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  • JUICIO EJECUTIVO // PEDIDO DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO// RESPUESTA DEL EJECUTANTE

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 #1253932  por JesusAmbiental
 
Hola a todos , me llamo Jesus , y tengo una duda .
Soy el abogado de la parte ejecutada , por cobro de un pagare en dolares , que salio de garante de una amiga que nunca pago , el titulo dice paguese en dolares o el equivalente en pesos.
Se desarrollo el juicio, se embargo el sueldo por dos años, se cumplio con el deposito ordenado por una sentencia y embargo de haberes , y acreditacion de pago en una cuenta judicial .
tome el caso en el final , ya pasaron dos abogados.Ñ
Acompaño liquidacion con su correspondiente cotizacion del dolar conforme banco central en cada deposito que le retuve el empleador, y se dio cumplimentado la medida.
Pido levantamiento de embargo, notifico la misma electronicamente y el actor contesta lo siguiente
Que como ellos no pidieron informes del dinero de los ultimoss depositos, para ellos el pago no fue realizado, es decir como no cobraron , vaya a saber porque motivo , quiere se constituya en mora al deudor, aplicando una cotizacion del dolar al dia de hoy , LO mas escandaloso del pedido, es que el embargo ya fue cumplimentado ellos no presentaron ninguna liquidacion mas, pese a haber amagado y el tribunal les dijo , presente liquidacion de lo que solicita, y nunca lo hicieron.
Ahora pretenden constituir en mora porque el dinero esta en la cuenta, diicen que no lo notificamos nunca de que existia depositos, cuando era habitual que lo retiraran durante todo el proceso.
Podrian orientarme, si el argumento que esgrimí es el que puedo contestar o si se les ocurre algun dato que pueda abobar mi contestacion, Alguien sabe de algun fallo donde diga que depositar y acreditar pago por mas que el acreedor haya decididio no retirarlo, ya se cumplio con la obligacion de dar suma de dinero ?
Muchas gracias si me pueden ayudar.
Saludos
 #1253988  por JesusAmbiental
 
Gracias por el aporte, pero en la sucesion de pedidos de informe al banco y retiro de dinero , no se pidio nunca el consentimiento del demandado, pero consulta.
Si yo por negligencia, impericia o con la voluntad de no retirar al dinero del deposito de la cuenta lo hago adrede y alego que como no retire , estpa en mora y debe intereses al dolar oficial .
Primero no hay intereses ordenados a pagar por ninguna sentencia, es un deseo del actor, no es una liquidacion aprobada y mandada a pagar, . El embargo original se pago y se deposito, si quedo dinero en la cuenta no es responsabilidad del demandado,.
Es lo que quiero argumentar, estoy muy desacertado=??