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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1260777  por gisepont
 
Buenos días les consulto porque es la primera vez que me toca un caso con aportes de servicio doméstico y me surgen varias dudas sobre cómo llevarlo y lo que me respondieron en Anses.
La señora es de nacionalidad extranjera, tiene certificado de residencia con entrada en octubre de 1984 y tiene aportes en los siguientes períodos:
. 01/10/2004 al 02/2010 – Tiene aportado 20 meses en forma salteada en rrdd de un consorcio
. 1/7/10 al 31/10/2014- SERVICIO DOMESTICO
. 1/12/14 a la actualidad – SERVICIO DOMESTICO (mismo empleador, hubo un corte de un mes que fue declarado por el dador en el formulario)
Ella fue el año pasado a Anses y le dijeron que tenía que conseguir el certificado de residencia por eso no la pudo iniciar. Cumplió los 60 en junio del año pasado, asi que también se contabilizan los meses de exceso de edad. Adhiriendo a la señora a la moratoria 26970 por el cálculo que hice llega bien a los 30 años.

Ahora me surgen las siguientes dudas con respecto al trámite:
1. Tiene el formulario completo del dador de trabajo y con firma certificada por el banco con fecha junio 2019 que era cuando lo iba a presentar inicialmente. Por el tema de la certificación de la firma la misma no tendría que tener vencimiento, pero los períodos declarados, si bien dice hasta la actualidad, cuentan al momento de la firma junio 2019. ¿Debería solicitarle uno actualizado?
2. En Anses consulté si se podía iniciar por AV y me dijeron que no porque tiene pagos extemporáneos (por ejemplo en marzo se abonaba enero, febrero y marzo), ¿eso es criterio de la UDAI o generalmente en esos casos es presencial?
3. Por otro lado, me dijeron que como había pagos dobles tenía que reimputarlos. Les expliqué que sacando ese mes en que hay un corte, no tiene lugar desde que inició la relación hasta el día de hoy para reimputarlo. Por lo cual me pidieron que los desafecte, son dos meses que se pagaron doble. Eso se realiza en la página de AFIP ¿verdad? Si tuvieron un caso similiar y me pueden orientar un poco, super agradecida! estuve buscando información pero siempre se refieren al caso de reimputación pero acá me piden desafectación.
4. Con relación a los testigos me dijeron que no podían ir el día del turno (por más que entren de a una a la vez), que debía hacer firmar el formulario ante escribano o certificación bancaria. La señora consiguió dos vecinas de su barrio para salir de testigos y no del lugar donde trabaja, ¿servirán para corroborar la relación? Vi que el formulario PS 6.8 hace varias preguntas ejemplo por la remuneración, horario, y demás. Pensaba manifestar que la vio en el lugar de trabajo cuando le iba a llevar algo, pero veo por el nivel de detalle de la declaración sería poco creíble si la que lo suscribe es su vecina ya que la misma no tiene vinculación alguna con el lugar de trabajo.
5. Me pidieron que tanto el dador de trabajo como los testigos hagan el ADP por atención virtual y que tiene que estar cargado al momento del turno. No vi ninguna opción para hacerlo, ¿ustedes lo pudieron ingresar por AV?
6. Finalmente, con relación a la documentación a presentar el día del turno (dni, certificado de residencia, formulario dador y testigos) tengo que tener algo más en cuenta por los aportes de servicio doméstico, ¿por ejemplo tiene que acompañar los comprobantes a pesar de figurar en la sábana?.
Son muchas dudas, disculpen mi desconocimiento sobre estos aspectos prácticos. Estoy aprendiendo y me gustaría poder resolver los temas previsionales que me van llegando y este foro siempre es de mucha ayuda con las respuestas que me brindan.
Les agradezco desde ya el tiempo que se toman para leer la consulta y las respuestas que brindan.
Saludos,
Gisele.
 #1260784  por MARIO1943
 
1. Tiene el formulario completo del dador de trabajo y con firma certificada por el banco con fecha junio 2019 que era cuando lo iba a presentar inicialmente. Por el tema de la certificación de la firma la misma no tendría que tener vencimiento, pero los períodos declarados, si bien dice hasta la actualidad, cuentan al momento de la firma junio 2019. ¿Debería solicitarle uno actualizado?


