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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1469745  por Lan
 
Sisi Lucky pero me refiero que pasa si hago el amparo como sugiere Mario....(ya que pago 20 años por la 24.476).-
 #1469748  por lucky
 
El amparo es para jubilarse por la 26970 cuando cobra una pensión algo más que la mínima.
Que se sepa solamente hay antecedentes que declaran inconstitucional la exigencia de no cobrar una pensión mayor al haber mínimo, y en algunos juzgados del interior para permitir a los hombres usar esa moratoria 26970.
Hasta ahora no se conocen sentencias de otro tipo.
Tu pregunta inicial fue cuándo se podría jubilar, y después el post fue derivando a otros temas.
 #1469944  por Lan
 
Lucky! perdón en el caso a consulta además tiene 2 hijos ya acreditados para que le sumen 2 años......cuanto le faltaría?
 #1469961  por lucky
 
Si según el cómputo que hice le faltaban 4 años y 2 meses, con 2 hijos (que no sean discapacitados) le faltarán 2 años y 2 meses.
Con eso podés calcular cuándo se puede jubilar sumando el exceso de edad más los aportes que le faltan. Más o menos 1 año y 6 meses de aportes.