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  • intimacion de pago y embargo

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 #2721  por maria lujan
 
hola a todos, tengo un problemita y por ser nueva no tengo idea de como resolverlo, a un cliente le acaban de trabar un embargo preventivo por una deuda de $10.000, como puedo defenderlo si no tengo excepciones para poner y ademas el hombre no dispone de mucho dinero para saldar la deuda? ademas me gustaria saber que gastos tiene que enfrentar para este proceso? desde ya muchas gracias a cualquiera que entienda un poco mas que yo del tema.

 #2745  por Norah
 
Hola Maria Lujan. No me queda claro, porque intimacion de pago y embargo no es lo mismo que un embargo preventivo; éste es una medida cautelar y presupone actuaciones anteriores en las que la persona no ha comparecido, tampoco es para oponer excepciones. Generalmente, lo ordenan en casos de rebeldias o con sentencias no firmes.
Podrias que ver el origen de la deuda, si el cliente reconoce la deuda y contactarte con la otra parte para ver si pueden llegar a un acuerdo. Cualquier cosa, ampliamos. Espero te sirva de algo.

 #2748  por Charlie
 
Seguramente, debe tratarse de un juicio ejecutivo, ya que habla de excepciones.
Te recomiendo lo mismo que Norah: contactar con el abogado de la actora y tratar de llegar a un arreglo (pago en cuotas).
Los gastos para el proceso no son otros que las costas (tasa de justicia, levantamiento de embargo, etc.) y los honorarios (los tuyos y los del letrado de la actora).
Saludos.

 #2749  por Norah
 
Si Charlie, pero en un juicio ejecutivo no sale embargo preventivo, el embargo es precisamente "ejecutivo"
¿que será???

 #2773  por maria lujan
 
Charlie y Norah, gracias por sus respuestas, les cuento que yo no vi aún nada, todo esto me lo dijo el cliente por teléfono, hoy lo llame y me dijo que le llego un mandamiento de intimación de pago, embargo y citación de remate. Es por una deuda documentada no paga, lo que embargaron es una maquinaria.
Entonces que me conviene hacer? desde ya gracias.

 #2776  por Norah
 
Hola Maria Lujan. Yo por mi parte te diría que vayas a ver el expediente, y si el cliente reconoce la deuda, el documento, si no tenes ninguna excepcion valida para oponer, tomar contacto con la otra parte para ver cómo se puede arreglar. Suerte.

 #2807  por Mordisco
 
Que se embargo?.-

Al no pagar cuando se constituye el oficial de justicia, en ese mismo acto en virtud del mandamiento, se traba embargo sobre los bienes que se encuentran en el inmueble, y se constituye como depositario el que los esta poseyendo, es cuestion de estilo.-

De donde surge la deuda? para estudiar que tipo de excepcion podrias articular.-

Deberias ver el expediente 8)