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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1253965  por betelgeus
 
Buenas tardes,
los molesto con una consulta. La fecha de adquisicion del derecho se toma desde el día del inicio o desde el día en que se pidió el turno?
Y, me pueden indicar normativa de Anses sobre el tema?
Desde ya muchas gracias
 #1253969  por MARIO1943
 
betelgeus escribió: Jue, 05 Mar 2020, 13:16 Buenas tardes,
los molesto con una consulta. La fecha de adquisicion del derecho se toma desde el día del inicio o desde el día en que se pidió el turno?
Y, me pueden indicar normativa de Anses sobre el tema?
Desde ya muchas gracias
CON MORATORIA 24476 , 26970 O SIN MORATORIA?
 #1254204  por GABY05
 
FAD o FIP?
Son 2 cosas distintas.
Fecha Adquisicion Derecho, puede ser cualquiera en que el titular reuna el derecho de edad y servicios.
Si hiciste el SICAM, tenes 45 habiles para pedir el turno, que puede ser dentro de 30 dias corridos. Entonces, la FIP en este caso en desde fecha de SICAM (sin moratoria como aclaraste).
Tendrías que informar las fecha para tener una idea si esta bien tomado o no la FAD.
 #1254205  por DiegoChaco
 
betelgeus escribió: Jue, 05 Mar 2020, 14:44 Hola! Gracias por las respuestas. Es mixto pero sin moratoria
Hola, si el tramite es sin moratoria, se toma la fecha de solicitud del turno para clacular el retro...
Sds
Diego
 #1254209  por lucky
 
Pego la PREVISION 11-11 que regula esta cuestión.

PREV-11-11 Vigencia: 28/12/2010

Determinación de la Fecha Inicial de Pago (FIP) y la Fecha de Adquisición del Derecho (FAD)
PBU - PC - PAP con Servicios Mixtos (Autónomos y en Relación de Dependencia)
I. Objetivo
Establecer normas de aplicación general para determinar la fecha inicial de pago (FIP) y la fecha de adquisición del derecho (FAD) en las solicitudes de Prestación Básica Universal (PBU), Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP) cuyos titulares hubieran desempeñado servicios mixtos (autónomos y en relación de dependencia), conforme lo dictaminado por la Gerencia Asuntos Jurídicos (Dictamen Nº 11.053).
II. Alcance
Desde el análisis de la documentación presentada por el peticionante de la prestación hasta su resolución.
III. Pautas de Aplicación
SUPUESTOS DE SERVICIOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA:
1. Con cese acreditado anterior a la solicitud del beneficio:
FAD: Es la fecha de cese en relación de dependencia anterior a la solicitud del beneficio en tanto reúna a ese momento todos los requisitos (edad y años de servicios con aportes) que establecen los artículos 19, 37 y 38 de la Ley Nº 24.241.
FIP: Es la fecha de solicitud, conforme lo prevé el artículo 3º del Decreto 679/95, que reglamenta el artículo 19 de la ley Nº 24.241.
2. Sin cese:
FAD y FIP: Es la fecha de solicitud dado que a esa oportunidad debe acreditar todos los extremos legales (artículos 19, 37 y 38 de la ley Nº 24.241 y artículo 3º del Decreto Nº 679/95).
SUPUESTOS DE SERVICIOS AUTÓNOMOS:
1. Con o sin cese de tareas autónomas acreditado con anterioridad a la solicitud:
FAD y FIP: Es la fecha de solicitud de beneficio que se formaliza con la presentación de los formularios 558/A, 558/B y 558C/ y con el pago oportuno de la deuda autónoma, tal como lo establece el
punto IV del anexo I de la Resolución Conjunta General ANSES y AFIP Nº 1616 y 1415/2003, 1415/2003 o la que en el futuro la reemplace. A dicha oportunidad el interesado debe acreditar todos los requisitos legales (artículos 19, 37 y 38 de la ley Nº 24.241 y artículo 3º del Decreto Nº 679/95).
SUPUESTOS DE SERVICIOS MIXTOS (AUTÓNOMOS Y EN RELACION DE DEPENDENCIA):
1. Ultimos servicios en relación de dependencia:
• Con cese en relación de dependencia anterior a la solicitud:
FAD: Es la fecha de cese en relación de dependencia anterior a la solicitud del beneficio en tanto reúna a ese momento todos los requisitos (edad y años de servicios con aportes) que establecen los artículos 19, 37 y 38 de la ley Nº 24.241.
FIP: Es la fecha de solicitud de beneficio que se formaliza con la presentación de los formularios 558/A, 558/B y 558/C y con el pago oportuno de la deuda autónoma, tal como lo establece el punto IV del anexo I de la Resolución Conjunta General ANSES y AFIP Nº 1616 y 1415/2003, 1415/2003 o la que en el futuro la reemplace (artículo 3º del Decreto Nº 679/95).
• Sin cese. Continúa trabajando en relación de dependencia:
FAD y FIP: Es la fecha de solicitud de beneficio que se formaliza con la presentación de los formularios 558/A, 558/B y 558C/ y con el pago oportuno de la deuda autónoma, tal como lo establece el punto IV del anexo I de la Resolución Conjunta General ANSES y AFIP Nº 1616 y 1415/2003, 1415/2003 o la que en el futuro la reemplace. A dicha oportunidad el interesado debe acreditar todos los requisitos legales (artículos 19, 37 y 38 de la ley Nº 24.241 y artículo 3º del Decreto Nº 679/95).
1. Últimos servicios autónomos:
Con o sin cese de las tareas autónomas acreditado con anterioridad a la solicitud:
FAD y FIP: Es la fecha de solicitud de beneficio que se formaliza con la presentación de los formularios 558/A, 558/B y 558C/ y con el pago oportuno de la deuda autónoma, tal como lo establece el punto IV del anexo I de la Resolución Conjunta General ANSES y AFIP Nº 1616 y 1415/2003, 1415/2003 o la que en el futuro la reemplace. A dicha oportunidad el interesado debe acreditar todos los requisitos legales (artículos 19, 37 y 38 de la ley Nº 24.241 y artículo 3º del Decreto Nº 679/95).



