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  • Moratoria 24476 comprada y pagada de futuro jubilado

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1198865  por MARIO1943
 
liliana1 escribió: Mar, 24 Abr 2018, 21:26 que son los casos que se pago monotributo con posterioridad a la moratoria para completar los 30 años, donde hay que reliquidar para agregar esos nuevos pagos.-
ESTO PUSO ERNESTO
Sintesis: presentaciones previas al 2 abril 2018 NO VAN A EVALUACION SOCIOECONOMICA ....a no ser que haya que reformular SICAM.

YO VOY A CORREGIR ALGO
NO EN TODOS LOS CASOS QUE REFORMULES TIENE QUE IR EL SOCIOEONOMICO
HAY SOCIOECONOMICO CUANDO REFORMULAS POR LA LEY 24476, PERO PODES REFORMULAR POR LA 24241 Y NO VA AL SOCIOECONOMICO, COMO EL CASO DE LILIANA, YO YA SE LO EXPLIQUE, PERO EVIDENTEMENTE NO ENTENDIO NADA DE LO QUE LE EXPLIQUE.
LILIANA TIENE EL SIGUIENTE CASO HAY UN SICAM HECHO ABTERIOR AL 2/4/2018 Y TIENE PARA AGREGAR PERIODOS DE MONOTRIBUTO QUE FUERON POSTERIOR AL SICAM COFECCIONADOS, LE DIJE SI O SI TIENE QUE REFORMULAR, PERO ANTES DE REFORMULAR TIENE QUE PEDIR UN RECO EN ANSES DE ESOS PERIODOS
UNA VEZ OBTENIDO EL RECO, RECIEN AHI REFORMULA PARA PODER AGREGAR LOS PERIODOS DE MONOTRIBUTOS QUE FUE PAGANDO, HACIENDO NOTA AL ANSES QUE DESBLOQUEE EL SICAM PARA PODER AGREGAR LOS PERIODOS DE MONOTRIBUTOS QUE SE EMPEZARON A PAGAR DESPUES DE LA CONFECCION DEL SICAM, UNA VEZ DESBLOQUEADO , LIQUIDAR POR LA LEY 24241, PONIENDO EN SITUACION DE REVISTA
LOS PERIODOS RECONOCIDOS , QUE POR SUPUESTO LE VA A ROJAR DEUDA, PERO EN EL FORMULARIO DE PLANILLA DE INICIO PREVISIONALES , COLOQUE EL PERIODO DESDE HASTA Y SAQUE UNA LLAMADA Y EN OBSERVACIONES , QUE PONGA QUE ESE PERIODO ESTA RECONOCIDO POR ANSES, ADJUNTANDO DOCUMENTACION POR LAS DUDA, TAMBIEN EN SIT. DE REVISTA HAY QUE PONER LOS PERIODOS DE MONOTRIBUTOS QUE NO VA A ARROJAR DEUDA. EN EL SICAM LOS PERIODOS RECONOCIDOS POR ANSES
COMO DIJE ANTES VA A SURGIR DEUDA, PERO COMO HAY UN EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO, ANSES LO CONSIDERA PROBADO, POR MAS DEUDA QUE SALTE EN EL SICAM
 #1198866  por Emma2011
 
Y que ´pasara con las moratorias realizada por la 24476 de personas que no tenian la edad, que ya pagaron las 60 cuotas, pla hecho como libre deuda, figura plan cancelado y algunas no pasaran el socioec?....
 #1198898  por ernestokunn
 
Hola Mario1948: gracias por tu aclaración. Vale.
Hola Emma. A tu pregunta: vos disponés de algún párrafo de validez legal (ley, resolución, etc.) que impedía que alguien que aun no estuviera en condiciones de jubilarse se acogiera a la 24476 ? Si es así por favor compartilo.
Yo no leí nunca alguna barrera así. Pero lo que es más, cuando mi cliente (amigo en realidad) se presentó y pagó hace 2 años atrás, sabíamos perfectamente que por edad (no por años de aportes que si completaba con la presentación a la moratoria 24476), no estaba aun en condiciones de jubilarse. Pero en Anses no nos pusieron ningún reparo, nos liquidaron el monto a pagar, nos recibieron el comprobante de pago, lo incorporaron al sistema y nos mandaron una nota de reconocimiento y nos dijeron "bue...en 2 años y meses se presentan y la jubi se otorgará".
Pero comprendo tu vuelta de rosca. Y te solicito aportes cualquier documento que pueda contrariar mi creencia/experiencia.
Gracias a todos por compartir.
 #1198907  por MARIO1943
 
