Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUCESIÓN. DUDA CON BIEN DONADO AL CÓNYUGE SUPERSTITE.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1239506  por sofia2009
 
Hola a todos, voy a iniciar una sucesión y se me planteó la siguiente duda: al cónyuge superstite su padre le donó una propiedad estando aquel casado, o sea durante la comunidad, en consecuencia, segun el art. 464 del CCyC a dicho bien se lo reputa propio del cónyuge superstite. A pesar de tener eso bien en claro, se me plantea la sugiente duda: en la sucesión de la esposa, el cónyuge supersite tiene que denunciar ese bien?
Espero respuesta, gracias *abrazo*
 #1239510  por abogado_1987
 
sofia2009 escribió: Mié, 15 May 2019, 09:10 Hola a todos, voy a iniciar una sucesión y se me planteó la siguiente duda: al cónyuge superstite su padre le donó una propiedad estando aquel casado, o sea durante la comunidad, en consecuencia, segun el art. 464 del CCyC a dicho bien se lo reputa propio del cónyuge superstite. A pesar de tener eso bien en claro, se me plantea la sugiente duda: en la sucesión de la esposa, el cónyuge supersite tiene que denunciar ese bien?
Espero respuesta, gracias *abrazo*
entiendo correcto pues > ".... se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ................, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ........................y su cónyuge ..................., a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales
 #1239526  por sofia2009
 
Gracias abogado_1987 por responder!
Por las dudas te vuelvo a aclarar, mirá que el bien en cuestión es propio del cónyuge superstite y no de la causante.
Cuando en las DH dicen: ".....a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.." yo lo interpreto que hablan de los propios pero del la/el causante (y no de los propios del cónyuge supersite).
Vos insistis que hay que denunciar y tributar por ese bien que reviste el caracter de propio del conyuge que está vivo?
*abrazo*
 #1239527  por legalescom
 
Entiendo, errónea, la interpretación y, por ende, la respuesta de Abogado_1987, toda vez que el bien propio, en cuestión, es de la cónyuge supérstite, no del causante; por lo tanto, no tiene porqué, entrar en la sucesión de éste.
 #1239532  por sofia2009
 
Gracias legalescom por tu respuesta. Yo pienso igual que vos, pero igual se me cruzó la duda.
Ahora bien el cónyuge superstite el día que quiera vender ese bien que le donaron durante el matrimonio, cómo otorga esa escritura de venta? porque su mujer (la causante) no podrá prestar el asentimiento.
*abrazo*
 #1239557  por abogado_1987
 
sofia2009 escribió: Mié, 15 May 2019, 17:16 Gracias abogado_1987 por responder!
Por las dudas te vuelvo a aclarar, mirá que el bien en cuestión es propio del cónyuge superstite y no de la causante.
Cuando en las DH dicen: ".....a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.." yo lo interpreto que hablan de los propios pero del la/el causante (y no de los propios del cónyuge supersite).
Vos insistis que hay que denunciar y tributar por ese bien que reviste el caracter de propio del conyuge que está vivo?
*abrazo*
Hola, mis disculpas sino fuí claro,
mi respuesta se refiere respecto de una donación efectuada a favor del causante,
el cónyuge superstite no transmite nada por sucesión
saludos