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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1236977  por andrea37
 
Hola Periquita consulta, sra de 70 años que trabaja en una escuela del 2007 a la fecha, luego tiene aportes en comercio por 20 años. El problema es que necesita el reconocimiento de servicios de IPS. Me dicen que el reco tarda 3 meses pero el cierre de cómputos puede tardar 3 años, es asi?
 #1236981  por andrea37
 
andrea37 escribió: Jue, 28 Mar 2019, 14:58 Hola Periquita consulta, sra de 70 años que trabaja en una escuela del 2007 a la fecha, luego tiene aportes en comercio por 20 años. El problema es que necesita el reconocimiento de servicios de IPS. Me dicen que el reco tarda 3 meses pero el cierre de cómputos puede tardar 3 años, es asi?
Estuve leyendo y corresponde hacer el CCC, hasta que el IPS entregue el reconocimiento de servicios, que la docente sigue trabajando pero no van a servir para un futuro reajuste, ella cobra unos $40000, le conviene jubilarse por anses? o le conviene edad avanzada por IPS? porque en cuanto a los aportes reales en anses tiene algo mas de 10 años, el resto es exceso de edad y moratoria.
 #1237112  por boga80
 
Periquita, puedo hacerte una consulta? o a quien lo sepa.
Tengo un docente universitario de 65 año con exclusiva que quiere jubilarse por la ley 26508 pero tiene en forma simultanea servicios comunes del gobierno de la ciudad donde lo intimaron a jubilarse.
En Anses le dijeron que tiene que jubilarse por la 24241 pero no tiene manera de descartar el cargo común y pedir que le tomen el 82 del cargo docente?
 #1237210  por periquita
 
andrea37 escribió: Jue, 28 Mar 2019, 15:57
andrea37 escribió: Jue, 28 Mar 2019, 14:58 Hola Periquita consulta, sra de 70 años que trabaja en una escuela del 2007 a la fecha, luego tiene aportes en comercio por 20 años. El problema es que necesita el reconocimiento de servicios de IPS. Me dicen que el reco tarda 3 meses pero el cierre de cómputos puede tardar 3 años, es asi? ahora tarda mucho menos, en general menos de un año
Estuve leyendo y corresponde hacer el CCC, hasta que el IPS entregue el reconocimiento de servicios, que la docente sigue trabajando pero no van a servir para un futuro reajuste, correcto
ella cobra unos $40000, le conviene jubilarse por anses? o le conviene edad avanzada por IPS? si es docente el 82 % que le dará ANSES seguro que es más que la edad avanzada en el IPS
porque en cuanto a los aportes reales en anses tiene algo mas de 10 años, el resto es exceso de edad y moratoria.
No entiendo.... habías puesto que tiene 20 años en comercio ???
 #1237212  por periquita
 
boga80 escribió: Dom, 31 Mar 2019, 11:59 Periquita, puedo hacerte una consulta? o a quien lo sepa.
Tengo un docente universitario de 65 año con exclusiva que quiere jubilarse por la ley 26508 pero tiene en forma simultanea servicios comunes del gobierno de la ciudad donde lo intimaron a jubilarse.
En Anses le dijeron que tiene que jubilarse por la 24241 pero no tiene manera de descartar el cargo común y pedir que le tomen el 82 del cargo docente?
No entiendo bien qué le dijeron...
Si el docente cumple con los requisitos de la ley 26.508 nadie puede negarle el derecho al 82 % de ese cargo.
Habrá que ver si con la ley 24.241 considerando todo cobra más y/o si correspondería alguna simultaneidad.
Saludos
 #1237220  por boga80
 
