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  • SENTENCIA DE REAJUSTE- LIQUIDACION CERO? ES POSIBLE?!!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #538116  por NINO162
 
Colegas por favor necesito ayuda:
En una sentencia de reajuste de un cliente que me vino a ver se oberseva que el tribunal resuelve: ..."ordenar se practique el reajuste de haberes según el alcance fijado en el precedente Chocobar Sixto...".-
Luego en el expediente consta que la liquidación paso por Uca dep, de hecho hay un detalle de liquidacion de la sentencia judicial con una mínima diferencia consignada en la columna de Diferencias E= D-C, pero en los totales hay cero liquidacion, es decir figura $0.00.-
Mi duda es la siguiente: supongamos que sea moneda, es decir muy poquito la diferencia, porque figura $ 0.00; algo de diferencia debe tener.....
Que puede hacer? Alguien me puede ayudar como proceder....?
Cómo se si lo que le han liquidado es lo que realmente corresponde? ......Gracias.-
 #539005  por markello
 
NINO162 escribió:Colegas por favor necesito ayuda:
En una sentencia de reajuste de un cliente que me vino a ver se oberseva que el tribunal resuelve: ..."ordenar se practique el reajuste de haberes según el alcance fijado en el precedente Chocobar Sixto...".-
Luego en el expediente consta que la liquidación paso por Uca dep, de hecho hay un detalle de liquidacion de la sentencia judicial con una mínima diferencia consignada en la columna de Diferencias E= D-C, pero en los totales hay cero liquidacion, es decir figura $0.00.-
Mi duda es la siguiente: supongamos que sea moneda, es decir muy poquito la diferencia, porque figura $ 0.00; algo de diferencia debe tener.....
Que puede hacer? Alguien me puede ayudar como proceder....?
Cómo se si lo que le han liquidado es lo que realmente corresponde? ......Gracias.-

Hubo muchos juicios que no beneficiaban economicamente. El chocobar no fue un buen antecedente para los que hicimos acciones de este tipo en la decada del 90. Es mas, muchos dieron muy poco y otros HOY POR HOY, aunque le pagaron retroactivo, NUNCA LE PAGARON UN AUMENTO.

Ahora bien, en este caso concreto, BAJO QUE LEY SE JUBILO?, COBRO BONOS?.

Recordá que hubieron muchas cajas (ejemplo EX-IMPS) que fueron absorvidos por el Anses en el 94 por lo que la deuda se dividio por los periodos correspondientes a cada caja. Es decir, antes del 94 pagaba con bonos municipales y luego del 94 se pagaba con bonos anses y quizas la deuda INTEGRA haya caido del lado de la ex - caja (en su momento pago el Gobierno de la ciudad de buenos Aires). En mi caso fue NORMAL que el Anses NO pague o beneficie economicamente. Es solo un ejemplo, pero si la liquidación del Anses dice CERO, no podemos hacer nada.

NO todo esta perdido, te queda la MOVILIDAD y quizas sea un monto importante.

Saludos
 #547040  por NINO162
 
markello escribió:
NINO162 escribió:Colegas por favor necesito ayuda:
En una sentencia de reajuste de un cliente que me vino a ver se oberseva que el tribunal resuelve: ..."ordenar se practique el reajuste de haberes según el alcance fijado en el precedente Chocobar Sixto...".-
Luego en el expediente consta que la liquidación paso por Uca dep, de hecho hay un detalle de liquidacion de la sentencia judicial con una mínima diferencia consignada en la columna de Diferencias E= D-C, pero en los totales hay cero liquidacion, es decir figura $0.00.-
Mi duda es la siguiente: supongamos que sea moneda, es decir muy poquito la diferencia, porque figura $ 0.00; algo de diferencia debe tener.....
Que puede hacer? Alguien me puede ayudar como proceder....?
Cómo se si lo que le han liquidado es lo que realmente corresponde? ......Gracias.-

. Hubo muchos juicios que no beneficiaban economicamente. El chocobar no fue un buen antecedente para los que hicimos acciones de este tipo en la decada del 90. Es mas, muchos dieron muy poco y otros HOY POR HOY, aunque le pagaron retroactivo, NUNCA LE PAGARON UN AUMENTO.

Ahora bien, en este caso concreto, BAJO QUE LEY SE JUBILO?, COBRO BONOS?.

Recordá que hubieron muchas cajas (ejemplo EX-IMPS) que fueron absorvidos por el Anses en el 94 por lo que la deuda se dividio por los periodos correspondientes a cada caja. Es decir, antes del 94 pagaba con bonos municipales y luego del 94 se pagaba con bonos anses y quizas la deuda INTEGRA haya caido del lado de la ex - caja (en su momento pago el Gobierno de la ciudad de buenos Aires). En mi caso fue NORMAL que el Anses NO pague o beneficie economicamente. Es solo un ejemplo, pero si la liquidación del Anses dice CERO, no podemos hacer nada.

NO todo esta perdido, te queda la MOVILIDAD y quizas sea un monto importante.


Saludos
Te cuento que se jubilo 07/10/1993, me parece que lo comprendió la ley vieja, ya que creo la ley nueva entra en vigencia en fecha posterior a ésta. Y respecto de tu pregunta si cobro bonos, no ha cobrado nada.-
Que puedo hacer? porque según refleja la liquidación de la sentencia hay alguito para cobrar que figura en las diferencias, pero lugo en el totao dice cero pesos, por eso me desconcierta. Alquien me puede ayudar a interpretar o leer la liquidación de esta sentencia. Gracias.- *
 #548595  por GAVA
 
porque no haces vos una nueva liquidacion por blue corp a ver cuanto te da, en gral por mas que la de anses de 0, yo la verifico porque me ha pasado en contadas ocasiones que estan mal hechas.
Te cuento que una vez la liq de Ucadep dio 0, tome vista del expte y la impugne con una presentacion y al tiempo -8 meses- salio una nueva liq de mas de 70.000. Si me quedaba con que estaba bien mi clienta se quedaba sin nada
 #548664  por markello
 
En eso estoy de acuerdo, hace la liquidacion pero VERIFICA PRIMERO BAJO QUE LEY SE JUBILO.
Vuelvo a reiterar que antes del 94 existieron muchas cajas que hoy fueron absorvidas por el anses.
El chocobar para los que representabamos a municipales NO dio diferencia importante y en muchos casos NO beneficiaron economicamente y recordemos que en esa epoca NO habia blue corp ni jauregui ni nada, solo existia la pericia del cuerpo de peritos contadores de la corte de sarmiento 877 piso 12 y ello notificaban la excasa diferencia de los municipales o nulas, peor aun cuando aparecieron los peritos oficiales desansiculados por el juzgado de turno que sabian menos que nosotros de como practicar liquidacion.
Si es 18037 o modificatoria NO tendras problemas para verificar el calculo por algunos de los sistemas de calculos previsionales que hay en el mercado, pero soy de la opinion de verificar bajo que ley bajo se jubilo, las pautas de liquidacion que ordena la sentencia y ojala no sea un ex imps.