LA LEY 24476 QUE DATA DESDE 1995, NO SE IMPLANTO SOLO PARA LOS TRABAJADORES AUTONOMOS SOLO CON FINES JUBILATORIOS, YA QUE LA MISMA SE DICTO PARA AUTONOMOS INSCRIPTOS O NO , PARA QUE VOLUNTARIAEMTE REGULARIZARAN DEUDAS Y EL ARTI 6 ESTABLECE QUE QUIENES SE ACOJAN AL PRESENTE REGIMEN, PODRAN SOLICITAR COMO DEUDA EXIGIBLES LOS PERIODOS NECESARIOS PARA CUMPLIMENTAR LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL AR 19 DE LA LEY 24241. AL DECIR PODRAN ESTA CLARO QUE NO SOLAMENTE LA LEY ES CON FINES JUBILATORIOS, TAMPOCO DICE LA EPOCA EN LA CUAL SE DEBE SOLICITAR, DICE QUE SIRVE PARA CUMPLIMETAR LOS PERIODOS NECESARIOS, LO QUE SE DESPRENDE QUE EN CUALQUIER EPOCA SE PUEDE ACOGER Y LLEGADO EL MOMENTO LO PODRA UTILIZAR CON FINES JUBILATORIOS
CONCLUSION:
EL QUE HIZO LIQUIDACION DE DEUDA POR SICAM INSCRIPTO O NO , ANTES DEL 2/04/21018 ES VALIDO Y EL MISMO FUE HECHO EN PLENA VIGENCIA DE LA LEY 24476
POR ESO EN EL CASO DE EMMA, EL SICAM QUE TIENE NO LO TIENE QUE FORMULAR YA QUE EL MISMO ES VALIDO Y LO HIZO EN PLENA VIGENCIA DE LA LEY 24476, POR OTRO LADO LA RESOLUCION 555 , DICE QUE AUNQUE EL SICAM ESTE VENCIDO ES VALIDO, LO UNICO QUE CAMBIA ES LA FECHA DE PRESENTACION

4. Verificación del Derecho
2.
El peticionante deberá presentar la deuda
cancelada o sin deuda, con el resto de la
documentación en un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días hábiles administrativos
contados desde la fecha de
generación de la liquidación.
Vencido el término fijado
precedentemente, se tendrá como fecha del pedido de la prestación previsional el
día en que se formalice la respectiva solicitud ante la ANSES, aunque no se registre
deuda.
 #1198910  por MARIO1943
 
ernestokunn escribió: Mié, 25 Abr 2018, 10:38 Hola Mario1948: gracias por tu aclaración. Vale.
Hola Emma. A tu pregunta: vos disponés de algún párrafo de validez legal (ley, resolución, etc.) que impedía que alguien que aun no estuviera en condiciones de jubilarse se acogiera a la 24476 ? Si es así por favor compartilo.
Yo no leí nunca alguna barrera así. Pero lo que es más, cuando mi cliente (amigo en realidad) se presentó y pagó hace 2 años atrás, sabíamos perfectamente que por edad (no por años de aportes que si completaba con la presentación a la moratoria 24476), no estaba aun en condiciones de jubilarse. Pero en Anses no nos pusieron ningún reparo, nos liquidaron el monto a pagar, nos recibieron el comprobante de pago, lo incorporaron al sistema y nos mandaron una nota de reconocimiento y nos dijeron "bue...en 2 años y meses se presentan y la jubi se otorgará".
Pero comprendo tu vuelta de rosca. Y te solicito aportes cualquier documento que pueda contrariar mi creencia/experiencia.
Gracias a todos por compartir.
OJO QUE EN EL CASO DE EMMA SI APLICO BENEFICIOS NO PUEDE PEDIR RECONOCI,IENTOS, , SI ES ASI TIENE QUE DEJAR EL SICAM TAL CUAL LO HIZO , CON EL FUNDAMENTO DE MI ANTERIOR POST
 #1198955  por Emma2011
 
