sperezbrisco escribió: ↑Sab, 29 Ago 2020, 09:06
Buenos Días, tengo que inscribir una declaratoria de herederos respecto de una boveda en el cementerio de la recoleta. Tengo entendido que debo abonar la tasa de justicia, pero no se sobre que valor. Algun colega que pueda orientarme.
Gracias
Hola, entiendo como pauta para juzgado de CABA
“Buenos Aires, de septiembre de 2015.-
...
A los efectos de imprimir economía y celeridad procesal en el trámite del proceso,
hágase saber a las parte intervinientes, que en forma previa a requerir la
inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario,
deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:
...
VI)
SEPULCROS: 1) título de propiedad ( municipal); 2)
certificado de libre deuda expedido por la Dirección del cementerio
que corresponda; 3) estimación de valor expedida por la dirección de
cementerio que corresponda; en su defecto, informe de empresa
especializada en la materia, o de no concurrir ninguna de las
precedentes opciones, estimación de todos los herederos; 4)
certificado de inhibión y cesiíon del causante ( RPI); 5) cúmplase con
la tasa de justicia correspondiente 5) asumir las deudas conforme art.
5 de la ley 22427, siempre que se encuentre en Capital Federal.- ....