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 #673414  por 3738vir
 
hola,ante todo gracias por su ayuda,tengo uncliente que quiere inscribir un 0km con transferencia simultanea y prenda,el primer adquiriente o sea el del 0km tiene domicilio en Bs As,mi cliente en Rio Cuarto y el acreedor prendario es de Cordoba,el deudor de la prenda es el primer titular,en que registro debo ingresar el tramite?desde ya muchas gracias
 #676499  por GiselaAng
 
miletrado escribió:Gisela

Anda a Arba con la denuncia de venta efectuada ante el Registro y denuncia la venta.

Es que no hay denuncia de venta efectuada, el nuevo adquirente hizo la transferencia directamente con el boleto que firmó en la subasta.
 #677491  por agustinapb
 
VeroZAva escribió:Ofrezco ayuda para cualquier duda que tengan sobre lo que refiere a los automotores
hasta cuando hay tiempo de rectificar una denuncia radicada ante el seguro?? gracias...
 #680461  por MPAULARIVERA
 
Hola! Es la primera vez que uso esta pàg.; querìa consultar cuàl serìa el procedimiento judicial para pedir la transferencia de un automotor (moto), ya que tengo un cliente que ya realizò la denuncia de venta y vencieron los 30 dìas q se le da al comprador para realizar la transferencia. Debo intimar previamente a traves de carta documento? y Cuàl es el proc judicial apto? Muchas gracias!
 #682141  por EJA
 
Qué tal colegas!

A ver si me pueden orientar con lo siguiente:

Una persona fallece. El tema es que compró un auto hace unos 12 años (modelo 87) y nunca hizo la transferencia. El titular registral lo vendió hace 19 años a un primer adquirente y firmó el 08 e hizo la denuncia de venta, a lo que no quiere firmarlo otra vez. A su vez, el primer adquirente fue el que se lo vendió al causante, pero los herederos de éste no cuentan con los 08 firmados por el titular registral.

Ahora los hijos quieren sacarse de encima el coche y se encuentran con que no pueden hacer la transferencia.

Según me dijeron, encontraron comprador, pero -obviamente- el tipo quiere el 08 para hacer la transferencia.

Ahora bien:

1) ¿Cómo hago para que el tipo me firme los 08?
2) Si ya los firmó, ¿cómo hago para poder hacer la transferencia?
3) En caso de poder hacerse, ¿les cobrarán mucho de multa por no hacer la transferencia en su debido tiempo y esas cosas?
4) ¿La denuncia de venta exime TOTALMENTE de responsabilidad al vendedor?
5) Estimo que en el Registro debe existir una constancia de que el titular registral firmó los 08. En ese caso, ¿puedo hacer que los firme de nuevo o iniciar directamente la transferencia en el Registro?

Saludos y gracias de antemano.
 #682650  por Lorena1584
 
Hola Verónica; quisiera hacerte una consulta, soy nueva en esto recién me recibí, tengo un cliente que vendió su automóvil hace ocho meses, al momento de realizar la venta solo hicieron un boleto de compra venta, mi cliente hizo la denuncia de venta al momento de la venta, pero actualmente le siguen llegando las patentes a su nombre porque el comprador no realizo la transferencia, en su momento no realizo en arba la denuncia impositiva de venta. Contacto al comprador varias veces pero le pone pretextos y no transfiere. Ya realizamos la intimación correspondiente para que transfiera pero no hemos tenido respuesta. Que pasos debería seguir según tu consejo, y hay alguna de opción de reclamo en arba para que las patentes vengan a nombre del comprador si este no hizo la transferencia. Gracias.
 #682926  por cincaso
 
Me estan llegando multas de la pcia de bs as, que hago tengo que pagarlas? Y la patente de mi auto anterior me sigue llegando a micasa que debo hacer?
 #684007  por betoso
 
buenas , escribo para pedir un poco de ayuda. pregunta; en rentas cualquier persona puede pedir un plan de pago de patentes.
cuando realizas la transferencia ahora te liquidan en el registro la deuda, pero si no puedo pagarla en ese momento, ¿ como hago? me podrian ayudar.
 #684572  por lalole
 
