Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda, primer proveído Usucapión.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1254482  por flormar35
 
Colegas, buenas tardes!

Presente mi primer usucapión a fin del año pasado. Previo a todo tramite, inicie medidas preliminares para tratar de dar con el paradero de los titulares registrales, ya que lo único con lo que contaba era su nombre y apellido. Pese a haber oficiado a varias instituciones, no tuve surte. Inicie la demanda y en el escrito de inicio, aportando toda la prueba mencionada, pedí que se me permita citar a los titulares registrales por edictos, puesto que no veía otro camino.

En el primer proveído, entre otras cosas, me sacan lo siguiente: "De la acción que se deduce, que tramitará según las normas del PROCESO SUMARIO (art. 320 del Cód. Proc.), traslado a la parte demandada por el término de diez días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 354 y 486 del Cód. Proc. y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 59 y 484 del Cód. citado).-

NOTIFIQUESE con entrega de las copias respectivas y con transcripción integra de la presente resolución"

Y luego, me piden la publicación de edictos: "En atención a lo dispuesto por los arts. 145; 146; 341 y 681 del C.P.C.C., cítese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se intenta prescribir, ubicado en esta ciudad, nomenclatura catastral: XXXX, mediante edictos que se publicarán por 2 días en el Boletín Judicial y en el Diario "El Norte" de esta ciudad, para que dentro del término de 10 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrar al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno para que los represente y defienda".-

Mi pregunta es la siguiente: me autorizaron a publicar edictos pero tmb me pidieron que notifique por Cédula (lo cual como ya explique, es imposible pq no hay domicilio). En este caso, presento un escrito aclarando nuevamente la imposibilidad de la notificación por cédula, o se entiende que los edictos hacen referencia a eso mismo (terceros en general y demandados)?

Y por ultimo me piden que demuestre que no hay intereses fiscales y/o municipales que afecten al inmueble en cuestión. Para esto, ademas de oficiar a la Muni de mi ciudad, tengo que mandar oficio a Arba o algún otro organismo?¡

Gracias por sus aportes!
Saludos