MARIO1943 escribió: Mié, 25 Abr 2018, 12:37
ernestokunn escribió: Mié, 25 Abr 2018, 10:38 Hola Mario1948: gracias por tu aclaración. Vale.
Hola Emma. A tu pregunta: vos disponés de algún párrafo de validez legal (ley, resolución, etc.) que impedía que alguien que aun no estuviera en condiciones de jubilarse se acogiera a la 24476 ? Si es así por favor compartilo.
Yo no leí nunca alguna barrera así. Pero lo que es más, cuando mi cliente (amigo en realidad) se presentó y pagó hace 2 años atrás, sabíamos perfectamente que por edad (no por años de aportes que si completaba con la presentación a la moratoria 24476), no estaba aun en condiciones de jubilarse. Pero en Anses no nos pusieron ningún reparo, nos liquidaron el monto a pagar, nos recibieron el comprobante de pago, lo incorporaron al sistema y nos mandaron una nota de reconocimiento y nos dijeron "bue...en 2 años y meses se presentan y la jubi se otorgará".
Pero comprendo tu vuelta de rosca. Y te solicito aportes cualquier documento que pueda contrariar mi creencia/experiencia.
Gracias a todos por compartir.
OJO QUE EN EL CASO DE EMMA SI APLICO BENEFICIOS NO PUEDE PEDIR RECONOCI,IENTOS, , SI ES ASI TIENE QUE DEJAR EL SICAM TAL CUAL LO HIZO , CON EL FUNDAMENTO DE MI ANTERIOR POST
Hola, gracias por responder, tengo varios clientes que pagaron las 60 cuotas, hice los planes como otros libre deuda y hace rato esos planes estan cancelados. No aplique beneficios porque estaban y estan pagando autonomos porque no tenian la edad. Ahora cuando la cumplan para incorporar los años que no estan en el plan tendre que pedir en afip la baja del sicam y que hago...?....al hacer nuevo sicam entran en el socioeconomico... :shock: ?
 #1199063  por liliana1
 
Buenas noches colegas, con respecto a Mario yo te agradezco siempre tu colaboracion yo entendi lo que me dijiste com o siempre sos muy claro lo que pasa que despues me confundio un poco el tema ya que tengo varios clientes en dicha situacion de haber preparado su jubi con tiempo acogiendo a moratoria y seguir pagando montributo con distintas situaciones y respecto al tema concreto del reconocimiento de servicios me quede pensando que las liquidaciones que hice y que oportunamente vere cuando vayan cumpliendo los requisitos y me llamen, es que todas en datos para la liquidacion del sicam les puse jubilacion y si presento reco de servicios tendria que modificarlo y poner reconocimiento de servcicios pero no se va a poder modificar sin dar la baja, lo aceptaran asi ??? diciendo jubilacion?? Nbueno como siempre muchas gracias
 #1199363  por gerald
 
Buen dia, Estan seguros que si se hace reconocimiento por el sicam 24476 antes del 2/4 no piden socioeconomico despues cuando presentes la jubilacion?
y en que UDAI hacen reconocimiento de la 24476, porque no en todas lo estaban haciendo--
Gracias
 #1199551  por jbaroff
 
Como harian para presentar un plan donde haya una moratoria paga sin reliquidar?

Al menos a mi en flores no me aceptan el sicam si tiene mas de 40 dias, por mas que este todo pago.

Ademas si tiene algun aporte real de autonomo, tenes que reliquidar.

