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 #1253672  por shurabog
 
Buenas tardes colegas.

Me consulta un cliente para realizar un contrato de locación de un acoplado. Entiendo que ello es posible. Mi duda radica en si con ese solo instrumento el se exime de responsabilidad civil ante terceros?? O que faltaría para ello?

Asimismo, el locatario puede circular solo con el contrato?

Desde ya, muchas gracias!!
 #1253680  por legalescom
 
Ignoro, si se aplica, o no, la siguiente disposición, del Registro del Automotor:

Deberán consignarse, además, en el título del automotor, las constancias de inscripción en el Registro
de instrumentos públicos o privados: 1) de prenda o locación referentes al vehículo, con indicación del nombre, apellido y domicilio del acreedor o locatario, plazo y monto de la obligación prendaria; 2) de transferencia de dominio, con los datos personales o sociales, domicilio, documentos de identidad y clave o código de identificación del adquirente; 3) de toda inscripción que afecte el dominio, posesión o uso del automotor, que estuviere vigente al presentarse el título en el registro y no figurase en él.
 #1253716  por ZAMAKUKO
 
shurabog escribió: Vie, 28 Feb 2020, 12:06 Mi duda radica en si con ese solo instrumento el se exime de responsabilidad civil ante terceros?? O que faltaría para ello?
Supongo que te referis a un posible accidente de transito, en ese caso al menos la unidad tractora deberia contar con una autorización de autorizado a conducir (cedula azul) del mismo titular registral autorizando al locatario, suponiendo que el locatario lo va a utilizar con diferentes tractores podes hacer una cedula azul sobre el acoplado, ya que registralmente es un automotor como cualquier otro, en el contrato de locación enuncia claramente que el locatario responde civilmente por cualquier daño que incurriera contra terceros con el acoplado durante el tiempo que lo tenga bajo su poder.
shurabog escribió: Vie, 28 Feb 2020, 12:06 Asimismo, el locatario puede circular solo con el contrato?
Afines registrales con el contrato de locación mas la cedula de autorizado deberia alcanzar, despues el transporte de carga tiene otros requerimientos dependiendo la actividad para la que se lo utilice como ser el RUTA y otros certificados dependiendo del tipo de carga especifica.
 #1253721  por DRalonso
 
"si con ese solo instrumento el se exime de responsabilidad civil ante terceros?" NO

"el locatario puede circular solo con el contrato?" NO