Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • heredero que cobra alquileres

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1262199  por chapu420
 
Buenas tardes doc, les hago una pregunta bastante básica, para saber si estoy en lo correcto:

Mi cliente (coheredero) me comenta que su hermano estuvo administrando dos propiedades que forman parte del acervo hereditario, cobrando alquileres. Todo esto hace mas de 3 años. La declaratoria de herederos también se dictó hace mas de 5 años, pero sin partición ni apertura del sucesorio.-

Para recuperar parte de los alquileres anteriores....Corresponde en este caso plantear incidente de rendición de cuentas y repetición de los frutos percibidos por los últimos 2 años verdad???? (administración extrajudicial, mandato tácito, enriquecimiento sin causa, etc.-)
 #1262204  por legalescom
 
¿Cómo decis? "La declaratoria de herederos también se dictó hace mas de 5 años, pero sin partición ni apertura del sucesorio".-

Ponete, primero, de acuerdo con vos mismo, después reiterá la consulta.
 #1262225  por drany
 
No entiendo. Declaratoria sin inicio de sucesión?????
 #1262242  por chapu420
 
En Córdoba la declaratoria de herederos se dicta mediante un auto/resolución. La apertura del sucesorio se realiza luego de la declaratoria de herederos y solo en los casos en que se vayan a solicitar medidas de disposición sobre los bienes. Se presenta un escrito manifestando bienes, solicitando la apertura del sucesorio y pidiendo el cese de la intervención del fiscal civil.-
 #1262366  por chapu420
 
DRalonso escribió: Vie, 16 Oct 2020, 11:03 Y CHAPU... ¿QUE VAS A HACER?

LASTIMA NO ACLARAS DE ENTRADA LA JURISDICCION...
SI DOC, PERO ENTIENDO QUE NO VARIA LA DENOMINACION DE LA INSTANCIA. EN CORDOBA SE ABRE EL SUCESORIO POST DECLARATORIA, PERO EN FIN....SIGUE SIENDO LA MISMA DUDA, YA QUE SE ENVIO CD Y NADA...
Para recuperar parte de los alquileres anteriores percibidos por el coheredero....Corresponde en este caso plantear incidente de rendición de cuentas y repetición de los frutos percibidos por los últimos 2 años verdad???? (administración extrajudicial, mandato tácito, enriquecimiento sin causa, etc.-)
 #1262382  por DRalonso
 
FIJATE QUE HASTA "legales" TE CAGO A PEDOS...

LA INTIMACION LEGAL PREVIA, VULGO CD, ES INELUDIBLE PARA FIJAR POSICION LEGAL

YO HARIA DEMANDA AUTONOMA DE RENDICION DE CUENTAS, Y SI DESPUES ORDENAN ACUMULACION, VEREMOS...

¡SUERTE!

Y DESPUES CONTANOS COMO TE FUE...
 #1262393  por legalescom
 
¿Quién, carajo, entiende los cordobeses?
Declaratoria de herederos y posesión de la herencia
ARTÍCULO 654.- Al juicio de sucesión deberá preceder siempre la declaratoria de herederos, la cual confiere la posesión de la herencia en favor de quienes no la hubieren adquirido por el sólo ministerio de la ley a la muerte del autor de la sucesión.

Requisitos de la petición
ARTÍCULO 655.- La declaratoria de herederos deberá solicitarse ante el tribunal de la sucesión. A tal fin, deberá acreditarse el fallecimiento del causante y acompañarse los documentos relativos al título que se invoque, pudiendo ser éste ampliado en la oportunidad correspondiente. Asimismo, denunciará los domicilios que conozca de los otros herederos.

Únicamente, podríamos salvar la contradicción, entre el art. 654 y 655 del Cód. Proc. Cordobés, entendiendo, como "juicio de sucesión", no el "proceso sucesorio", sino el trámite de división, partición y/o adjudicación de los bienes del sucesorio.

Qué, esto, por favor, me lo explique algún cooordobés.