Estoy pensando en inicar sin reliquidar, que me hagan un debera donde me digan que tiene que reliquidar y a partir de ahi iniciar una accion judicial, previamente voy a tener que certificar por escribano que el plan se encuentra enviado, y pagado en su totalidad antes de la ley que impone el socioeconomico a la 24476, por lo que estan con una ley posterior vulnerando un derecho adquirido. Tengo varios en esa situacion, que ademas se encontraban en edad de jubilarse pero no le daban los aportes, siendo hombres, o mujeres con una pension superior a la minima, no podian optar por la nueva moratoria, asi que pagaron el plan y siguieron aportando.
 #1199773  por NOEMI000
 
Buenos días!
Hoy presenté Plan cancelado en 2007 por ley 24.476 (libre deuda) y reformulado en fecha 4/4/18 como jubilación por ley 24.241 (tenía aportes de monotributo hasta hoy). Me lo tomaron y queda en estado 18 hasta que se pueda hacer el análisis socioeconómico.
Saludos!.
 #1199797  por MARIO1943
 
NOEMI000 escribió: Lun, 07 May 2018, 11:11 Buenos días!
Hoy presenté Plan cancelado en 2007 por ley 24.476 (libre deuda) y reformulado en fecha 4/4/18 como jubilación por ley 24.241 (tenía aportes de monotributo hasta hoy). Me lo tomaron y queda en estado 18 hasta que se pueda hacer el análisis socioeconómico.
Saludos!.
NO SE ENTIENDE, PORQUE SOCIOECONOMICO ? SI NO ESTA HACIENDO MORATORIA, AL NO HABER DEUDA LO HACE POR LA 24241, EL SOCIOECONOMICO ES PARA LO QUE REALIZAN MORATORIA POR LA 24476
 #1199815  por NOEMI000
 
Hola Mario!
Pienso lo mismo que vos. Pero me dijeron que por el hecho de que hubiera un plan donde se usó moratoria ley 24.476 tenían que hacer el socioeconómico (aún cuando el plan se canceló hace años). Voy a leer otra vez la resolución.
Saludos.
 #1199835  por MARIO1943
 
NOEMI000 escribió: Lun, 07 May 2018, 16:22 Hola Mario!
Pienso lo mismo que vos. Pero me dijeron que por el hecho de que hubiera un plan donde se usó moratoria ley 24.476 tenían que hacer el socioeconómico (aún cuando el plan se canceló hace años). Voy a leer otra vez la resolución.
Saludos.,
CUALQUIER COSA, CONTRADICE LA RESOLUCION , EL PLAN DE LA 24476 SE HIZO ANTES DEL 2/04/2018 Y LA REFORMULACION POR LA 24241, DE PERIODOS DE MONOT, QUE SE AGREGARON DESPUES D E LA LIQUIDACION DEL SICAM, SALVO QUE VOS NO TENGA EL RECONOCIMIENTO DE ANSES DE ESOS PERIODOS DE LA 24476, SI ES ASI CLARO QUE T VAN A PEDIR EL SOCIOECONOMICO
 #1199840  por Emma2011
 
MARIO1943 escribió: Lun, 07 May 2018, 19:07
NOEMI000 escribió: Lun, 07 May 2018, 16:22 Hola Mario!
Pienso lo mismo que vos. Pero me dijeron que por el hecho de que hubiera un plan donde se usó moratoria ley 24.476 tenían que hacer el socioeconómico (aún cuando el plan se canceló hace años). Voy a leer otra vez la resolución.
Saludos.,
CUALQUIER COSA, CONTRADICE LA RESOLUCION , EL PLAN DE LA 24476 SE HIZO ANTES DEL 2/04/2018 Y LA REFORMULACION POR LA 24241, DE PERIODOS DE MONOT, QUE SE AGREGARON DESPUES D E LA LIQUIDACION DEL SICAM, SALVO QUE VOS NO TENGA EL RECONOCIMIENTO DE ANSES DE ESOS PERIODOS DE LA 24476, SI ES ASI CLARO QUE T VAN A PEDIR EL SOCIOECONOMICO
En mi opinion todas las personas que enviaron planes por la ley 24476, antes de que leyes posteriores exigieran el socioeconomico, deberian estar exentas del control...y el principio de irretroactividad de las leyes...?