Buenos días, aclaro que no soy abogado ni contador. Mi consulta es la siguiente: recibí notificación de juicio por deuda de ANTICIPOS de ganancias 2017. Se me reclama el capital adeudado.
El tema es que mi contador presentó la DDJJ de Ganancias de este año un día antes que la fecha de esta demanda (sin saberlo, porque la notificación me llegó una semana después). La presentación de esa DDJJ deja sin efecto a los anticipos adeudados, correcto? Lo que abonamos fueron los intereses resarcitorios correspondientes a esos anticipos.
La duda tiene que ver con el pago de honorarios a la AFIP.
Corresponde pagar honorarios sobre el capital, o sea, el total de la boleta de deuda (es lo que me reclaman)? o sólo sobre el monto de los intereses?
Desde ya muchas gracias a quien pueda responder.
Saludos.
El tema es que mi contador presentó la DDJJ de Ganancias de este año un día antes que la fecha de esta demanda (sin saberlo, porque la notificación me llegó una semana después). La presentación de esa DDJJ deja sin efecto a los anticipos adeudados, correcto? Lo que abonamos fueron los intereses resarcitorios correspondientes a esos anticipos.
La duda tiene que ver con el pago de honorarios a la AFIP.
Corresponde pagar honorarios sobre el capital, o sea, el total de la boleta de deuda (es lo que me reclaman)? o sólo sobre el monto de los intereses?
Desde ya muchas gracias a quien pueda responder.
Saludos.