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  • NUEVA MORATORIA- SOCIOECONOMICO PREVIO AL TURNO? AYUDA!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1241238  por DraVero
 
Estimados,
Necesito sacar un turno por Nueva Moratoria para iniciar un trámite jubilatorio.
Luego de semanas de no poder porque no funciona el turnero, estoy ingresando lo datos y me sale un mensaje que pide aceptar a Anses a hacer las consultas para aprobar el socieconómico, es obligatorio aceptar porque la opción contraria no te deja continuar. Bien, acepté suponiendo que se trataba de un aviso de que este control iba a realizarse en el transcurso del trámite. Pero no, al submitir me salió un mensaje que dice que no supera el socioeconómico y no se puede continuar con la solicitud del turno. QUÈ HAGO?!!!
Si la resolución de rechazo de la jubilación por moratoria con fundamento en el socioeconómico es cuestionable y puede apelarse. Si toda resolución es apelable ¿ Cómo puede ser que se rechace a priori la posibilidad de sacar el turno?!!

Les pido ayuda por favor porque no sé cómo hacer para que pueda ingresar el trámite solicitando el turno.
Les copio el mensaje. Muchísimas gracias!

" En relación a su solicitud de evaluación socioeconómica para adherirse al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley Nª 26.970 y teniendo en cuenta que el Art. 3 de la misma y su reglamentaciòn disponen que ANSES, realizará evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas para determinar el acceso al régimen de las personas con mayor vulnerabilidad, LE INFORMAMOS QUE USTED NO HA SUPERADO LAS EVALUACIONES REQUERIDAS POR LA NORMATIVA, RECEPTADAS EN EL ART. 8 DE LA RESOLUCION CONJUNTA (AFIP-ANSES) 3673/2014.
Los motivos específicos por los que no ha superado las evaluaciones requeridas por la normativa vigente le serán notificados en el domicilio informado por Ud. oportunamente.
 #1241263  por MARIO1943
 
ESPERA QUE TE NOTIFIQUEN LOS MOTIVOS POR EL CUAL NO PASASTES EL SOCIOECONOMICO Y A PARTIR D E AHI ACTUAS, RECHAZANDO LOS MOTIVOS Y DESPUES HACE JUICIO POR DISCRIMINACION POR SU SITUACION ECONOMICA HAY FALLO AL RESPECTO
 #1241279  por mintaka108
 
Hola colegas. Pareciera que cada UDAI tiene su "código de procedimiento interno". En mi caso, para una clienta solicité turno de jubilación con la liquidación de sicam hecha, sin enviar plan, pues no lo permite. El iniciador puso un código donde surge si se aprueba el socio económico, fue aprobado, se desbloqueó el sistema, envió el plan, nos imprimió la boleta de pago de la primera cuota. Mi clienta ese mismo día la pagó y se la acercó a la UDAI y el trámite sigue su curso.
 #1241286  por DraVero
 
Yo no hice el SICAM aún. Voy a hacerlo y probaré de nuevo. Aunque no creo que a esta altura haga diferencia.
Con respecto a esta notificación, averigüe y en ANSES hay un formulario para entregar y solicitar la notificación por vía electrónica.
Y ya iré buscando esa jurisprudencia.
Muchas gracias a todos y espero les sirva mi pequeño aporte!
 #1241294  por Lan
 
Hola a todos! Mario, hay fallo sobre eso? tenes el dato?? yo lo que sÍ sabia era amparo para los hombres excluidos de la 26970 pero no por cuestión económica...nos pasas los datos??? GRACIAS!!!!
 #1241295  por fafa16
 
Hola!! por que no sacas directamente turno para jubilación?
Y el día del turno , allí recién te salta el código del socio económico.
Yo intentaría sacar de nuevo el turno para ir directamente.
Saludos
 #1241298  por MARIO1943
 
Lan escribió: Jue, 13 Jun 2019, 19:05 Hola a todos! Mario, hay fallo sobre eso? tenes el dato?? yo lo que sÍ sabia era amparo para los hombres excluidos de la 26970 pero no por cuestión económica...nos pasas los datos??? GRACIAS!!!!
EN EL MISMO FALLO QUE BAJE SOBRE LOS HOMBRE EXCLUIDOS, PUSE DESPUES LO SIGUIENTE

TAMBIEN ES IMPORTANTE DESTACAR EL SIGUIENTE PARRRAFO DEL FALLO, QUE HACE MENCION DE FALLOS EN CUANTO A LA DISCRIMINACION POR SU POSICION ECONOMICA Y SITUACION SOCIAL, ESTO DARIA PIE PARA LOS QUE ESTAN MARGINADOS PARA OBTENER EL DERECHO QUE TIENEN TODOS LOS HABITANTES DE JUBILARSE
Asimismo, en el fallo: “Z.,J.J. c/Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba s/plena Jurisdicción del 20 de agosto de 2014", la C.S.J.N. estableció que: ”esta Corte ha interpretado que la igualdad establecida en el art. 16 citado (Constitución Nacional), impide que se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que en iguales circunstancias se concede a otros (Fallos: 153:67, entre muchos otros). Al mismo tiempo, el tribunal ha aplicado un escrutinio riguroso sobre las normas que establecen clasificaciones basadas en criterios específicamente prohibidos (también llamados sospechosos de inconstitucionalidad), tales como la raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición social (art. 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; art. 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos, y Fallos: 329:2986). En efecto, cuando esta Corte ha tenido que expedirse sobre la validez de las leyes que utilizan como en el caso alguno de esos criterios de clasificación expresamente prohibidos, lo ha hecho partiendo de una presunción de inconstitucionalidad (Fallos: 327:5118 “Hooft”; 329:2986 “Gottschau”, y 331:1715 “Mantecón Valdés”), que sólo cae si la demandada justifica los fines sustanciales que la norma quiso resguardar y demuestra que el medio utilizado era absolutamente necesario para alcanzar el propósito enunciado. 11) que la demandada no ha justificado que la exclusión de los varones del derecho de pensión reconocido a las concubinas responda a un fin trascendente que únicamente puede ser alcanzado por ese medio, ya que se ha limitado a señalar a lo largo del proceso que la ley impugnada no los amparaba y a citar otra norma del mismo cuerpo legal que también deparaba una tratamiento diferenciado a hombres y mujeres para acceder a la pensión por viudez".
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 #1242075  por DraVero
 
fafa16 escribió: Jue, 13 Jun 2019, 19:12 Hola!! por que no sacas directamente turno para jubilación?
Y el día del turno , allí recién te salta el código del socio económico.
Yo intentaría sacar de nuevo el turno para ir directamente.
Saludos

Hola! Cómo estás? No, es que para moratoria tenés que sacar el turno correspondiente, sino es ir y que te digan lo mismo. Igual con ese formulario que encontré al presentarlo y recibir la notificación de los motivos, tenés abierta la vía judicial para iniciar el reclamo.
Muchas gracias! Saludos!
 #1242080  por silsu444
 
Buenas tardes, alguien tine el texto de la nueva modificación a la Ley 26970 o el número de circular, no puedo encontrar el texto completo, mil gracias
SILVIA
 #1242116  por alejandra01
 
todavía no salió la publicación en el boletín oficial. Hay que esperar ...
silsu444 escribió: Jue, 27 Jun 2019, 19:34 Buenas tardes, alguien tine el texto de la nueva modificación a la Ley 26970 o el número de circular, no puedo encontrar el texto completo, mil gracias
SILVIA