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  • Inscripcion de declaratoria - Oficio observado

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 #123237  por fvacarezza
 
Hola gente:

Un Juzgado Civil y Comercial me observa un testimonio y un oficio para inscribir declaratoria. Me piden que además del oficio y el testoimonio haga una minuta, con mi firma y sello, informanda las proporciones transmitidas.

No tengo idea cómo puede ser esa minuta... ¿Alguien tiene un modelo o me da alguna pista de cómo puede ser?

Muchas gracias,
Franco

 #123287  por Sailaw
 
Te está hablando de los porcentuales de transmisión, cuanto le toca a cada uno de los herederos.

 #123331  por fvacarezza
 
Si, si, claro, comprendo.
Pero los porcentajes me piden que los denuncie en una minuta de inscripcion, no en el testimonio mismo.
Mi duda es cómo se confecciona dicha minuta.
De todos modos te agradezco
Franco

 #123337  por 123justicia
 
fvacarezza escribió:Si, si, claro, comprendo.
Pero los porcentajes me piden que los denuncie en una minuta de inscripcion, no en el testimonio mismo.
Mi duda es cómo se confecciona dicha minuta.
De todos modos te agradezco
Franco
la minuta de inscripcion es la que tenes que presentar en el RPI.

 #123886  por Natalia Huerta
 
Buenas:

La minuta es como un oficio. No te vuelvas loco. Si te observaron el oficio retiralo y en el mismo despues de la descripcion del inmueble ponele: Proporcion en la que se debera inscribir a favor de heredero ****, es del 50% indiviso.
Acto seguido los datos del heredero y listo.

Si ya presentaste el oficio y te lo dieron sin observaciones. Confecciona como si fuese el oficio anterior pero como una especie de complemento y aclarando: que la proporcion que deberá inscribirse la declaratoria de herederos dictada en autos es del 50% a favor del heredero ****.

Saludos.
Particularmente utilizo la primera opcion.

 #125217  por fvacarezza
 
Gracias Natalia, muy claro

No, lo que voy a hacer es un oficio adicional (que en este caso va con mi propia firma y sello), ya que en el testimonio que presenté hice todo el detalle de las proporciones transmitidas, pero lo observaron justamente porque el Secretario del Juzgado no se responsabiliza por las porcentajes que se trasmiten. No entiendo por qué, si es el juzgado el que declara a los herederos y ordena la inscripción.
Muchisimas gracias
Franco