Colegas, tengo un caso complicado y cero experiencia en el tema.
Primero quisiera saber si alquien tiene un modelo de Nulidad de Acto jurídico, pues creo que seria la via.
Hechos: hijo distanciado del padre desde 2010, en el medio enfermedad del padre neurodegenerativa importante. Dos hermanas que mantenían vinculo con el padre lo internan en geriátrico y nunca avisan (año 2014). En el 2013 comienza esta enfermedad con trastornos psiquiatricos. En ese mismo momento y mes (2013) firman poder general cuando esta acreditado en historia clínica su estado. De todas formas una vez el padre internado venden dos propiedades con ese poder. Proceso de determinación a punto de sentencia con toda la prueba acreditada, la incapacidad es absoluta. Fallece antes de la sentencia. En el expediente esta por mas demostrado su total incapacidad desde que esta internada por lo menos (o sea tanto HC de reconocido nosocomio como informe del cuerpo medico forense entre otros). El proceso de determinación seguramente la declarara incapaz, pues todavía no fueron avisados de su fallecimiento -igual esta toda la prueba medica allí mas alla de la sentencia-, y el seguimiento de las causas para proteger su patrimonio que iban a seguir su curadora, ahora seguramente la deberá seguir su hijo contra los hermanos no ?
La idea es atacar el poder general pues en la Historia clínica esta claro que ella no estaba bien para hacer un poder, y después de la internación en contra de su voluntad ya no hay dudas de ello, por eso si bien el poder es mas difícil, las dos escrituras posteriores las firmaron con ese poder que es Nulo pues esta viciado su consentimiento, ya que el no podía elegir ni donde vivir y fui internado en contra de su voluntad. Después esta el tema de la sucesión pero bueno no tiene ningún bien a su nombre como para iniciarla, ya que fueron vendidos. Ahora se presentaría el hijo en su propio derecho invocando posible derechos sucesorios que fueron vulnerados?
Aparte hay un venta con otro poder en el 2011 de otro departamento, la curadora iba a pedir rendición de cuentas al respecto, eso lo puede pedir el hijo. Aclaro a esa fecha no hay prueba del problema de salud mental. Meses después una de las hijas se compra un departamento a su nombre y es donde vive su padre hasta la internación. Es obvio que con ese dinero se compro el departamento y lo puso a su nombre.
Quisera saber que les parece y cual o cuales serian las vías idóneas para resolver este caso.
Perdon por tanto dato, pero quizás pueda servir para ayudarme en este tema y seguramente le servirá a otro colega también. Gracias!!!
Primero quisiera saber si alquien tiene un modelo de Nulidad de Acto jurídico, pues creo que seria la via.
Hechos: hijo distanciado del padre desde 2010, en el medio enfermedad del padre neurodegenerativa importante. Dos hermanas que mantenían vinculo con el padre lo internan en geriátrico y nunca avisan (año 2014). En el 2013 comienza esta enfermedad con trastornos psiquiatricos. En ese mismo momento y mes (2013) firman poder general cuando esta acreditado en historia clínica su estado. De todas formas una vez el padre internado venden dos propiedades con ese poder. Proceso de determinación a punto de sentencia con toda la prueba acreditada, la incapacidad es absoluta. Fallece antes de la sentencia. En el expediente esta por mas demostrado su total incapacidad desde que esta internada por lo menos (o sea tanto HC de reconocido nosocomio como informe del cuerpo medico forense entre otros). El proceso de determinación seguramente la declarara incapaz, pues todavía no fueron avisados de su fallecimiento -igual esta toda la prueba medica allí mas alla de la sentencia-, y el seguimiento de las causas para proteger su patrimonio que iban a seguir su curadora, ahora seguramente la deberá seguir su hijo contra los hermanos no ?
La idea es atacar el poder general pues en la Historia clínica esta claro que ella no estaba bien para hacer un poder, y después de la internación en contra de su voluntad ya no hay dudas de ello, por eso si bien el poder es mas difícil, las dos escrituras posteriores las firmaron con ese poder que es Nulo pues esta viciado su consentimiento, ya que el no podía elegir ni donde vivir y fui internado en contra de su voluntad. Después esta el tema de la sucesión pero bueno no tiene ningún bien a su nombre como para iniciarla, ya que fueron vendidos. Ahora se presentaría el hijo en su propio derecho invocando posible derechos sucesorios que fueron vulnerados?
Aparte hay un venta con otro poder en el 2011 de otro departamento, la curadora iba a pedir rendición de cuentas al respecto, eso lo puede pedir el hijo. Aclaro a esa fecha no hay prueba del problema de salud mental. Meses después una de las hijas se compra un departamento a su nombre y es donde vive su padre hasta la internación. Es obvio que con ese dinero se compro el departamento y lo puso a su nombre.
Quisera saber que les parece y cual o cuales serian las vías idóneas para resolver este caso.
Perdon por tanto dato, pero quizás pueda servir para ayudarme en este tema y seguramente le servirá a otro colega también. Gracias!!!