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  • RENOVACION CONTRATO ALQUILER - FECHA RETROACTIVA

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 #1254753  por paola3
 
Hola a todos

Necesito ayuda con esta situación:

Me consulta un locador.
La vigencia del contrato de locación de vivienda es hasta el 30/04/20.
Convino con el locatario renovación del contrato por dos años con arreglo de nuevos canones locativos.
En atención a la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio no resulta posible efectuar la firma.
Me pregunta si frente a toda esta coyuntura puede renovarse de hecho y luego, cuando estén dadas las condiciones, perfeccionar la firma con fecha retroactiva al 1/5/2020.
En ese caso qué riesgos corre?
Qué pasa con la certificación de firmas?
y finalmente, puede ponerse alguna cláusula de resguardo para mantener el valor de la locación?

Muchas Gracias!!!!!!!
 #1254781  por sugo
 
Hola Paola! Las escribanias NO están habilitadas, sino que "El notario podrá intervenir en tres supuestos, cuando es requerido: 2.1) Por “personas que deban atender una situación de fuerza mayor” (art. 6 inc. 6 DNU 297/2020); 2.2)
Por quienes tengan actividades o presten servicios esenciales, conforme a la normativa originaria y sus DA complementarias y se trate de actos que posibiliten el cumplimiento de las mismas (art. 1 DA 467/2020);y 2.3) Por titulares de un beneficio de la ANSES, que sean personas de riesgo, y que en consecuencia deban evitar su traslado o circulación. "
La expresión “fuerza mayor” del DNU debe interpretarse como “impostergable”, actos que no admiten demora, que de no otorgarse pudieran causar un daño irreparable. (Acordada 6/2020 de CSJN de fecha 20/3/2020). Por lo que , entiendo yo, la certificación de firmas en un contrato de locación no entraría dentro de dichos supuestos.

Mi consejo seria que de ser posible le envíes el contrato al locatario, lo firme y se lo haga llegar al locador, y una vez que todo vuelva a la normalidad, se acercan a la Escribanía y se ratifica la firma. Allí el notario/a incluye una leyenda diciendo que en el día xxxx se ratifican las firmas para el solo efecto de su certificación.

Saludos!
 #1254802  por sugo
 
DRalonso escribió: Dom, 26 Abr 2020, 20:18 UN CONTRATO DE ALQUILER ES “impostergable”, EL DERECHO A LA VIVIENDA ESTA EN LA CONSTITUCION

NINGUN ESCRIBANO/A VA A "CERTIFICAR" FIRMAS QUE NO SE HICIERON EN SU PRESENCIA
Es ud. Abogado Dr. Alonso?

Claramente el derecho a la vivienda se encuentra consagrado en la Constitución Nacional, ahora, me puede explicar que tiene que ver eso con certificar la firma en un contrato de locación?
Si bien la ley exige que la forma del contrato de locación sea por escrito, su incumplimiento no aparejará la nulidad o ineficacia del contrato sino su imposibilidad de prueba, por lo que la regla formal impuesta resulta ser ad probationem. Es decir, la forma no hace a la eficacia del negocio sino a la posibilidad de su acreditación.
Por lo tanto, certificar una firma en un contrato de locación , con la situación que estamos viviendo, no lo encuentro "impostergable", ya que en todo caso , la ley requiere solo la forma escrita, su certificación sera para dar fecha cierta.

Y por favor, le pido que tome algún curso de interpretación de textos, ya que en ningún momento dije que el notario certifica firmas que no fueron realizadas en su presencia, sino que las RATIFICAN, vuelven a firmar.

Por ultimo, le RUEGO, deje de escribir todo en mayúscula. En lenguaje de Internet es entendido como "gritar" o llamar la atención.
 #1254809  por sugo
 
DRalonso escribió: Lun, 27 Abr 2020, 16:30 LA CHICANA MAS ANTIGUA DEL INQUILINO Y/O GARANTE ENJUICIADOS ES NEGAR FIRMAS

JAMAS PERMITO HACER CONTRATO SIN CERTIFICACION

¡NO SABES NI ESO!
Me parece perfecto que usted se maneje de esa manera, y coincido, es lo recomendable e ideal, pero eso no significa que deba entenderse como impostergable. Si encuentra un escribano que lo haga, genial. Pero lo dudo, ya que el notario debe notificar al colegio de su actuación y dejar asentado en el documento cuál seria la causal de fuerza mayor que autoriza su requerimiento.

Poco me importa lo que usted piense que se o no se. No me tomo en serio los comentarios de una persona que se pasa el día, todos los días, haciendo comentarios mal intencionados, escribiendo en mayúscula, sin una sola coma, básicamente se la pasa comentando sin hacer aportes útiles.

Usted es realmente insoportable y no suma para nada DRALONSO.
 #1254817  por legalescom
 
Si interviniera yo, yo como letrado en el caso, simplemente, de haber acuerdo en el monto y condiciones del nuevo contrato de locación, se lo envío por correo electrónico al locatario, para que preste la debida conformidad, por la misma vía; quedando las partes, en ratificarlo, personalmente, no bien se levante la cuarentena.¿ Para qué certificar firmas ante escribano, si se supone que van a firmar todos los interesados, en el mismo acto?.
 #1254852  por paola3
 
Gracias a todos por sus aportes.
Les comento que si bien hay algunos escribanos trabajando, ninguno de los que conozco practica la certificación convencional para este caso, sino que proponen una certificación remota, la que no tiene la misma validez que la presencial.
Finalmente se resolvió pactar una prórroga del contrato vigente, lo que podria perfeccionarse mediante Carta Documento a cada uno de los locatarios y al garante con los nuevos canones locativos; y ellos deben prestar conformidad por el mismo medio.
Creen que eso pueda entrar en pugna con lo dispuesto por el DNU 320/2020?
sobre todo en cuanto dispone que es el locatario el facultado a respetar la fecha de vencimiento de contrato, o su menor prórroga debiendo notificarlo fehacientemente al locador.

Gracias!!!!!