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 #232098  por ibera55
 
Hola:

Necesito informes de una entidad privada de EEUU y me ordenaron el exhorto.
¿Alguien tiene algun omdelo para orientarme?
Gracias
 #636071  por libertador
 
Podría ser algo así:

Yo también tengo que solicitar informes a una empresa privada de venezuela. Tengo que solicitar Exhorto u oficio???

EXHORTO DIPLOMATICO

DR. ___________, JUEZ A CARGO DEL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N° ____ SECRETARIA N° ______ DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA, AL SEÑOR JUEZ DE IGUAL CLASE CON JURISDICCIÓN EN LA CIUDAD DE MADRID, REINO DE ESPAÑA.
SALUDA, EXHORTA Y HACE SABER: Que por ante este Tribunal, Secretaría a cargo de la Dra. __________, tramitan los autos Nº _________, caratulados "_____________", en los cuales se ha dispuesto librar al Tribunal Judicial en la Ciudad de Madrid, Reino de España la presente rogatoria a fin de solicitarle a V. S. dar traslado el traslado de la demanda por el término de treinta días a la firma ___________, con domicilio real en la calle _________, de la Ciudad de Madrid, en el Reino de España.
Como recaudo se transcribe las partes pertinentes de los decretos que ordenan la medida y que dicen: “ _________________"
Forma parte del cuerpo de la rogatoria la siguiente documentación que es auténtica “_________________________________________”.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN El TRIBUNAL DE MI PÚBLICO DESPACHO, EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA, A LOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006.




OFICIO


OFICIO.

Buenos Aires, de febrero de 2008.

Al Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto
S / D.

Tengo el agrado de dirigirme a usted en los autos caratulados: _________________________en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° _______, a cargo del Dr. ________, Secretaría N° ____, a cargo de la Dra. ____________, sito en ___________, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de solicitarle dar traslado del Exhorto Diplomático que se acompaña al Señor Juez con jurisdicción en la Ciudad de Madrid, Reino de España, para que el mismo de traslado a la firma ____________. con domicilio real en la calle ___________ de la Ciudad de Madrid, en el Reino de España.----------- --------------------------------------------------------
Procedo como letrado de los actores ____________ en uso de la facultad conferida por el art. 400 del C.P.C.C y hago constar que, conforme lo dispuesto en dicha norma y el art. 398 del mismo Código, el informe requerido deberá ser remitido directamente a la Secretaría Actuaria con transcripción o copia del presente, dentro del plazo de 10 días hábiles. Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiera ser cumplido en el plazo indicado, deberá informarse al Juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y la fecha en que se cumplirá, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 399 del mismo Código.------------------------------------------------
El auto que ordena la medida y autoriza el presente en su parte pertinente dispone: "________________________________".-
 #1252790  por carolinaf34
 
Hola, tengo una pregunta sobre este tema. Tengo que hacer el exhorto diplomático urgente y nunca hice uno. Necesito que un banco de España me brinde información sobre un plazo fijo que se realizó allá.
El oficio iría dirigido al banco entonces? Como es el procedimiento después con el oficio al ministerio? Gracias!!
 #1257986  por matilmo
 
carolinaf34 escribió: Vie, 07 Feb 2020, 16:44 Hola, tengo una pregunta sobre este tema. Tengo que hacer el exhorto diplomático urgente y nunca hice uno. Necesito que un banco de España me brinde información sobre un plazo fijo que se realizó allá.
El oficio iría dirigido al banco entonces? Como es el procedimiento después con el oficio al ministerio? Gracias!!
Hola. No sé si te sirva y, aunque no llegué a hacerlo, te lo comento igual: tenía que preguntar en bancos del extranjero si una persona (fallecido, yo hacía la sucesión) tenía cuentas en el extranjero (bancos de Uruguay, Islas Caiman y Boston-USA). Y tenía que tramitar la gestión desde el Banco Central de la República Argentina (obviamente con una resolución del juzgado que me habilitaba a requerir esa información). Ahí te indican bien la documentación que tenés que presentar y cómo debes hacerlo. También están respondiendo consultas por mail...
Y por otro lado, comentar que también este tipo de gestión se podría arbitrar por medio de la Convención Interamericana sobre exhortos o cartas rogatorias, de 30 de enero de 1975 (que para cuestiones civiles y comerciales, de notificaciones o emplazamientos, o recabar prueba o información, procede).

Me sumé al hilo igual para consultar si alguien sabe del procedimiento y papeleo actual del Ministerio nuestro para aplicar esa Convención...
Saludos!!