periquita escribió: Mar, 02 Abr 2019, 12:58
boga80 escribió: Dom, 31 Mar 2019, 11:59 Periquita, puedo hacerte una consulta? o a quien lo sepa.
Tengo un docente universitario de 65 año con exclusiva que quiere jubilarse por la ley 26508 pero tiene en forma simultanea servicios comunes del gobierno de la ciudad donde lo intimaron a jubilarse.
En Anses le dijeron que tiene que jubilarse por la 24241 pero no tiene manera de descartar el cargo común y pedir que le tomen el 82 del cargo docente?
No entiendo bien qué le dijeron...
Si el docente cumple con los requisitos de la ley 26.508 nadie puede negarle el derecho al 82 % de ese cargo.
Habrá que ver si con la ley 24.241 considerando todo cobra más y/o si correspondería alguna simultaneidad.
Saludos
Gracias Periquita por responder!!
Simultaneidad no le corresponde porque supera las 20 hs. y como tiene exclusiva mas simple, el quiere el 82 del cargo docente, lo de gcba es sueldo es un sueldo mucho menor.

Las opciones que se me ocurrieron (aunque no se si son viables) son:
a) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y renunciar en el gcba sin jubilarse.
b) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y jubilarse por la 24241 y cuando cumpla 70 pedir la transformación. Mi miedo aca es que le toquen la antiguedad del cargo docente y tampoco se si es posible.
c) Jubilarse ahora por la 26508, no esperar a los 70 pero pedir que no le consideren el cargo común.

Haberes conjuntos hay cuando se trata de dos regímenes especiales, no cuando hay ley comun y docente, lo que se puede hacer es transformación.

El quiere hacer lo que le resulte mejor. Mi miedo es inicie algo que lo denieguen o le liquiden mal.
Este tema nunca me termina de quedar claro y tengo un par mas en la misma situación.
 #1237226  por periquita
 
boga80 escribió: Mar, 02 Abr 2019, 18:40
Gracias Periquita por responder!!
Simultaneidad no le corresponde porque supera las 20 hs. y como tiene exclusiva mas simple, el quiere el 82 del cargo docente, lo de gcba es sueldo es un sueldo mucho menor.

Las opciones que se me ocurrieron (aunque no se si son viables) son:
a) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y renunciar en el gcba sin jubilarse.
b) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y jubilarse por la 24241 y cuando cumpla 70 pedir la transformación. Mi miedo aca es que le toquen la antiguedad del cargo docente y tampoco se si es posible.
c) Jubilarse ahora por la 26508, no esperar a los 70 pero pedir que no le consideren el cargo común.

Haberes conjuntos hay cuando se trata de dos regímenes especiales, no cuando hay ley comun y docente, lo que se puede hacer es transformación.

El quiere hacer lo que le resulte mejor. Mi miedo es inicie algo que lo denieguen o le liquiden mal.
Este tema nunca me termina de quedar claro y tengo un par mas en la misma situación.
Como decís, es un tema complejo... la liquidación de los universitarios con otros ingresos es un albur... he visto de todo, no se puede garantizar que liquiden bien
El espacio de este foro escapa a poder darte la respuesta de cuál sería la mejor opción, tendría que hacer cuentas con todos los papeles en la mano.
Suerte!!
 #1237230  por liliana1
 
Periquita te hago una consulta para gestionar reconocimiento de servicios en IPS por lgunos años trabajados como docente uns Sra es necesario que tenga matricula de pcia para poder gestionarlo yo en la plata??? gracias desde ya
 #1237242  por periquita
 
liliana1 escribió: Mar, 02 Abr 2019, 23:16 Periquita te hago una consulta para gestionar reconocimiento de servicios en IPS por lgunos años trabajados como docente uns Sra es necesario que tenga matricula de pcia para poder gestionarlo yo en la plata??? gracias desde ya
Para el IPS sí, pero no es necesario ir a La Plata, se puede entregar en las delegaciones locales del IPS.
Para gestionar el código docente -en La Plata- podés tener poder del Consejo Escolar, de Juez de Paz, Escribano, Registro Público de Comercio.
Saludos
 #1237245  por boga80
 
periquita escribió: Mar, 02 Abr 2019, 21:20
boga80 escribió: Mar, 02 Abr 2019, 18:40
Gracias Periquita por responder!!
Simultaneidad no le corresponde porque supera las 20 hs. y como tiene exclusiva mas simple, el quiere el 82 del cargo docente, lo de gcba es sueldo es un sueldo mucho menor.

