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  • Trabajador petrolero. Figura solo una parte como tarea diferenciales!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1470211  por marianela677
 
Buenas colegas.
Tengo el caso de un trabajador del Petroleo. En la certificación de servicios figura un periodo como diferencial y otro periodo como común.(todo continuo)
Siempre la tarea desempeñada fue la misma "oficial cañista". La certificación de servicios dice en observaciones abajo por aplicacion del dec 2136/74 resolución 897/15 art 4. Osea que reconoce el carácter de las tareas.
La duda está por esa distinción que hace. He visto otras certificaciones que hacen los mismo para este sector. Nose de que me estoy perdiendo.
Ahora en setiembre el sr. Tiene turno para una reco. Nose si consultar en ese turno en anses si figura ingresado por todo el periodo el aporte diferencial o iniciar el reco. Ya que en diciembre el sr. Tendría la edad para inicar la jubi directamente.
Muchas gracias por su aporte.
 #1470233  por marianela677
 
SI SI. En la certificación dice cañista. En el nomenclador encuadra dentro de un actividad que enumera ahi.
Lo que no comprendo es porque la certificación hace un distinción de tareas comunes y diferenciales. cuando la tarea incluso declarada por la certificación siempre es cañista.
 #1470234  por lasflores
 
Buenas tardes, las empresas petroleras siempre los registran mal, o las certificaciones de servicios las hacen pésimo. Es normal que te pase eso. No creo que tengas inconvenientes con que no figuren todos como diferenciales, en tu lugar haría una nota explicando que siempre trabajó en la misma tarea. Es elemental que acompañes el formulario 6.50 , lo tenés?
Saludos
 #1470311  por lasflores
 
Ah perdón entendí mal. Necesitás acompañar el formulario 6.50 ( es sobre regímenes diferenciales) en el mismo se detalla las tareas que realizaba el trabajador, en qué yacimientos, y con que diagrama. Las empresas aunque los hayan registrado como servicios comunes te extienden este formulario y es tu prueba que los servicios son diferenciales. Si podés también podés acompañar testigos. Y fijate en la certificación porque quizás adelante dice servicios comunes pero en observaciones le aclaran que están inlcuidos en el decreto de petrolero.
Te consulto: qué tarea realizaba tu cliente?
Saludos
 #1470315  por MARIO1943
 
ES TAREA COMUN, EL HECHO QUE ESTE INCLUIDO EN EL DECRETO NO SIGNIFICA QUE SEA DIFERENCIAL, TENES QUE LEER EL ART 5 DE LA RESOLUC 897/15, TE LO ACLARA BIEN, YO INTIMARIA A LA EMPRESA PETROLERA QUE MODIFIQUE LA CERT DE SERV, DON DICE TAREAS COMUNES POR TAREAS DIFERENCIALES, YA QUE SEGUN RECIBOS DE SUELDOS NO HAY NINGUNA MODIFICACION ALGUNA Y QUE SIGO HACIENDO EL MISMO TRABAJO DESDE QUE INGRESE A LA EMPRESA Y LOS APORTES ADICIONALES POR LA EMPRESA POR TRATARSE DE TAREAS DIFENCIALES SE HAYAN EFECTUADOS, CASO CONTRARIO HARAS LA DENUNCIA AL MININISTERIO DE TRABAJO QUE ES LA AUTORIDAD DE APLICACION, ESTO ES MAS RAPIDO QUE PEDIR UN RECONOCIMIENTO, SE FIJA LA AUDIENCIA Y SE DEFINE EL MISMO DIA DE LA AUDIENCIA
 #1470345  por MARIO1943
 
lasflores escribió: Sab, 27 Ago 2022, 11:43 Buen dia Mario, me interesa mucho tu respuesta. Lo has intentado contra las petroleras? acceden a realizar el cambio en la audiencia o es el propio Ministerio de Trabajo que lo impone?
Muchas gracias
ESTA NO ES UNA AUDIENCIA EN DONDE PODES DECLINAR LA JURISDICCION DEL MINISTERIO DE TRABAJO, SI NO ,ES PARA EL ENCUADRAMIENTO DE TAREAS DIFERENCIALES, DONDE EL MINISTERIO DE TRABAJO DECIDE, NO EL EMPLEADOR. EXPERIENCIA EN PETROLERA NO, SI TENGO CONOCIMIENTO EN DONDE LATAREA DESEMPEÑADA NO FIGURABA EN EL LISTADOS DE INSALUBRIDAD, QUE PARA ELLO NO SE RESUELVE EN LA AUDIENCIA, YA QUE FUNCIONARIOS DE SEGURIDAD E IGIENE DE TRABAJO, CONCURREN AL ESTABLECIMIENTO PARA HACER UN ESTUDIO EN LOS LUGARES CORRESPONDIENTE, EN ESTE CASO, NO HACE FALTA CONCURRIR A LA EMPRESA, YA QUE LA INSALUBRIDAD EXISTE POR LOS PERIODOS QUE EL EMPLEADOR RECONOCE, LLEVANDO LA DOCUMENTACION DELOS PERIODOS QUE SON INSALUBRES Y LA DOCUMENTACION DE LAS TAREAS COMUNES SEGUN EMPLEADOR Y VEAN QUE SON LAS MISMAS TAREAS, LO VAN A RESOLVER EN EL ACTO, SALVO QUE EL EMPLEADOR ARGUMENYTE ALGUN MOTIVO POR EL CUAL LO ENCUADRO EN TAREAS COMUNES