Hola Vero: tengo un automovil que no fue denunciado en la sucesion,lo compra mi cliente sin boleto de compraventa de por medio,le entregan titulo y cedula (esta ultima la pierde y hace la denuncia).Cuando me contacto con el otro colega ,el que se encargo de la sucesion y a su vez vendio el auto a mi cliente,me dice que no se acuerda si se denuncio o no el vehiculo en el sucesorio (yo por la manera de evadirme supongo que no esta denunciado) y ademas me dice que no tiene ningun tipo de contacto con los herederos ya que la sucesion termino hace 5 años ,aparte de todo estao fui al juzgado y me encuentro conque la sucesion esta paralizada. Bueno yo pienso pedir el saque de paralizado para empezar,pero quiero saber si tengo alguna otra manera de poder transferir a mi cliente sin contar con los herederos o el contrato de compraventa.gracias
 #684753  por adru
 
Una pregunta sencilla... tengo un oficio librado para levantar una prenda.. adonde lo diligencio? a donde radica ? o a alguna sede central? en su caso que domicilio tiene?
gracias
 #690852  por Pauli136
 
Hola!!! quería ver si alguien podría evacuar esta duda que tengo: mi cliente tiene un boleto de compraventa automotor firmado por el vendedor y por él como comprador pero las firmas estás sin ningún tipo de certificación... ese boleto tiene validez legal???
El boleto es de 2009... si quisieran certificar las firmas ahora, lo podrían hacer???
Gracias!!!
 #691311  por Mordisco
 
Pauli136 escribió:Hola!!! quería ver si alguien podría evacuar esta duda que tengo: mi cliente tiene un boleto de compraventa automotor firmado por el vendedor y por él como comprador pero las firmas estás sin ningún tipo de certificación... ese boleto tiene validez legal???
El boleto es de 2009... si quisieran certificar las firmas ahora, lo podrían hacer???
Gracias!!!
Formulario 08 (Solicitud Tipo 08): Es el formulario mediante el cual se efectiviza el Contrato de transferencia y la Inscripción de dominio de un vehículo. En caso de venta, deben firmarlo ambas partes: el titular del automotor (y su cónyuge, si correspondiere) y el comprador y quedar inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para que se concrete efectivamente la transferencia de la titularidad del automotor.

Formulario 02 (Solicitud Tipo 02): Mediante este formulario se gestiona el Certificado de dominio. Es un documento en el que figuran los datos del titular y del vehículo y las posibles inhibiciones judiciales que pudieran pesar sobre él, como prendas o embargos.
 #691314  por Mordisco
 
El vendedor deberá entregar al comprador:

Título de propiedad del automotor.

Cédula de identificación del vehículo.

Formulario 08, certificada la firma del titular por escribano o el Registro Nacional del Automotor.

Declaración jurada (Formulario de Rentas R-050 si está radicado en Provincia).

Recibos de pago de patentes de los últimos cinco o diez años.

Informe de concesionaria (formulario 02).

Verificación de la unidad en planta policial habilitada del lugar de radicación del automotor (formulario 12).

Verificación vehicular al día y oblea, si está radicado en Pcia.de Bs.As.

Comprobante de pago al fondo docente y oblea, si correspondiere.

Libre deuda de tránsito.

Libre deudas de Patentes (Prov. Bs. As. Rentas).

Copy de patentes (Capital Federal Rentas).

Certificado de dominio.

Impuesto de emergencia, sólo sobre automotores y rurales, siempre que se trate de modelos 1980 a 1989.

Certificado de bienes registrables otorgado por la A.F.I.P. (formulario 381), si el valor de la unidad supera los 25.000 pesos.

Es conveniente que el vendedor denuncie la venta de su unidad ante el Registro respectivo (formulario 11), con ella el Registro cursa nota al comprador haciéndole saber que el día …se ha presentado en este Registro Seccional el Sr. …comunicando haberle vendido el automotor dominio… haciéndole saber que tiene el plazo de 30 días para realizar la transferencia del automotor. Transcurrido dicho plazo, si no se ha inscripto la transferencia se ordenará la prohibición de circular y el secuestro del vehículo. Todo de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 del Dcto-Ley 6582/68.

