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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1255411  por beaben
 
Hola a todos, queria saber si la actividad cortadora de cueros para marroquineria, se podria encuadrar dentro de la actividad Personal de la industria cárnica para poder jubilarse antes
gracias
 #1255412  por lucky
 
No me parece. El que trabaja en una fábrica cortando cuero está encuadrado concretamente dentro de la actividad de marroquinería o calzado (por lo menos los casos que conozco desde el punto de vista del derecho laboral, en los cuales se aplica el CCT al que hubiese adherido el empleador ya que algunos eligen marroquinería por ser escalas salariales más bajas).
 #1255414  por beaben
 
entonces no es una actividad insalubre
por lo tanto se jubilarian a los 65
verdad?
 #1255458  por MARIO1943
 
LA CUTIEMBRE ES TRABAJO INSALUBRE
LA CUTIEMBRE UTILIZA PROCESOS QUIMICOS QUE SON NOCIVOS PARA EL CUERPO HUMANO
ESTA SENORA ES CORTADORA DE CUERO, NO SE SI EL CUERO CURADO CON PROCESOS QUIMICOS EN AMBIENTES CERRADOS DESTINADOS A LA INDUSTRIALIZACION DEL CUERO , SI DESPIDE ALGUNA SUSTANCIA QIMICA QUE SEA NOCIVA PARA LA SALUD, ESO LO DETERMINA EL MINISTERIO DE TRABAJO QUE ES LA AUTORIDAD DE APLICACION
 #1255459  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Jue, 21 May 2020, 18:37 LA CUTIEMBRE ES TRABAJO INSALUBRE
LA CUTIEMBRE UTILIZA PROCESOS QUIMICOS QUE SON NOCIVOS PARA EL CUERPO HUMANO
ESTA SENORA ES CORTADORA DE CUERO, NO SE SI EL CUERO CURADO CON PROCESOS QUIMICOS EN AMBIENTES CERRADOS DESTINADOS A LA INDUSTRIALIZACION DEL CUERO , SI DESPIDE ALGUNA SUSTANCIA QIMICA QUE SEA NOCIVA PARA LA SALUD, ESO LO DETERMINA EL MINISTERIO DE TRABAJO QUE ES LA AUTORIDAD DE APLICACION
Jornada Insalubre:
Es aquella que por las condiciones del lugar de trabajo, por las modalidades o por su naturaleza, pone en peligro la salud de los trabajadores. La jornada no puede exceder las 6 hs. diarias y las 36 semanales.
Esta jornada se puede distribuir desigualmente pero no se pueden exceder las 7 hs. diarias. La calificación de INSALUBRIDAD debe surgir de autoridad competente (Ministerio de Trabajo). El dependiente de jornada insalubre debe cobrar lo mismo que el que trabaja 48 hs. semanales en jornada normal. Esta prohibido hacer horas extraordinarias en jornada insalubre. Las mujeres y los menores no pueden trabajar en tareas declaradas insalubre.
Son ejemplos de tareas insalubres: el trabajo en curtiembres, el oficio de buzo, los trabajadores del vidrio, etc.