hola..quisiera saber si para hacer la baja de un automotor por un heredero, en el registro automotor, basta la declaratoria de herederos. O si debo llegar al oficio y testimonio, transferir y luego dar la baja. gracias
alejandra01 escribió: ↑Vie, 02 Jun 2017, 23:53 gracias legales. Voy a ver como se maneja el registro porque debo hacer constar en el sucesorio que el auto se destruyó totalmente para que ordene eso. Y no se como probarlo. La aseguradora ya lo verificó. Está en un depósito judicial...hay que ver con que pruebo que el auto está destruido para que el juez ordene la baja. Llamaré al Registro Nacional Automotor a ver que opinan pero igual creo que cada registro automotor es un mundo.Ale, yo lo probé con la CD que me mandó la aseguradora comunicándome que daba destrucción total y pagaba xxxx cantidad de $$$, no hice constar nada en el sucesorio.También tuve que presentar libre deuda de patente al momento de la baja ( en Pcia. ), o sea, tuve que pagar tooooodas las patentes desde el momento del accidente a la baja.
Tuiti escribió: ↑Lun, 05 Jun 2017, 12:20alejandra01 escribió: ↑Vie, 02 Jun 2017, 23:53 gracias legales. Voy a ver como se maneja el registro porque debo hacer constar en el sucesorio que el auto se destruyó totalmente para que ordene eso. Y no se como probarlo. La aseguradora ya lo verificó. Está en un depósito judicial...hay que ver con que pruebo que el auto está destruido para que el juez ordene la baja. Llamaré al Registro Nacional Automotor a ver que opinan pero igual creo que cada registro automotor es un mundo.Ale, yo lo probé con la CD que me mandó la aseguradora comunicándome que daba destrucción total y pagaba xxxx cantidad de $$$, no hice constar nada en el sucesorio.También tuve que presentar libre deuda de patente al momento de la baja ( en Pcia. ), o sea, tuve que pagar tooooodas las patentes desde el momento del accidente a la baja.
Qué raro hablarnos por acá
legalescom escribió: ↑Vie, 02 Jun 2017, 22:03 Ya que, por allí, he leído: "No se puede dar de baja si el titular esta fallecido,-Solo con oficio del juez luego de haber presentado la declaratoria de herederos".