LO TENES QUE HACER DE NUEVO, PORQUE DICE HASTA LA ACTUALIDAD Y LA MISMA ES HASTA JUNIO 2019
NO HACE FALTA HACERLO EN EL BANCO, EN ANSES LO CERTIFICAN


2. En Anses consulté si se podía iniciar por AV y me dijeron que no porque tiene pagos extemporáneos (por ejemplo en marzo se abonaba enero, febrero y marzo), ¿eso es criterio de la UDAI o generalmente en esos casos es presencial?

NO TENDRIA QUE HABER PROBLEMA , MIENTRAS ESTEN PAGADOS CON SUS INTERESES CORRESPONDIENTES
Y EN DETALLE DE DEUDA ESTEN CANCELADOS

3. Por otro lado, me dijeron que como había pagos dobles tenía que reimputarlos. Les expliqué que sacando ese mes en que hay un corte, no tiene lugar desde que inició la relación hasta el día de hoy para reimputarlo. Por lo cual me pidieron que los desafecte, son dos meses que se pagaron doble. Eso se realiza en la página de AFIP ¿verdad?

TENES QUE DESAFECTARLO DE ACUERDO A LA CIRCULAR 22/13

Si tuvieron un caso similiar y me pueden orientar un poco, super agradecida!

YO HE TENIDO CASO , DONDE EL CAJERO IMPUTO A OTRO MES Y APARECIERON CON PAGO DOBLE, LO UNICO QUE HICE ES PAGAR NUEVAMENTE EL PERIODO Y DEJAR EL PAGO DUPLICADO, NO HUBO PROBLEMA PERO TODAS LAS UDAI NO ACTUAN DE FORMA IGUAL, POR ESO PARA EVITAR DEMORA , DESAFECTALO

estuve buscando información pero siempre se refieren al caso de reimputación pero acá me piden desafectación.

TAMBIEN PODES HACER RESERVA, PERO EN TU CASO NO SE PUEDE PORQUE HAY PERIODOS EN RR DD Y TE
LO VAN A PODAR

4. Con relación a los testigos me dijeron que no podían ir el día del turno (por más que entren de a una a la vez), que debía hacer firmar el formulario ante escribano o certificación bancaria. La señora consiguió dos vecinas de su barrio para salir de testigos y no del lugar donde trabaja, ¿servirán para corroborar la relación? Vi que el formulario PS 6.8 hace varias preguntas ejemplo por la remuneración, horario, y demás. Pensaba manifestar que la vio en el lugar de trabajo cuando le iba a llevar algo, pero veo por el nivel de detalle de la declaración sería poco creíble si la que lo suscribe es su vecina ya que la misma no tiene vinculación alguna con el lugar de trabajo.

PUEDE ALEGAR QUE LA VEHIA SALIR A TRABAJAR , Y QUE UN PAR DE VECES VIAJARON JUNTAS EN COLECTIVO Y BAJARON JUNTAS PORQUE FUE A UN NEGICIO X QUE QUEDABA CERCA DEL DOMICILIO QUE TRABAJABA Y LA VIO ENTRAR
EL PROBLEMA DE LOS TESTIGO ES UN DILEMA, FIJATE SI LA SRA, HACIA COMPRAS EN ALGUN NEGOCIO
Y AHI PUEDE TENER TESTIGOS

5. Me pidieron que tanto el dador de trabajo como los testigos hagan el ADP por atención virtual y que tiene que estar cargado al momento del turno. No vi ninguna opción para hacerlo, ¿ustedes lo pudieron ingresar por AV?

