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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1255324  por drmartini
 
Buenas grupo, tengo un caso de un hombre al cual, la empresa hace más de 10 años, le está pagando una parte del sueldo en negro, cobra 40.000 en blanco y 40.000 en negro, el tema es que la empresa de un momento al otro lo blanquea completamente poniendo los otros 40000 pesos en negro en calidad de premios dentro del recibo de sueldo.
1) puedo intimar el día mañana por la 24013?
2) se puede considerar despedido una persona si no le realizan los aportes sobre los sueldos anteriores?
3) en qué calidad quedarían estos premios tendría que reclamar para que sean fijos obligatorios?
4) en caso que pueda intimar por la 24013, cual es el plazo de prescripción de la acción?

no es un caso normal, por eso me vienen todas esas dudas. :?: :?: Gracias
 #1255347  por adessoma
 
Estimado: Te doy mis impresiones.
drmartini escribió:1) puedo intimar el día mañana por la 24013?
Ya está blanqueado; no hay anda que intimar en los términos de la ley 24013.
drmartini escribió:2) se puede considerar despedido una persona si no le realizan los aportes sobre los sueldos anteriores?
Claramente no. De hecho, el trabajador ni siquiera esta legitimado para intimar por falta de pago de aportes; en tal caso será el organismo de recaudación, esto es, la AFIP.
drmartini escribió:3) en qué calidad quedarían estos premios tendría que reclamar para que sean fijos obligatorios?
Este, tal vez, sea el único punto cuestionable, pero un juez podría considerar que si tu cliente cobra ese premio de $ 40 mil todos los meses, ya está blanqueado de hecho. Ello fundado en fallos de la CSJN ("Diaz Pauloc/Cervecería y Maltería Quilmes" y "Pérez c/Disco", entre otros).
drmartini escribió:4) en caso que pueda intimar por la 24013, cual es el plazo de prescripción de la acción?
La ley 24013 no tiene plazo de prescripción mientras la relación laboral esté vigente.
Saludos.