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 #129012  por estudiolaw
 
Cual sería el domicilio que se debe tener en cuenta para la ejecución de unos cheques, se podría tener en cuenta el del actor,.

 #129098  por boga315
 
Hola, segùn la ley de cheques:" ARTICULO 3º- El domicilio del girado contra el cual se libra el cheque determina la ley aplicable.

El domicilio que el librador tenga registrado ante el girado podrá ser considerado domicilio especial a todos los efectos legales derivados del cheque."
Saludos.
 #130675  por Charlie
 
estudiolaw escribió:Cual sería el domicilio que se debe tener en cuenta para la ejecución de unos cheques, se podría tener en cuenta el del actor,.
No entiendo si tu pregunta sobre el domicilio del librador que consta en el cheque se refiere a la determinación de la competencia, o a la posibilidad de tomar ese domicilio como lugar para notificar la demanda.

¿Podrías aclararlo?

Saludos.