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  • sucesiones- valuación del bien

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 #1469980  por Melsci
 
Buen día. Les pregunto, dado que es la primer sucesión que hago, si en la práctica suelen presentar certificado de tasación para concluir en una regulación justa de honorarios. O bien dejan la valuación fiscal. En el caso que tengo, si bien la casa no está registrada como bien de familia, la valuación fiscal es de 350 mil en total. Mi temor es que el código de Entre Ríos habla de valores que "dieran lugar" a la afectación como bien de familia.
Mi cliente quiere venderla, por lo que una vez que llegue a la Declaratoria, es posible que aproveche de esa misma tasación.
Como se manejan en cuanto a los gastos que implica?
Muchas gracias por prestarme ésta ayuda para guiarme. Saludos a todos!
 #1470008  por DRalonso
 
"Como se manejan en cuanto a los gastos que implica?" ¿QUERES PAGARLOS VOS? TODO GASTO POR MINIMO QUE SEA -HASTA 1 FOTOCOPIA- ES A CARGO DEL CLIENTE!!!

HONORARIOS: ¿EL VALOR DE INMOBILIARIA ES MAYOR DEL FISCAL? ESTUDIA BIEN LA LEY DE HONORARIOS ENTRERRIANA, MAS JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA...
 #1470057  por profesional
 
en Pcia de Bs As la valuacion fiscal es a los fines de pagar la tasa de justicia
Para honorarios el Juez toma en cuenta la Valuacion del impuesto al acto ( e incluye la parte de los gananciales en su caso si la sucesion sería solo por el 50%)
Aprox es el 10% de esa ultima valuacion lo que regulan de honorarios
Pero tene en cuenta que los gastos como ser sellados, informes, tasas, etc los debe pagar el cliente y eso es independiente de los honorarios que se regulen
 #1470071  por DRalonso
 
IGUAL EL PIBE NO APARECE, NO CONTESTA, NO AGRADECE, LA NADA MISMA...

EN PCIA. BS. AS. HE OBTENIDO REGULACIONES CON VALUACION BOLETA RENTAS -HOY ARBA- SI ME CONVENIA MAS QUE EL VALOR DE INMOBILIARIA.-
 #1470074  por ccolalongo
 
En un departamento judicial de provincia BsAs un caso de apelación de honorarios por la valuación real en dólares la sala en cuestión los tiró abajo en un renglón "atento la importancia del asunto confírmense los honorarios regulados en primera instancia" y devuelvase.

O sea ahí ya sabemos que va por la valuación fiscal, por lo menos ya sabemos ahí por donde van. Desde ya como dice DrAlonso todos los gastos si son aparte y a cargo del cliente.
 #1470079  por DRalonso
 
SI BIEN TE CONSIDERO MUY GENIA COMO SIEMPRE, ESTA VEZ DISCREPO, DRA. COLALONGO: UNA MARIPOSA NO HACE VERANO

TE GARCARON UNA VEZ EN UN DISTRITO, NO SIGNIFICA QUE EN OTRAS SALAS, Y OTRAS CAMARAS DE OTROS DISTRITOS VUELVA A OCURRIR...

ADEMAS ES MUY COMUN QUE CAMBIA LA COMPOSICION DE UN TRIBUNAL, Y CAMBIA SU JURISPRUDENCIA.-

MI CRITERIO EN LA VIDA Y EN LA PROFESION: ¡SIEMPRE PA`DELANTE!!! HAY QUE INTENTARLO -REITERO SI CONVIENE MAS QUE EL VALOR EN CERTIFICADO DE INMOBILIARIA DE LA ZONA- YA QUE EN PCIA. BS. AS. HAN HABIDO EPOCAS QUE EN ALGUNAS ZONAS EL VALOR FISCAL SUPERABA EL VALOR DE VENTA...
 #1470094  por Melsci
 
Genial. Los leo a todos y me super sirven las recomendaciones. Más que agradecida.
Si estoy Dr. Ralonso!! Pero che.. jaja.
Gracias!!!!
 #1470107  por Melsci
 
Buen día. Si bien el momento oportuno de presentarla es en la demanda, me comentaron que acá en Entre Ríos, mis honorarios me lo va a regular en base a la valuación fiscal.
De todas formas, como el bien lo va a vender una vez con la declaratoria de herederos, y va a pedir una tasación actual, adjuntaré la misma con el objeto de prevenir una baja regulación. Es sólo un lance...
Pasa que éste bien específico coincide con lo que textualmente dice la ley de aranceles de acá: "... Cuando el haber sucesorio se integre con un solo bien inmueble que hubiere constituido el hogar conyugal; cuya valuación no exceda el límite establecido en la prvincia para la afectación al régimen del bien de familia y esté destinado a vivienda familiar, siendo los herederos el cónyuge, ascendientes o descendientes del causante, el honorario será fijado en el mínimo de la escala. SErá nulo todo pacto o convenio por el que se exceda dicho monto...".
Es decir, se sujetan estrictamente a ésto...Trataré de evitar la regulación baja con esa tasación, pero no intentaría con la apelación porque, al menos acá, no prosperaría ni a palos.
Yo también pienso con usted y me mando unas impensadas. Para mí hay que ir desconcertando, tratando de ser originales... pero hay cosas que quedan encerradas en un círculo.