IV. Ejemplos
1) Hombre que prestó servicios en relación de dependencia.
a) Antecedentes:
Nació: 04-02-42
Cesó: 30-04-2007
Se presenta: 07-05-2008
Actividad Laboral:
07-03-67 al 07-03-68 D.J. Art. 38 1 a
30-04-77 al 30-04-2007 López y Cía. 29 a
Total 30 a
Fecha de cese: 30-04-2007
Fecha de Nac: 04-02- 1942
Edad al cese 26-02-65
De acuerdo al caso planteado, a la fecha de cese reúne 65 años de edad y 30 a de servicios con aportes que establecen los Art. 19, 37 y 38 de la Ley 24.241.
Por lo tanto:
Fecha que adquiere derecho 30-04-2007
Fecha inicial de pago 07-05-2008
2) Mujer que prestó servicios en relación de dependencia.
a) Antecedentes:
Nació: 10-05-39
Continúa en actividad
Se presenta: 14-10-98
Actividad laboral:
11-05-57 al 16-12-60 Art. 38 D.J. 3 a 07 m 06 d
14-03-71 al presente Optica Del Valle 27 a 07 m
Total 30 a 14 m 06 d
31 a 02 m 06 d
Fecha de presentación: 14-10-98
Fecha de Nac. 10-05-39
Edad a la fecha de pres. 04-05-59
Vigencia: 28/12/2010
PREV-11-11
4/6
De acuerdo a la situación planteada, a la fecha de presentación, la titular reúne 59 a, 30 a de servicios y 25 a con aportes, que establecen los Arts. 19, 37 y 38 de la Ley 24.241 para el año 1998.
Por lo tanto:
Fecha que adquiere derecho 14-10-98 (de presentación o solicitud)
Fecha inicial de pago 14-10-98
3) Mujer que prestó servicios como trabajador autónomo.
a) Antecedentes:
Nació: 02-05-47
Cesó: 23-07- 2006 o continuando en actividad
Presentó Form. 558/A 07-08-2007, saldando la deuda en tiempo y forma
Actividad laboral:
07-06-67 al 07-06-68 Art.38 D.J. 1 a
20-05-77 al 23-07-2006 Act. 703 29 a 02 m 03 d
Total 30 a 02 m 03 d
Fecha de presentación Form. 558/A 07-08-2007
Fecha de nac. 02-05-1947
Edad fecha de pres. Form. 577/A 05-03- 60
De acuerdo a la situación planteada en este caso, la titular reúne los 60 a de edad, 30 a de servicios y 29 a con aportes, que establecen los Arts. 19, 37 y 38 de la Ley 24.241 a la fecha de presentación del Form. 558/A para el año 2007.
Por lo tanto:
Fecha que adquiere derecho 07-08-2007
Fecha inicial de pago 07-08-2007

