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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #139194  por ZOE
 
soy de un pueblo santafesino, trabajo en asesoria legal en la Municipalidad y me encuentro con la siguiente situación:
un contribuyente adeudaba 300 pesos en concepto de tasa por servicio, en el año 2000 se le hizo un convenio de pago, y lo que se hacia era dar de baja la deuda en el sistema informatico pero seguía vigente el convenio. En el año 2001 este contribuyente solicito el libre deuda para ppoder vender la propiedad, le dieron el libre deuda sin fijarse que había un convenio de pago.
Que puedo hacer?? puedo ejecutar el convenio? tengo alguna acción?? el tipo es contador y se las sabe todas...

 #139309  por ANALIA_
 
Hola tenes que ver bien el tema del sistema.
En principio hay una responsabilidad por parte del funcionario que emitio el libre deuda.
1.- lo primero que haria seria pedir al centro de computos que determine si a la fecha de expedicion del libre deuda ... aparecia el convenio.
2.- en caso positivo habria una responsabilidad por parte del funcionario.
ademas controlaria quien supuestamente haya firmado ese dia haya ido a trabajar.
ojo esto te lo comento por experiencia que he tenido en donde trabaje.
3.- Si lo debe lo debe ademas se lo seguiria cargando igualmente a la propiedad ... porque pensa que por $ 300 nadie va hacer un juicio.o pagar a un abogado.
4.- igualmente si firmo convenio por el 2001 ya hay periodos que te han prescriptos. no es facil la situacion porque hay un perjuicio fiscal.

Que programa utilizan para recaudaciones S400?
 #139659  por pablosal
 
ZOE escribió:soy de un pueblo santafesino, trabajo en asesoria legal en la Municipalidad y me encuentro con la siguiente situación:
un contribuyente adeudaba 300 pesos en concepto de tasa por servicio, en el año 2000 se le hizo un convenio de pago, y lo que se hacia era dar de baja la deuda en el sistema informatico pero seguía vigente el convenio. En el año 2001 este contribuyente solicito el libre deuda para ppoder vender la propiedad, le dieron el libre deuda sin fijarse que había un convenio de pago.
Que puedo hacer?? puedo ejecutar el convenio? tengo alguna acción?? el tipo es contador y se las sabe todas...
Lamentablemente no puedes hacer nada y por favor seamos sensatos en las opiniones que vertamos. Sabemos en el error -quizá involuntario- en que incurrió la Municipalidad, al otorgar el certificado de libre deuda con posterioridad a la fecha de la firma del convenio de pago -y seguramente con posterioridad a la finalización del mismo, también-, con lo cual, mire por donde se lo mire, otorgó "carta de pago", liberando al contribuyente. Extinguió la obligación fiscal. Hay pago documentado emitido del propio acreedor. Crees que puede prosperar la ejecución fiscal?. Saludos.

 #139919  por ANALIA_
 
Desde el punto de vista del municipio
1.- haria una denuncia penal contra el funcionario.

2.- llamaria al contribuyente y preguntar si realmente pagó.
2.- abriria un sumario en sede administrativa para que presten declaracion.
3.- Solicitaria a contaduria si realmente fueron pagados esos importes y que indique fecha de ingreso del dinero y indique banco en el cual lo pago.
5.- Al contribuyente le solictaria que acompañe las boletas pagas.
punto 1, 2 , 3 , 4, 5, lo acompaño a sede judicial ( penal )
y ademas cito al contribuyente para que declare en sede penal.

Aqui hay un perjuicio fiscal para la muni... y por ende se deben cubrior
Si la persona le entregaron un libre deuda a sabiendas que se adeudaba... no se como quedaria en sede judicial
La pregunta clave del fiscal seria ¿ uD pago toda la moratoria??? va a decir que no ... y como es que le entregaron un libre deuda??? contesta no lo se. Ud no le advirtio al empleado??? no se lo llevo o sea se aprovecho del descuido.
Esto que cuento ha pasado no es ficcion aunque ud no lo crea.

Perdon me equivoque 1º la actuacion administrativa y si hay pruebas denuncia penal. en funcion al sumario
En realidad todos nosotros sabemos cuando dejamos de pagar y lo que debemos.
ojo no digo que deberian hacerlo pero no comparto que se diga que basta que tenga un libre deuda. a sabiendas que no pago es suficiente para una defensa .

 #140157  por pablosal
 
ANALIA_ escribió:Desde el punto de vista del municipio
1.- haria una denuncia penal contra el funcionario.

2.- llamaria al contribuyente y preguntar si realmente pagó.
2.- abriria un sumario en sede administrativa para que presten declaracion.
3.- Solicitaria a contaduria si realmente fueron pagados esos importes y que indique fecha de ingreso del dinero y indique banco en el cual lo pago.
5.- Al contribuyente le solictaria que acompañe las boletas pagas.
punto 1, 2 , 3 , 4, 5, lo acompaño a sede judicial ( penal )
y ademas cito al contribuyente para que declare en sede penal.

Aqui hay un perjuicio fiscal para la muni... y por ende se deben cubrior
Si la persona le entregaron un libre deuda a sabiendas que se adeudaba... no se como quedaria en sede judicial
La pregunta clave del fiscal seria ¿ uD pago toda la moratoria??? va a decir que no ... y como es que le entregaron un libre deuda??? contesta no lo se. Ud no le advirtio al empleado??? no se lo llevo o sea se aprovecho del descuido.
Esto que cuento ha pasado no es ficcion aunque ud no lo crea.

Perdon me equivoque 1º la actuacion administrativa y si hay pruebas denuncia penal. en funcion al sumario
En realidad todos nosotros sabemos cuando dejamos de pagar y lo que debemos.
ojo no digo que deberian hacerlo pero no comparto que se diga que basta que tenga un libre deuda. a sabiendas que no pago es suficiente para una defensa .
Me parece un desgaste jurisdiccional innecesario. Después nos mostramos sumamente disconformes cuando los jueces tienen que resolver en tiempo y forma, y no lo hacen. Analía: Estamos discutiendo $300 ... y por ahí, hasta la supuesta deuda está prescripta. Además, en la indagatoria, yo contribuyente, no respondería "no haber pagado", respondería "sí pague cada una de las cuotas del plan". A la pregunta: "Tiene los pagos documentados?", respondería: "No, se lo comió el perro el otro día, pero mire Sr. Juez, tengo un hermoso instrumento público, un "LIBRE DEUDA", del cual se infiere que no solo pague el plan, sino que no le debo nada a esa municipalidad". Agregando que "Sr. Juez, en virtud de mi intachable conducta fiscal, como lo demuestra el "certificado de libre deuda", podría gestionar por su intermedio una quita por los futuros vencimientos?". Debatamos sobre el post de retenciones móviles. Saludos.