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  • Consulta sobre caso de retención de automotor

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 #1257628  por dgn86
 
Buenos días, soy nuevo en la profesión y es uno de mis primeros casos.
Un cliente me trajo un caso en el cual, entrego un coche a una concesionaria en consignación en el mes de enero de este año, con contrato por 35 días con una prorroga automática, eso venció en abril de este año. Durante ese periodo hubo incumplimiento por parte de la concesionaria ya que no publicaron ni promovieron el auto (estaba en el taller supuestamente) y con la ASPO cerraron. Mi cliente se comunicó varias veces sin respuesta por distintos medios, hasta mayo cuando habló con el dueño quien le dijo que no podían pagar la publicación online del auto, acordaron verbalmente que lo iban a hacer en una semana, lo cual hicieron, y luego de 20 días quitaron la publicación y no están vendiendo el auto. Ahí hay incumplimiento contractual, ya que mi cliente si cumplió su parte (seguro, patente, entrega de documentación).
El auto se supone que esta en una sucursal pero si quiere recuperarlo tiene que abonar los costos de reparación que le hicieron (mas de $100.000 le reclaman) cosa que no quiere abonar en su totalidad al menos.
Pensaba mandar una CD pero entiendo que el lugar está cerrado así que no sé si serviría. No configura delito penal, pero mi cliente quiere recuperar el auto ya que tiene comprador por su lado y si paga esa suma pierde la mitad del valor del vehículo y quiere llegar a un arreglo. Alguna idea? Gracias.
 #1257632  por legalescom
 
Tendrá que acordar, si, o si, con quién esta ejerciendo el derecho de retención. Se supone, que lo autorizó a hacer las reparaciones necesarias del auto, antes de ofrecerlo a la venta. De lo contrario, esperar para una mediación.

Art. 2587.- Legitimación. Todo acreedor de una obligación cierta y exigible puede conservar en su poder la cosa que debe restituir al deudor, hasta el pago de lo que éste le adeude en razón de la cosa. Tiene esa facultad sólo quien obtiene la detentación de la cosa por medios que no sean ilícitos. Carece de ella quien la recibe en virtud de una relación contractual a título gratuito, excepto que sea en el interés del otro contratante