ENTRA EN A/V IR A CONSULTAS ASESORAMIENTO Y LUEGO EN ACTUALIZACION DATOS -GRUPO FAMILIAR
JAMAS ME PIDIERON ADP DE LOS TESTIGOS


6. Finalmente, con relación a la documentación a presentar el día del turno (dni, certificado de residencia, formulario dador y testigos) tengo que tener algo más en cuenta por los aportes de servicio doméstico, ¿por ejemplo tiene que acompañar los comprobantes a pesar de figurar en la sábana?.

NO HACE FALTA ACOMPANAR LOS TICKETS DE PAGO
 #1260798  por liliana1
 
Buenas tardes Mario vos decis que Anses certifica los formularios de dador y testigos, en tu experiencia como es , van sin turno y los estan certificando y si es con turno como se pide??? mil gracias
 #1260799  por MARIO1943
 
PEDIR TURNO EN ANSES EN TURNO EXCEPCIONAL, EN ACREDITACION DATOS PERSONALES , PARA EL DADOR Y LA TRABAJADORA SDM , AHI HACER CERTIFICAR LOS FORMULARIOS 6293 Y 6294, OTRA FORMA ES CUANDO INICA LA JUBILACION , LA INICIADORA TE LO HACE CERTIFICAR, EL PROBLEMA ES QUE TENDRIA QUE IR TAMBIEN LA DADORA, TAMBIEN PODES OBTENER EL TURNO LLAMANDO AL 130
 #1261266  por gisepont
 
Buenos días, disculpen que vuelvo sobre el mismo caso. Entre con la clave fiscal de la señora para revisar el tema de los intereses de los aportes de servicio doméstico. En el período que va desde el 07/2010 a la actualidad tiene varios períodos con deuda de intereses. Lo que me confundió es que CCMA aparece una deuda de aprox $ 2000 de intereses resarcitorios y capitalizables (subconcepto 51 y 52) en las contribuciones y en los aportes de obra social, mientras que en el SICAM le figura una deuda significativamente menor y en algunos casos coinciden los períodos y en otros no, pertenecen a períodos que CCMA no informa. Si genero los formularios desde la CCMA, ¿me seguirá apareciendo lo adeudado en el SICAM? ¿Cómo se puede solucionar?
Con relación al pago de los intereses, es deuda desde el 2012 al 2019, he leído que son distintos formularios (trabaja mas de 16 horas), ¿tendría que sumar los intereses de las contribuciones y aporte a la obra social de cada período y generar uno por cada período? ¿le podría generar un VEP para todo lo adeudado?

La otra cuestión que me surgió con esta señora es que además de los aportes de servicio doméstico, tiene unos aportes en relación de dependencia salteados entre 10/2004 y 02/2010 (cód. 101), trabajaba para un consorcio. Ahora en el SICAM me aparece que está ingresada a autónomos desde el 02/1994 hasta el 02/07 (código 899) y figura todo adeudado. Como la señora necesita completar los años con la moratoria 26790, pensaba liquidarle SICAM de esta manera:
11.84 (mes posterior a la radicación) al 01.94 _ código 307 (esta ampliación la puedo cargar en SICAM 1, ¿verdad?)
02.94 al 02.07 – Código 899 y le aplico desde el 01.04 al 02.07 art. 1 Ley 25321 (y la deuda la liquido por moratoria 26970)
Disculpen nuevamente mi consulta pero como es la primera vez que hago jubilación con aportes de servicio doméstico se está complejizando y vi que el tema intereses para que el SICAM de 0 a veces resulta un poco complicado.
Siempre muy agradecida de la ayuda que me puedan brindar.

