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  • Depositario judicial que quiere vender el bien

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 #173547  por marisa99
 
Hola a todos.

Agradecería si alguien me puede desasnar un poco:
Resulta que un cliente compró -hace unos años- una camioneta.
Al tiempo saltó que era un vehículo mellizo, por lo que se inició una causa penal.
En diciembre de 1.999 se le dio la camioneta en calidad de depositario judicial.
Ahora él quiere vender el vehículo, pero ignoro si es posible hacerlo.
Sé que mientras esté como depositario no puede, pero no se me ocurre cómo lograrlo. No sé si alegando el transcurso del tiempo.
Realmente me he hecho un matete.

Muchas gracias a quien pueda ayudarme. :lol:

Marisa.

PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar

 #173564  por Dr. 8
 
Estimada Marisa, resulta imposible realizar el bien con las carácteristicas que vos planteas.

Para lo único que se puede utilizar ese automovil es para ponerle flores y hacer un hermoso cantero.

Saludos,

 #173858  por marisa99
 
Ja, ja. Gracias Dr. 8

En realidad esta inquietud surge porque un colega me trajo el caso, diciéndome que supuestamente podría hacerse algo utilizando un artóculo del C.C. que tampoco me supo decir cuál era. :oops:
ÉL me trajo algo que ni sabe lo que es, y yo releí el código, no encontré nada que me sirviera y no tengo idea del artículo que nombra (lástima que el Código no enseña cómo hacer magia ¿no?)

Gracias de nuevo.

Marisa.

:wink:

 #173869  por juampi
 
Porque no averiguas que es lo que paso con esa causa iniciada en el 99???Hubo condena????

Fijate, tal vez ya esta archivada, cosa que es lo mas probable.

 #173874  por marisa99
 
Gracias, Juampi.

No. No hay condena.
¿Pero en caso de que estuviera archivada, el depósito quedaría sin efecto ipso facto?

 #174129  por juampi
 
Si no hay condena y la causa termino no tiene sentido que siga teniendo el vehiculo en caracter de depositario, anda a verla bien y en caso de que asi sea, como vos decis, pedi que se restituya el bien en el mismo caracter con el cual lo tenia antes de esa medida, es decir que se deje sin efecto el cargo de depositario judicial.

 #174288  por Dr. 8
 
Querido Juampi, la imposibilidad de la venta, deviene en que el automotor presenta una irregularidad manifiesta en sus números de inscripción comúnmente llamado mellizos) y no en el carácter de depositario judicial del pobre cliente de la Dra. Marisa. Ello así, como consecuencia de la irregularidad, el Registro Automotor se ve imposibilitado a tomar razón de la transferencia de dominio.

A mayor detalle, recuerdo que en una oportunidad realicé una solicitud de inscripción con basamento en que el adquirente había sido estafado en su buena fe (situación que constaba en la causa penal iniciada) y había adquirido a título oneroso, planteo que fue rechazado de plano.

En fin, por lo expuesto es que el mejor consejo es que lo utilice de masetero.

 #174320  por juampi
 
Dr 8, entiendo a lo que se referia Marisa y tambien me parece mas que logico lo que vos planteas, pero yo lo veia de esta otra forma, si la causa finalizo sin condena, y esta persona sigue teniendo el auto, tan solo como depositario, pero sigue teniendolo, cabe la posibilidad, remota tal vez, de que en la causa se haya comprobado que tal adulteracion no existio o bien que el auto que el posee se encuentra con la numeracion de chasis y motor estampadas en forma correcta y original, lo que mas me llamaria la atencion es que si fue comprobado en la causa que tal irregularidad en la numeracion o documentacion del vehiculo existio, esta persona siga teniendo en su poder el vehiculo, creo que lo logico y legal en ese caso hubiera sido que se lo secuestren nuevamente y a estas horas ya estaria siendo desmantelado en algun deposito judicial.

Por lo anterio, me parece importante que vaya a ver la causa y se ponga al tanto de que es lo que paso en ella, pericias, archivo, etc.


Espero se entienda, saludos para todos.

 #174459  por Dr. 8
 
A ver Juampi, con el mayor de lo respetos me voy a permitir disentir con Ud.

Cuando se insta la acción penal es porque se comprueba la adulteración de los números de inscripción del vehículo, no es la primera vez que al momento de realizar la verificación policial el adquirente (una vez pagado el precio y realizada la tradición del bien) se encuentra imputado en una causa penal y con el vehículo secuestrado.

Ahora bien, normalmente (arriesgo aunque no ejerzo el Derecho Penal) estas causas terminan sin condena alguna, cuestión que no significa que la adulteración existió.

Sin perjuicio de lo expuesto, considero que el mejor consejo es comprobar mediante un mecanico de confianza si la adulteración existe, aunque -nuevamente arriesgo- que de haberse instado la causa penal todo indica que sí.

Saludos,

 #174492  por juampi
 
Es probable que suceda lo que decis, pero no siempre que se insta la accion penal es porque se comprueba la adulteracion, se insta la accion penal como consecuencia de la sospecha respecto a la procedencia del vehiculo, pero tambien en innumerable cantidad de ocasiones, luego de una pericia de revenido metaloquimico se comprueba que tal adulteracion no existe.

Tambien es cierto, que la mayoria de las veces este tipo de causas termina sin condena, lo que, como bien señalas, no implica que la adulteracion no haya existido, lo que a mi me genera dudas, es que si la adulteracion existio, jamas hubieran permitido que esa persona continuara teniendo el vehiculo, pues se trata de un vehiculo con la numeracion o con la documentacion adulterada, te imaginas lo que seria de la vida de ese funcionario que restituye un vehiculo que la pericia hecha sobre el mismo establece que se presume que se encuentra "adulterado", que despues es utilizado en un robo, o que protagonizara un accidente en la via publica.

Insisto, que vea la causa y compruebe que es lo que paso, el dictamen de un mecanico es bastante poco serio, solo una pericia de revenido, bien hecha, le va a dar seguridad, los que se dedican a adulterar la numeracion estan muy afilados. A simple vista todo esta bien.

Saludos.