colegas, escribanos, agrimensores.....
TEMA: Vigencia del estado parcelario (pcia de bs as, ley 10707)...
Segun art. 15 actualizado me habla de 6 y 2 años para edificados y baldios... y tengo entendido que son 3 y 1.... (en zona urbana)
Por otro lado, entontre la circular nueva sobre la exención a inmuebles de PH que no esten en planta baja...
Ahora, además de confirmar los plazos de vigencia, como se cuentan? calendario o aniversario?? sin perjuicio de la validez de la valuación fiscal que si es año calendario, y x 1 año...
y hay diferencia paa escritura y sucesión??
TEMA: Vigencia del estado parcelario (pcia de bs as, ley 10707)...
Segun art. 15 actualizado me habla de 6 y 2 años para edificados y baldios... y tengo entendido que son 3 y 1.... (en zona urbana)
Por otro lado, entontre la circular nueva sobre la exención a inmuebles de PH que no esten en planta baja...
Ahora, además de confirmar los plazos de vigencia, como se cuentan? calendario o aniversario?? sin perjuicio de la validez de la valuación fiscal que si es año calendario, y x 1 año...
y hay diferencia paa escritura y sucesión??