Hola muchachos, queria preguntarles respecto del art. 35 ley 27423, por honorarios en sucesion. Ahi establece que se calculan sobre el valor de lo que se transmite "en la mitad del minimo y del maximo de la escala del art. 21".
El acervo es un inmueble valuado en $2.500.000, o sea excede las 751 UMA, entonces la mitad seria un valor entre 6% y 7,5%, lo que me da por resultado entre $150.000 y $187.500. No se si es lo correcto porque me regularon $98.000. O hice mal el calculo o lo hizo mal el juez.
Si pueden orientarme, les agradezco de antemano.
tito
El acervo es un inmueble valuado en $2.500.000, o sea excede las 751 UMA, entonces la mitad seria un valor entre 6% y 7,5%, lo que me da por resultado entre $150.000 y $187.500. No se si es lo correcto porque me regularon $98.000. O hice mal el calculo o lo hizo mal el juez.
Si pueden orientarme, les agradezco de antemano.
tito