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  • Carta documento por calumnias

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 #1152282  por Manuplon
 
Hola a todos. Desde ya, muchas gracias por la ayuda que puedan darme.

Tengo el caso de un cliente que fue insultado públicamente por otra persona. Desea reclamar en sede civil una reparación por el daño moral que ello le ocasionó, además de iniciar la acción penal que corresponda (de eso se encargarán los penalistas). Por lo que pude ver, las cartas documento que se envían en este sentido intiman al la contraparte a "ratificar o rectificar" sus dichos, "bajo apercibimiento de iniciar acciones".

¿Por que se redacta de ese modo? De retractarse, ¿ello afecta a la accion civil por los daños ocasionados?

Si alguno tuviera una base de carta documento sobre la cual pueda comenzar a orientarme, será muy bienvenida.

Saludos!
 #1152314  por gia234
 
Manuplon escribió:Hola a todos. Desde ya, muchas gracias por la ayuda que puedan darme.

Tengo el caso de un cliente que fue insultado públicamente por otra persona. Desea reclamar en sede civil una reparación por el daño moral que ello le ocasionó, además de iniciar la acción penal que corresponda (de eso se encargarán los penalistas). Por lo que pude ver, las cartas documento que se envían en este sentido intiman al la contraparte a "ratificar o rectificar" sus dichos, "bajo apercibimiento de iniciar acciones".

¿Por que se redacta de ese modo? De retractarse, ¿ello afecta a la accion civil por los daños ocasionados?

Si alguno tuviera una base de carta documento sobre la cual pueda comenzar a orientarme, será muy bienvenida.

Saludos!
La ¨fórmula¨siempre es rectificar o ratificar, dando la oportunidad de enmendarse de los dichos.

Por la presente CD me dirijo a usted a efectos de que ratifique o rectifique las supuestas afirmaciones por las que me encuentro injustamente agraviado, conforme los hechos. 1 ...... 2....... Por lo expuesto, INTIMOLO a responder esta CD en el perentorio plazo de ....... días, sea rectificando o ratificándola y en caso de silencio o falta de contestación, lo interpretaré como ratificación de sus dichos. APERCIBOLO que en caso contrario iniciaré las acciones que hacen a mi derecho........., más daños y perjuicios correspondientes. QUEDA USTED FORMALMENTE NOTIFICADO.
 #1152316  por Manuplon
 
gia234 escribió:
Manuplon escribió:Hola a todos. Desde ya, muchas gracias por la ayuda que puedan darme.

Tengo el caso de un cliente que fue insultado públicamente por otra persona. Desea reclamar en sede civil una reparación por el daño moral que ello le ocasionó, además de iniciar la acción penal que corresponda (de eso se encargarán los penalistas). Por lo que pude ver, las cartas documento que se envían en este sentido intiman al la contraparte a "ratificar o rectificar" sus dichos, "bajo apercibimiento de iniciar acciones".

¿Por que se redacta de ese modo? De retractarse, ¿ello afecta a la accion civil por los daños ocasionados?

Si alguno tuviera una base de carta documento sobre la cual pueda comenzar a orientarme, será muy bienvenida.

Saludos!
La ¨fórmula¨siempre es rectificar o ratificar, dando la oportunidad de enmendarse de los dichos.

Por la presente CD me dirijo a usted a efectos de que ratifique o rectifique las supuestas afirmaciones por las que me encuentro injustamente agraviado, conforme los hechos. 1 ...... 2....... Por lo expuesto, INTIMOLO a responder esta CD en el perentorio plazo de ....... días, sea rectificando o ratificándola y en caso de silencio o falta de contestación, lo interpretaré como ratificación de sus dichos. APERCIBOLO que en caso contrario iniciaré las acciones que hacen a mi derecho........., más daños y perjuicios correspondientes. QUEDA USTED FORMALMENTE NOTIFICADO.
Gracias por tu respuesta.

Entiendo que esa sea la formula, pero no comprendo como funciona en caso de que la contraparte se rectifique. En ese caso, no se aplicaria el apercibimiento y no podria iniciar las acciones legales correspondientes, cuando al menos en sede civil, el dano ya esta producido.
 #1186693  por alejandra89
 
Hola como estan? Me recibi hace poco y me llego un caso similar, de un cliente que fue insultado publicamente, y quiere iniciar daños y perjuicios por daño moral, no tengo mucha idea de como encarar el reclamo, que prueba tendria que aportar, como cuantificaria ese daño? Si me pueden ayudar se los agradeceria mucho!!
 #1254697  por DrOcto
 
Como bien dice el colega preopinante, la "fórmula" más conocida es la de intimar su rectificación o ratificación, según sea el deseo del destinatario.

Sin embargo, particularmente yo prefiero directamente intimar el cese de las hostilidades/calumnias, bajo apercbimiento de iniciar acciones legales tendientes a ese fin ("bozal legal"), y en la misma misiva hago reserva de accionar por daños y perjuicios.

Tenes que tener en cuenta que los daños y perjuicios por calumnias e injurias son muy escuetos desde lo económico, muy difíciles de acreditar y, consecuentemente, ello conlleva a que los juicios de este tipo no sean rentables y sean engorrosos.

Espero te sirva, slds