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  • Contestacion de contestacion

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 #175550  por martins
 
Se trata de una demanda por daños y perjuicios, en capital, por la parte actora.
Me contestaron la demanda. Mis preguntas son:
Debo contestar la contestacion del demandado? En todos los casos? En el caso de contestar debo afirmar nuevamente lo que dije en el escrito de demanda? Como se tiitularia el escrito, por que se trata de la contestacion de contestacion.
Gracias.

 #175614  por claudiarf
 
Que te pusieron en el proveido???, decime y luego vemos

 #175678  por martins
 
claudiarf escribió:Que te pusieron en el proveido???, decime y luego vemos
EL proveido dice lo siguiente:
"Buenos Aires...Por presentado, parte y constituído
domicilio.
Téngase presente para su oportunidad.
Hágase saber que deberá cumplir con los
aportes previstos por la ley 1181 y el bono del
Colegio de Abogados.".
Deberian haberme dado trasaldo de la contestacion? Si yo retire las copias de la contestacion de demanda, puedo igual responder?.
De todas formas tengo otra duda: Puedo o debo contestar la contestacion? En que puede influir?. Gracias.

 #175681  por claudiarf
 
en gral, no se da traslado de la contestación de la demanda, (vos retiras copia) a menos que el proveído lo diga dado que pueden plantear excepciones, documental que debes reconocer o no, etc. Para contestar tiene que ser hechos concretos y no replicar sobre lo que pusieron sino te van a decir que el Cproc. no admite dúplicas.
Espero haber sido clara

 #175825  por martins
 
claudiarf escribió:en gral, no se da traslado de la contestación de la demanda, (vos retiras copia) a menos que el proveído lo diga dado que pueden plantear excepciones, documental que debes reconocer o no, etc. Para contestar tiene que ser hechos concretos y no replicar sobre lo que pusieron sino te van a decir que el Cproc. no admite dúplicas.
Espero haber sido clara
Muchas gracias claudiaf, justo esa era mi duda.