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  • Beneficio de Litigar sin gastos como sigue?

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 #1238726  por Nancys
 
Hola gente, estoy tramitando un daños y junto a este inicie un Beneficio de litigar sin gastos, ya que mis clientes son jubilados que solo cobran la mínima.
Hasta ahora no me había tocado pedir beneficio, ya que no hago mucho daños y perjuicios....
Acompañe los recibos de haberes y la declaración jurada de los solicitantes sobre inexistencia de bienes y cuentas bancarias, y ofreci las declaraciones de los 3 testigos que ya fueron citados a audiencia y ratificaron.
A la contraria el juzgado le corrió traslado por secretaria de la fecha de audiencia testimonial por si quería presentarse pero no lo hizo.
Yo no ofrecí otras pruebas, y el juzgado tampoco solicito informes...Mi consulta es: como sigo? Tengo que pedir que se ordene el traslado de las declaraciones de los testigos a la contraria, o simplemente puedo pedir sentencia???
Disculpen si pregunto una obviedad pero es el primer beneficio que tramito. Desde ya mil Gracias a quien con mayor experiencia me pueda ayudar!!!
 #1239090  por Nancys
 
Buen dia, les cuento que solicite sentencia y el juzgado proveyo lo siguiente:
"En atención a lo requerido, declaración jurada de fs. 20, declaraciones testimoniales de fs. 23-27 , que fueran ratificadas a fs. 29/31, de la prueba producida, córrase vista a las partes por el término de cinco (5) días (arts. 81 y 133 del CPCC).-"

Mi consulta es: Debo enviar cedula transcribiendo ésta resolución al domicilio electronico constituído pero SIN copias, o hay que adjuntar copia de las fojas que allí se mencionan?

Porque la resolución no dice "Notifiquese" y creo entender que se notificarian por nota ... por eso no sé si corresponde hacer la cedula con copias, o no...
Que les parece?
 #1239114  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE!

LA RESOLUCION FINAL ES COMO UNA SENTENCIA, QUIZAS DEBA NOTIFICARSE CON CEDULA AL REAL

CUANDO SALGA CONSULTALO CON EL OFICIAL QUE DESPACHA EL EXPEDIENTE