Las opciones que se me ocurrieron (aunque no se si son viables) son:
a) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y renunciar en el gcba sin jubilarse.
b) Continuar hasta los 70 en el cargo docente y jubilarse por la 24241 y cuando cumpla 70 pedir la transformación. Mi miedo aca es que le toquen la antiguedad del cargo docente y tampoco se si es posible.
c) Jubilarse ahora por la 26508, no esperar a los 70 pero pedir que no le consideren el cargo común.

Haberes conjuntos hay cuando se trata de dos regímenes especiales, no cuando hay ley comun y docente, lo que se puede hacer es transformación.

El quiere hacer lo que le resulte mejor. Mi miedo es inicie algo que lo denieguen o le liquiden mal.
Este tema nunca me termina de quedar claro y tengo un par mas en la misma situación.
Como decís, es un tema complejo... la liquidación de los universitarios con otros ingresos es un albur... he visto de todo, no se puede garantizar que liquiden bien
El espacio de este foro escapa a poder darte la respuesta de cuál sería la mejor opción, tendría que hacer cuentas con todos los papeles en la mano.
Suerte!!
Gracias Periquita! Mas que una cuestión de cuentas es saber el criterio que toma Anses en estos casos en particular que si bien son complejos, son frecuentes en el mundo universitario.
Cuando tenga uno resuelto les comento como me fue.
 #1237280  por andrea37
 
periquita escribió: Mar, 02 Abr 2019, 12:52
andrea37 escribió: Jue, 28 Mar 2019, 15:57
andrea37 escribió: Jue, 28 Mar 2019, 14:58 Hola Periquita consulta, sra de 70 años que trabaja en una escuela del 2007 a la fecha, luego tiene aportes en comercio por 20 años. El problema es que necesita el reconocimiento de servicios de IPS. Me dicen que el reco tarda 3 meses pero el cierre de cómputos puede tardar 3 años, es asi? ahora tarda mucho menos, en general menos de un año
Estuve leyendo y corresponde hacer el CCC, hasta que el IPS entregue el reconocimiento de servicios, que la docente sigue trabajando pero no van a servir para un futuro reajuste, correcto
ella cobra unos $40000, le conviene jubilarse por anses? o le conviene edad avanzada por IPS? si es docente el 82 % que le dará ANSES seguro que es más que la edad avanzada en el IPS
porque en cuanto a los aportes reales en anses tiene algo mas de 10 años, el resto es exceso de edad y moratoria.
No entiendo.... habías puesto que tiene 20 años en comercio ???
Gracias por responder, puse 20 años en comercio para redondear los aportes en anses, tiene 10 años mas 2 años y 6 meses por exceso de edad y el resto se puede regularizar en la 24476. Y desde el 2007 a la fecha son 12 años, serían unos 3 años y 6 meses en moratoria. No entiendo como es el reajuste por el decreto del 82%, es sobre los últimos años aportados como docente? Mil gracias.
 #1237310  por andrea37
 
Hola, consulta, trabajador municipal por últimos 20 años, anteriores aportes a anses, inicia jubilacion digital por ley especial 12875 Veterano de Guerra, cesa en agosto, recién se inicia en diciembre porque como es digital, en la municipalidad no sabían ingresarlo, luego se archiva porque faltó documentación escaneada, luego se inicia otro expediente, todavía está en proceso, hay alguna dirección para ir a reclamar? Desde el inicio se presentó absolutamente todo, el error fue de carga, tengo un número para llamar a La Plata pero desde hace semanas no contestan.
Por otro lado, no le pagaron nada más luego del cese, cobró el ultimo mes sin proporcional de aguinaldo ni vacaciones, tampoco el premio jubilatorio que le corresponde, hay algún formulario para reclamar? Gracias
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