio 400.... que mas se puede hacer?
Hola, entiendo que > ARTICULO 544.- Las únicas excepciones admisibles en el juicio ejecutivo son:
1 Incompetencia.
2 Falta de personería en el ejecutante, en el ejecutado o en sus representantes, por carecer de capacidad civil para estar en juicio o de representación suficiente.
3 Litispendencia en otro juzgado o tribunal competente.
4 Falsedad o inhabilidad de título con que se pide la ejecución. La primera podrá fundarse únicamente en la adulteración del documento; la segunda se limitará a las formas extrínsecas del título, sin que pueda discutirse la legitimidad de la causa. El reconocimiento expreso de la firma no impide la admisibilidad de la excepción de falsedad fundada en la adulteración del documento.
Estas excepciones son inadmisibles si no se ha negado la existencia de la deuda.
5 Prescripción.
6 Pago documentado, total o parcial.

CPCCN
 #1253581  por sistemajuridico
 
Gracias.. si pero para comprobar el pago necesito que el banco me diga en que cuenta ha depositado lo retenido.
 #1253591  por VaneJFK
 
sistemajuridico escribió: Jue, 27 Feb 2020, 06:54 Hola. Me llega un cliente al que le han embargado el sueldo.a su mujer y a el por sumas idénticas.
La deuda existía pero durante 6 años le descontaron en el banco a la sra por esa deuda. Ahora el abogado de la demandante dice que ellos jamás recibieron ese dinero. En el banco no le dan explicaciones. Prepare un oficio 400.... que mas se puede hacer?
Pero quiere decir que ya hubo un expediente abierto, si se trabó embargo sobre cuenta sueldos. Yo miraria el expediente, y en el mismo deberia figurar los descuentos y ver se se depositaron en cuenta judicial.
 #1253600  por DRalonso
 
¿DENUNCIAR AL GERENTE DE LA SUCURSAL DEL EMBARGO "NO DEPOSITADO" POR ESTAFA, FALSIFICACION, DESOBEDIENCIA JUDICIAL, Y PELOTUDO?
 #1253658  por abogado_1987
 
sistemajuridico escribió: Jue, 27 Feb 2020, 08:49 Gracias.. si pero para comprobar el pago necesito que el banco me diga en que cuenta ha depositado lo retenido.
"... La deuda existía pero durante 6 años le descontaron en el banco a la sra por esa deuda..."

Hola, si > "... le descontaron en el banco a la sra por esa deuda..."
entiendo que le descontaron de una caja de ahorro, etc
en tal caso, tendría que constar en los resúmenes de la caja de ahorro, etc