Saludos,

Gisele.
 #1261310  por MARIO1943
 
gisepont escribió: Mar, 29 Sep 2020, 11:11 Buenos días, disculpen que vuelvo sobre el mismo caso. Entre con la clave fiscal de la señora para revisar el tema de los intereses de los aportes de servicio doméstico. En el período que va desde el 07/2010 a la actualidad tiene varios períodos con deuda de intereses. Lo que me confundió es que CCMA aparece una deuda de aprox $ 2000 de intereses resarcitorios y capitalizables (subconcepto 51 y 52) en las contribuciones y en los aportes de obra social, mientras que en el SICAM le figura una deuda significativamente menor y en algunos casos coinciden los períodos y en otros no, pertenecen a períodos que CCMA no informa. Si genero los formularios desde la CCMA, ¿me seguirá apareciendo lo adeudado en el SICAM? ¿Cómo se puede solucionar?


LA DEUDA QUE APARECE EN DETALLE DE DEUDA ES DIFRENTE A LA DE LA CTA CTE, YA QUE EN DETALLE DE DEUDA SOLO APARECE LA DEUDA PREVISIONAL, NO ASI, LA DE LA OBRA SOCIA;, PAPAGALO TAL CUAL DICE EL CTA CTE. SUMANDO LOS APORTES DE OBRA SOCIAL MAS LO PREVISIONAL , LO QUE CORRESPONDA AL CODIGO 51 POR UN LADO Y POR OTRO LADO LA SUMA DEL CODIGO 52, EN FORMULARIOS MES POR MES
NO SE PUEDE PAGAR TODO JUNTO CON VEP


Con relación al pago de los intereses, es deuda desde el 2012 al 2019, he leído que son distintos formularios (trabaja mas de 16 horas), ¿tendría que sumar los intereses de las contribuciones y aporte a la obra social de cada período y generar uno por cada período? ¿le podría generar un VEP para todo lo adeudado?

La otra cuestión que me surgió con esta señora es que además de los aportes de servicio doméstico, tiene unos aportes en relación de dependencia salteados entre 10/2004 y 02/2010 (cód. 101), trabajaba para un consorcio. Ahora en el SICAM me aparece que está ingresada a autónomos desde el 02/1994 hasta el 02/07 (código 899) y figura todo adeudado. Como la señora necesita completar los años con la moratoria 26790, pensaba liquidarle SICAM de esta manera:
11.84 (mes posterior a la radicación) al 01.94 _ código 307 (esta ampliación la puedo cargar en SICAM 1, ¿verdad?)

NO VA AMPLIACION, TODO SICAM 1


02.94 al 02.07 – Código 899 y le aplico desde el 01.04 al 02.07 art. 1 Ley 25321 (y la deuda la liquido por moratoria 26970)

ASI ES. CORRECTO
Disculpen nuevamente mi consulta pero como es la primera vez que hago jubilación con aportes de servicio doméstico se está complejizando y vi que el tema intereses para que el SICAM de 0 a veces resulta un poco complicado.

SI HACES COMO CORRESPONDE LOS PASOS, TIENE QUE SALIR EN CERO PESOS LA DEUDA, EL PROBLEMA
COMUN ES QUE PAGAN LOS INTERESES RESARCITORIOS MAS LO CAPITALIZABLES COMO RESARCITORIOS
Y AHI APARECE DEUDA POR LOS CAPITALIZABLES Y TENES UN CREDITOS EN RESARCITORIOS Y DEUDA EN CAPITALIZABLES

HASTA SET 2014 VA CON FORMUALRIO 102B A PARTIR DE OCTUBRE 2014 VA CON FORMULARIO 102 RT

Saludos,

Gisele.
 #1261341  por gisepont
 
Muchísimas gracias Mario por tu respuesta. Me has aclarado todo lo consultado.
Me exprese mal con relación al tema del VEP, quería saber si los intereses adeudados luego del 10.2014 los podría abonar generando el VEP correspondiente a cada concepto en cada período y utilizar el formulario 102B para los anteriores. Si es indistinto usar a partir del 10.2014 los formularios o los VEP, a eso apuntaba.

Muchas gracias nuevamente por el tiempo en leer las consultas y la dedicación para responderlas.

Saludos,

Gisele.