Hola, la duda es la siguiente...
Convivo con mi pareja hace ya 13 años en un inmueble de mi propiedad.
No estamos casados ni esta registrada la unión convivencial.
Debido a la situación actual las deudas de ellas están en instancia judicial. Son deudas de tarjeta de credito.
De acuerdo al nuevo Cod.Civil el concubino es responsable por las deudas de la pareja que fueran para el mantenimiento del hogar.. (art 521).
Estimo que las deudas de tarjeta de crédito están incluidas... aunque no estoy seguro..
Si bien se hable de responsabilidad compartida en las deudas; si la unión no esta registrada cada uno dispone de sus bienes...
El acreedor puede ir por un embargo sobre mi depto? o al no estar registrada la unión convivencial eso no va a suceder?
Saludos
Convivo con mi pareja hace ya 13 años en un inmueble de mi propiedad.
No estamos casados ni esta registrada la unión convivencial.
Debido a la situación actual las deudas de ellas están en instancia judicial. Son deudas de tarjeta de credito.
De acuerdo al nuevo Cod.Civil el concubino es responsable por las deudas de la pareja que fueran para el mantenimiento del hogar.. (art 521).
Estimo que las deudas de tarjeta de crédito están incluidas... aunque no estoy seguro..
Si bien se hable de responsabilidad compartida en las deudas; si la unión no esta registrada cada uno dispone de sus bienes...
El acreedor puede ir por un embargo sobre mi depto? o al no estar registrada la unión convivencial eso no va a suceder?
Saludos