BUENAS NOCHES!
LES HAGO UNA CONSULTA..........MI CLIENTA; CONCUBINA DE MAS DE 10 AÑOS VIVIA JUNTO A SU CONCUBINO EN LA PROPIEDAD DE ÉSTE ULTIMO. EN SEPTIEMBRE DEL 19, EL CONCUBINO FALLECE. SIN HIJOS.
LOS UNICOS CON DERECHOS HEREDITARIOS, "SERIAN" UNOS SOBRINOS QUE VIVEN EN URUGUAY.
LOS BIENES DEJADOS POR EL CAUSANTE SON: UN INMUEBLE (actualmente vive mi clienta), UN LOCAL dentro del mismo terreno de la propiedad, UN VEHICULO.
OBVIAMENTE, DE TODOS LOS BIENES, EL TITULAR ES EL FALLECIDO.
LUEGO DEL FALLECIMIENTO, LA CONVIVIENTE HIZO (según me comentó), UN "CERTIFICADO DE CONVIVENCIA POST MORTEM" (Sinceramente, hasta ahora nunca había tenido conocimiento que esto se pudiera hacer!)
SOBRE EL LOCAL, MI CLIENTA HACE UN MES CELEBRÓ CONTRATO DE LOCACION, EN CARACTER DE POSEEDORA DEL INMUIEBLE. (Un contrato paupérrimo! hecho supuestamente por una inmobiliaria, pero esto es "harina de otro costal"!)
EXISTE ALGUNA POSIBILIDAD QUE LA CONVIVIENTE PUEDA VENDER EL VEHICULO?
ME LLEGÓ HOY ÉSTE CASO. ANALIZABA "A PRIORI", INICIAR SUCESORIO, PRESENTAR A ÉL O LOS SOBRINOS Y QUE LOS MISMOS EN EL MOMENTO OPORTUNO, CEDAN LAS ACCIONES Y DERECHOS HEREDITARIOS A FAVOR DE LA CONCUBINA.
PERO, CONSIDERANDO QUE ÉSTA POSIBILIDAD SERÍA COSTOSA, APELO A LA EXPERIENCIA DE MUCHOS DE UDS., PARA RECIBIR ALGUNA OTRA SUGERENCIA POSIBLE.
MUCHAS GRACIAS!
LES HAGO UNA CONSULTA..........MI CLIENTA; CONCUBINA DE MAS DE 10 AÑOS VIVIA JUNTO A SU CONCUBINO EN LA PROPIEDAD DE ÉSTE ULTIMO. EN SEPTIEMBRE DEL 19, EL CONCUBINO FALLECE. SIN HIJOS.
LOS UNICOS CON DERECHOS HEREDITARIOS, "SERIAN" UNOS SOBRINOS QUE VIVEN EN URUGUAY.
LOS BIENES DEJADOS POR EL CAUSANTE SON: UN INMUEBLE (actualmente vive mi clienta), UN LOCAL dentro del mismo terreno de la propiedad, UN VEHICULO.
OBVIAMENTE, DE TODOS LOS BIENES, EL TITULAR ES EL FALLECIDO.
LUEGO DEL FALLECIMIENTO, LA CONVIVIENTE HIZO (según me comentó), UN "CERTIFICADO DE CONVIVENCIA POST MORTEM" (Sinceramente, hasta ahora nunca había tenido conocimiento que esto se pudiera hacer!)
SOBRE EL LOCAL, MI CLIENTA HACE UN MES CELEBRÓ CONTRATO DE LOCACION, EN CARACTER DE POSEEDORA DEL INMUIEBLE. (Un contrato paupérrimo! hecho supuestamente por una inmobiliaria, pero esto es "harina de otro costal"!)
EXISTE ALGUNA POSIBILIDAD QUE LA CONVIVIENTE PUEDA VENDER EL VEHICULO?
ME LLEGÓ HOY ÉSTE CASO. ANALIZABA "A PRIORI", INICIAR SUCESORIO, PRESENTAR A ÉL O LOS SOBRINOS Y QUE LOS MISMOS EN EL MOMENTO OPORTUNO, CEDAN LAS ACCIONES Y DERECHOS HEREDITARIOS A FAVOR DE LA CONCUBINA.
PERO, CONSIDERANDO QUE ÉSTA POSIBILIDAD SERÍA COSTOSA, APELO A LA EXPERIENCIA DE MUCHOS DE UDS., PARA RECIBIR ALGUNA OTRA SUGERENCIA POSIBLE.
MUCHAS GRACIAS!