Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO POR ART 247

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1255187  por rominita10
 
BUENAS COLEGAS, LES CONSULTO, A MI CLIENTE LO DEPIDIERON( A PARTIR DEL 31/5) EN BASE AL ART 247 LCT, RESPONDI LA CD NEGANDO LAS CAUSALES Y SOLICITANDO EL PAGO DE INDEMNIZACION POR EL 245 LCT, ME CONTESTAN NEGANDO TODO. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ES NECESARIO QUE RATIFIQUE EL TCL O DIRECTAMENTE UNA VEZ Q COBRO LA INDEMNIZACION, RECLAMO POR LA DIFERENCIA? GRACIASSS
 #1255211  por ZAMAKUKO
 
rominita10 escribió: Jue, 14 May 2020, 14:47 BUENAS COLEGAS, LES CONSULTO, A MI CLIENTE LO DEPIDIERON( A PARTIR DEL 31/5) EN BASE AL ART 247 LCT, RESPONDI LA CD NEGANDO LAS CAUSALES Y SOLICITANDO EL PAGO DE INDEMNIZACION POR EL 245 LCT, ME CONTESTAN NEGANDO TODO. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ES NECESARIO QUE RATIFIQUE EL TCL O DIRECTAMENTE UNA VEZ Q COBRO LA INDEMNIZACION, RECLAMO POR LA DIFERENCIA? GRACIASSS
Yo en esos casos rechazo causal y pido reincorporación basándome en el DNU 329/2020, pero en tu caso que ya intimaste solicitando la indemnización del Art. 245 y si lo hiciste bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes para su cobro, no hace falta que vuelvas a comunicar la misma intimación.
 #1255227  por rominita10
 
BUENAS COLEGAS, LES CONSULTO, A MI CLIENTE LO DEPIDIERON( A PARTIR DEL 31/5) EN BASE AL ART 247 LCT, RESPONDI LA CD NEGANDO LAS CAUSALES Y SOLICITANDO EL PAGO DE INDEMNIZACION POR EL 245 LCT, ME CONTESTAN NEGANDO TODO. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ES NECESARIO QUE RATIFIQUE EL TCL O DIRECTAMENTE UNA VEZ Q COBRO LA INDEMNIZACION, RECLAMO POR LA DIFERENCIA? GRACIASSS
[/quote]

Yo en esos casos rechazo causal y pido reincorporación basándome en el DNU 329/2020, pero en tu caso que ya intimaste solicitando la indemnización del Art. 245 y si lo hiciste bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes para su cobro, no hace falta que vuelvas a comunicar la misma intimación.
[/quote]
Muchas gracias por tu respuesta!! Voy a esperar que cobre entonces y luego reclamo la diferencia.
 #1255241  por ZAMAKUKO
 
rominita10 escribió: Vie, 15 May 2020, 12:51
Muchas gracias por tu respuesta!! Voy a esperar que cobre entonces y luego reclamo la diferencia.
De nada, no olvidar los otros rubros indemnizatorios LCT, ademas del DNU 34/2019 y la ley 25.323 en caso de corresponder. Si no los reclamaste previamente si deberías intimar nuevamente sumándole todos los rubros que correspondan.
 #1255290  por rominita10
 
Si si, en el TCL relame todos esos rubros. Te hago una ultima consulta, capaz es una tonteria pero me genera duda, en este caso que ya reclame por la indemnización, en caso que se prorrogue, como están diciendo, el DNU de prohibición de despidos, puedo volver a intimarlos por la reincorporación? Esto no lo hice en el primero porq el despido es a partir del 31/5, fecha en que ya no estaría vigente dicho DNU, pero lei que se va a prorrogar. Mil gracias desde ya por tu ayuda!
ZAMAKUKO escribió: Vie, 15 May 2020, 19:00
rominita10 escribió: Vie, 15 May 2020, 12:51
Muchas gracias por tu respuesta!! Voy a esperar que cobre entonces y luego reclamo la diferencia.
De nada, no olvidar los otros rubros indemnizatorios LCT, ademas del DNU 34/2019 y la ley 25.323 en caso de corresponder. Si no los reclamaste previamente si deberías intimar nuevamente sumándole todos los rubros que correspondan.
 #1255306  por ZAMAKUKO
 
rominita10 escribió: Lun, 18 May 2020, 10:11 Si si, en el TCL relame todos esos rubros. Te hago una ultima consulta, capaz es una tonteria pero me genera duda, en este caso que ya reclame por la indemnización, en caso que se prorrogue, como están diciendo, el DNU de prohibición de despidos, puedo volver a intimarlos por la reincorporación? Esto no lo hice en el primero porq el despido es a partir del 31/5, fecha en que ya no estaría vigente dicho DNU, pero lei que se va a prorrogar. Mil gracias desde ya por tu ayuda!
En principio seria desprolijo, ya que la manera correcta seria la inversa (solicitar reincorporación y luego en caso de no prosperar, solicitar la correcta liquidación del despido con todos los agravantes correspondientes) no obstante no hay nada que te impida hacerlo, siendo que la prioridad seria la conservación de la relación de trabajo y tomando en cuenta que el nuevo DNU todavía no existía al momento de enviar ese TCL podrías solicitarlo mencionando: "que debido a que al momento de hacerse efectivo el despido se encontraba vigente el DNU (a confirmar) el cual continua temporalmente la finalidad del DNU 329/2020 se solicita que se deje sin efecto el despido mas el pago de la totalidad de los haberes caídos por su decisión bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes tendientes a obtener ese fin." Hasta el momento hubo dos cautelares, incluso contratos en periodo de prueba, que tuvieron resultados positivos en sus pretensiones y fueron reincorporados.