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  • A QUE JUZGADO SE ENVÍA EL PEDIDO DE FERIA? ME DA OPCIÓN AL DE ORIGEN Y TRES JUZGADOS DE FAMILIA MAS!

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 #1254970  por Lan
 
Hola colegas, ya averigüé todo para subir el escrito. Al momento de subirlo me habilita enviarlo al Juzgado de origen (que no dice FERIA) y tres mas de familia que dicen FERIA jajaja una locura, a cual lo mando??? estoy en caba. Me fije por todos lados y nadie dice nada al respecto y el Colegio no atiende el tel. Gracias a todos!
 #1254982  por abogado_1987
 
Lan escribió: Lun, 04 May 2020, 16:18 Hola colegas, ya averigüé todo para subir el escrito. Al momento de subirlo me habilita enviarlo al Juzgado de origen (que no dice FERIA) y tres mas de familia que dicen FERIA jajaja una locura, a cual lo mando??? estoy en caba. Me fije por todos lados y nadie dice nada al respecto y el Colegio no atiende el tel. Gracias a todos!
Hola >
"Cada juez natural se encuentra habilitado y deberá atender de forma remota los pedidos de habilitación de feria en CUESTIONES MUY URGENTES que no admitan demora.."
http://www.cpacf.org.ar/noticia.php?id=7451&sec=156

Situación de excepción. Habilitación de día y hora inhábil
A partir del día 18/3/2020, de acuerdo a lo previsto por la CSJN en la acordada 4/2020, se establece que en los asuntos que no admitan demoras, las partes podrán solicitar habilitación de días y horas inhábiles en los términos del art. 153 del C.P.C.C.N. En tal sentido, al ingresar en la aplicación de escritos, que es la que se utiliza para el envío de los archivos PDF, llegados al paso en el que se debe seleccionar el tipo de escrito, además de las dos opciones habituales (Copia escrito y Mero trámite), habrá disponible una nueva opción: “Solicitud habilitación día”, tal como se muestra en la siguiente imagen:

Situación de excepción. Habilitación de día y hora inhábil
Esa opción debe seleccionarse para que el juzgado identifique que se trata de una
presentación urgente o que no admite mayor dilación, conforme a lo establecido en el punto 4
de la acordada referida. Una vez que el juzgado reciba el PDF, y si considera que se trata de
una presentación correspondiente a un asunto que no admita demoras lo va a proveer. El resto
de las presentaciones, es decir, las que no son urgentes, se podrán enviar seleccionando el
tipo “Copia escrito” o “Mero trámite”, según corresponda.

http://www.cpacf.org.ar/files/acordadas ... 4-2020.pdf