El vendedor debe concurrir a Rentas con la transferencia y darse de baja como contribuyente de Patentes. También tiene que identificar al comprador (con una fotocopia del DNI, su nombre y apellido, teléfono y dirección) para que le remitan las boletas de los impuestos.

Para cualquier consulta, concurrir a la Dirección Nacional, sita en Avda. Corrientes 5666, P.B. en Capital Federal, de 9 a 16 hs.

Equipo a gas: Si la unidad está provista de un equipo a gas, verificar que la numeración del regulador, de los tubos y de la oblea, coincida con los de la cédula de identificación del equipo de GNC. Constate, también, la fecha de vencimiento de la oblea y de los tubos.

Cómo utilizar el GNC: El Centro de Experimentación y Seguridad Vial (Cesvi) recomienda: nunca dejar que se vacíe el tanque de nafta hasta menos de un 25% de su capacidad; Siempre detener y arrancar el vehículo utilizando nafta y cada tres cargas de GNC, usar el auto unos 50 kms. con nafta, ya que ésta tiene componentes que sirven para lubricar todo el sistema de combustible que el gas deteriora por tener una combustión más seca y, por último, realizar las instalaciones y reparaciones de los equipos en los negocios autorizados y que respeten las normas del Ente Nacional de Regulación del Gas.

El Registro Nacional del Automotor Aconseja


Evite ser estafado cuando compre un automotor usado

Sr. Comprador: ANTES de concretar la operación de compraventa de un automotor y de pagar el precio convenido, haga lo siguiente:

Exija al vendedor la exhibición del Título y la Cédula y anote:

- Número de dominio (patente)

- Número de Control del Título del Automotor

- Número de Control de la Cédula de Identificación (cédula verde).

Pida un informe de Dominio en el Registro de la radicación. Con este informe Ud. podrá conocer los datos del titular registral (el que debe firmar la Solicitud Tipo “08” como vendedor), los de su cónyuge, los Números de Control del Título y la Cédula vigentes, los datos del automotor así como las afectaciones sobre éste o sobre el titular que debe conocer antes de comprar.

Controle que los datos coincidan con lo que Ud. tomó.

Esto impedirá que le entreguen informes falsos.

Verifique el automotor personalmente o por una persona de su confianza en Planta de Verificación habilitada aunque el vendedor le ofrezca realizarla él o entregarle una verificación ya realizada. Esto impedirá que le entreguen verificaciones falsas.

Al concretar la operacion y salvo que concurran ambas partes al Registro a inscribir la transferencia de dominio le deberán entregar:

- el Título del Automotor

- la Cédula de identificación

- la Solicitud Tipo “08” firmada por la persona que según el Informe es el titular registral, por su cónyuge si correspondiere, y que las firmas estén certificadas.

Para los demás elementos a tener en cuenta para solicitar la inscripción de una Transferencia cliquee aquí.

Importante: Si no sigue estos pasos, además de poder ser victima de un delito, no podrá invocar su Buena Fe

Fuente: http://legales.com/tratados/c/cautomoto.htm


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ADEMÁS SI LA COTIZACIÓN DEL RODADO SUPERA LOS $ 30.000 (A partir del 01/08/2010) SI O SI, BAJO APERCIBIMIENTO DE NO DARLE CURSO A LA TRANSFERENCIA DEBERA PRESENTAR EL CERTIFICADO CETA

ver en

http://www.afip.gov.ar/genericos/noveda ... igados.asp
http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDe ... _padre=756
 #691915  por gabryelntr
 
Hola, es de gran ayuda el post!!! en mi caso me gustaría que me pueden orientar con los honorarios que se cobran hoy en día por los tramites de automotores,(si es posible por mp, si no lo quieres hacer publico) estudie hace unos años y recién ahora puedo empezar a ejercer.
Muchas gracias
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