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  • INSCRIPCION CONSTITUTIVA. AUTOMOTOR. CUESTIONA TITULARIDAD.

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 #1467919  por andresr3
 
Buenas noches colegas. Tengo un caso algo complejo en el cual el comprador de un vehículo lo ha puesto a nombre de un tercero, por lo que este tercero tiene su titularidad al 100%.

Sabemos bien que el mecanismo de constitución del derecho de propiedad sobre un automotor es la debida inscripción en el registro por lo que, vale la redundancia, quien posee un simple boleto de compraventa no lo hace propietario de dicho bien... pero intentando buscar rebatir esta cuestión es que les pregunto queridos colegas si han tenido algún caso en que han logrado demostrar la compra del vehículo y forzado de alguna forma el cambio de la titularidad.

Lo que he visto que suelen hacer en el caso de división de la sociedad conyugal (no es el caso) es intentar demostrar la compra del bien con subrogación de bienes propios. Sera aplicable de igual forma?
 #1467985  por profesional
 
yo creo que ese boleto no hace a la titularidad.
Si lo puso a nombre de otro en caracter de testaferro debió haberlo documentado en algún documento privado para proteger ese bien
¿como vas a rebatir la titularidad? y si te aparecen varios boletos? solo el que lo inscribio primero en el registro es el titular. El resto alegará fraude, lesión a su buena fe, etc. pero no cambia el tema de la propiedad
 #1468004  por andresr3
 
Claro doc, es exacto lo que dice. Fueron palabras desafortunadas las que elegí, porque en realidad no intento demostrar que no es la titular, sino mas bien demostrar que el bien que hubo un exceso de confianza en la unión convivencial y que por ese motivo confió en su pareja un vehículo. La verdad es que tengo en claro el modo en que se constituye ese derecho, busco como controvertir la situación. Se que esta complicado el cliente. Le aviso como terminará.
 #1468077  por andresr3
 
Buen día colegas, vengo a actualizar el post y dar respuestas.
He remitido carta documento donde se ha reclamado el dinero de la transacción bajo perjuicio de enriquecimiento sin causa, mas los daños y perjuicios.
Se ha recibido la negativa, por lo que según pude averiguar y estudiar, la única vía y dado a la prueba del caso es la del enriquecimiento.
Rebatir la titularidad es imposible, obviamente que no es la vía y creo que se han elegido mal las palabras para consultarles. Obviamente esto no es matemáticas exactas, por lo que riesgos se asumen. De igual forma no lo veo en una situación imposible. Tal como lo expone el colega ccolalongo, la capacidad económica no existió nunca para la contraria, bien podría alegar alguna donación o intentar disfrazar.
 #1468078  por ccolalongo
 
Si fue donación lo tiene que decir en el registro, pedí una vista de legajo y anota todo. El tema es como el anterior titular lo vendió a varias personas y de cuales percibió dinero (bancarizado) o no. La titularidad si hay orden judicial si se puede cambiar y anular el asiento pero tiene que ser por sentencia.
andresr3 escribió: Mar, 10 May 2022, 09:53 Buen día colegas, vengo a actualizar el post y dar respuestas.
He remitido carta documento donde se ha reclamado el dinero de la transacción bajo perjuicio de enriquecimiento sin causa, mas los daños y perjuicios.
Se ha recibido la negativa, por lo que según pude averiguar y estudiar, la única vía y dado a la prueba del caso es la del enriquecimiento.
Rebatir la titularidad es imposible, obviamente que no es la vía y creo que se han elegido mal las palabras para consultarles. Obviamente esto no es matemáticas exactas, por lo que riesgos se asumen. De igual forma no lo veo en una situación imposible. Tal como lo expone el colega ccolalongo, la capacidad económica no existió nunca para la contraria, bien podría alegar alguna donación o intentar disfrazar.