4) Hombre que prestó servicios Autónomos y los últimos en Relación de Dependencia.
a) Antecedentes:
Nació: 02-01-41
Cesó: 31-10-2006
Fecha presentación Form. 558/A: 10-03-2007
Actividad laboral:
01-01-67 al 31-12-68 Art.38 D.D.J. 1 a
01-10-77 al 30-09-87 Autónomos (297) 10 a
11-10-87 al 31-10-2006 Maestrelli Hnos. 19 a 00 m 20 d
Total: 30 a 00 m 20 d
Fecha de Cese: 31 -10 -2006
Fecha de Nacimiento: 02 -01 -1941
Edad al cese: 29 — 09 — 65
Por lo tanto:
Fecha que adquiere derecho: 31-10-2003 (fecha de cese)
Fecha inicial de pago: 10-03-2007 ( fecha presentación Form. 558/ A
5) Mujer que prestó servicios en relación de Dependencia y últimos servicios como Autónomo.
a) Antecedentes:
Nació: 03-01-48
Cesó: 30-11-2007
Fcha de pres. Form. 558/A: 04-03-2008
Actividad Laboral:
01-01-66 al 31-12-67 D:D:J. Art. 38 1a
28-09-71 al 04-02-94 Salcines S.A. 22 a 03 m 17 d
05-02-2001 al 30-11-2007 Aut. (302) 06 a 09 m 26 d
Total: 30 a 01m 12 d
Fecha de pres. Form 558/A: 04 - 03 – 2008
Fecha de Nac.: 03 - 01 - 1948
Edad a fecha de pres.Form. 558/A 01 — 02 - 60
Últimos servicios Autónomos, registre o no cese:
Los requisitos de derecho para la obtención de la prestación que debe reunir al 30-11-2007 son 60 años de edad, 30 a de servicios con aportes que establecen los Arts. 19, 37 y 38 de la Ley 24.241.
Por lo tanto:
Fecha que adquiere derecho: 04-03-2008
Fecha inicial de pago.: 04-03-2008
 #1254215  por GABY05
 
Laesolución Conjunta General 1616 (AFIP) y 1415/2003 (ANSES) establece:

"La fecha de generación de la liquidación será considerada como fecha de pedido de la prestación previsional, en la medida que se cancele el saldo deudor en concepto de aportes omitidos, previstos por el Artículo 11 y concordantes de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, así como la totalidad del plan de facilidades de pago o moratoria por el que haya optado, dentro de los plazos dispuestos en el párrafo anterior.

Asimismo, la solicitud del beneficio previsional, cuando corresponda, deberá interponerse ante la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles administrativos contados desde la generación de la liquidación.

Vencido el término fijado precedentemente, se tendrá como fecha del pedido de la prestación previsional el día en que se formalice la respectiva solicitud ante la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, aunque no se registre deuda."