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 #1250497  por Stefano93
 
Buenas colegas, consulta un trabajador es despedido sin justa causa en octubre de 2018, en junio de 2018 la empresa se había concursado. La consulta debo notificar la demanda además de a la empresa, al Sindico?
 #1250869  por agentil
 
Stefano93 escribió: Mié, 27 Nov 2019, 18:16 Buenas colegas, consulta un trabajador es despedido sin justa causa en octubre de 2018, en junio de 2018 la empresa se había concursado. La consulta debo notificar la demanda además de a la empresa, al Sindico?
Vos notificas la demanda, en la contestación la empresa te va a decir que esta en concurso y te va a pasar los datos del concurso. Ahí el juez te va a ordenar notificar al sindico. Saludos
 #1251024  por Stefano93
 
Buenas colegas, la empresa por lo que vi en la mev contesta siempre y denuncia el concurso en Caba. El tema es justamente ese, al ser un crédito pos-concursal, al Sindico se lo notifica para que conozca la existencia del juicio o deberé también correrle traslado de la demanda?
 #1251068  por flux
 
No levantes la perdiz..., no digas que la empresa esta concursada. Notifica normal y seguilo adelante. Si te contestan que estan concursados van a ordenar un oficio al concurso para que diga la fecha de apertura. Si la fecha es anterior al despido pedi que se excluya al despido del concurso por ser credito post concursal (igual los laborales no entienden un soto de concursos y segur se taran y no resuelven esto y dicen que si o si venga el sindico). En ese caso, si te dicen que hay que hacer oficio por "parte interesada", contesta que vos no sos esa parte. Que desconoces la existencia del concurso y solicitas se intime a la contraria a acreditar el concurso bajo apercibimiento de seguirse el proceso con costas a la contraria por la falta de acreditacion y eventuales nulidades que pudieran generarse en esas condiciones (no tenes porque laburarle gratis a la contraria acreditando su prueba). Volvelos locos con esto. El tema es que para cualquier negociacion tiene que esta presente el sindico (no viene ni a palos, no le interesa) o el acuerdo no es valido sin la ratificacion posterior (a menos que logres que te lo declaren excluido del concurso por ser post concursal). Si pasa a sentencia a toda audiencia cita al sindico o tampoco son validas. Si no te contestan la demanda seguila en rebeldia y saca sentencia. Que se presenten despues a ver como lo dan vuelta si es que pueden.

Lo jodido, aun sacando sentencia a ver como lo cobras es otro tema..., y..., si esta concursada la empresa..., posiblemente caiga en quiebra, y ahi si te agarra el credito si la declaracion es posterior. Ojo que un laboral con conexidad en un comercial por un concurso o quiebra es un juicio dificil, si no vale mucho la pena no lo agarres.
 #1251081  por DRalonso
 
GENIAL DESCRICION, flux!

"si no vale mucho la pena no lo agarres." ¿TE REFERIS AL MONTO? PORQUE SI SE COBRA SE COBRA EN "MONEDA DE QUIEBRA": SIN INTERESES, NI ACTUALIZACION, NI UN CAZZO...
 #1251383  por drkuen
 
Muy buena y magistral la explicacion de Flux, pero tengo una duda.
No tengo idea de consurso, pero debo tomar la fecha desde que se inicia el expte del concurso o tomo la fecha que se declara abierto el concurso para un credito post concursal
Desde ya gracias