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 #447503  por Mordisco
 
Con respecto a la naturaleza del boleto de compraventa, la gran mayoria considera que no es el contrato de compraventa, sino una simple promesa de venta, y otros, (una minoria) que es el contrato de compraventa.

La gran mayoria de la doctrina y de la jurisprudencia, considera que el boleto de compraventa no es justo titulo, antes de la reforma del art 2355 por la ley 17711, la doctrina era unánime, el boleto no era justo titulo, pero con el párrafo incorporado art 2355 del CC, por el art. 1° de la Ley N° 17.711, y al expresar que la posesion con boleto es legitima, algunos doctrinarios, entre ellos Borda, llegaron a concebir al boleto como justo titulo, pero hasta ahora, la jurisprudencia no lo considera como justo titulo
 #449184  por julietah
 
Perdon Mordisco pero lo que dice el CC es que la adquisicion es legitima pero no asi la posesion que es ilegitma aunque de buena fe
 #449187  por julietah
 
Perdon Mordisco pero lo que dice el CC es que la ADQUISICION es legitima, no asi la posesion que es ilegitima aunque de buena fe
 #449215  por Mordisco
 
Doctora, entiendo la postura, la corriente que opina que el boleto de compraventa es el contrato definitivo de compraventa consideran que el que posee con boleto de compraventa es un poseedor legitimo (y esta postura se apoya en la acción de escrituración que le corresponde al comprador, entre otras consideraciones) en cambio, lo que afirman que el boleto es solo una promesa de venta, y no el contrato definitivo, como comprendera mal puede pensarse que le daran sustento y preeminencia al boleto por sobre el contrato formalizado en una escritura e inscripto en el RPI, y por esa razón consideran que el poseedor con boleto es un poseedor ilegítimo
 #449589  por Paula71
 
HOLA A TODOS !!! y antes que nada mil gracias por las distintas opiniones !!!!!!!!!!!! :D

Está buena la discusión respecto de si hay justo título o no. Para mí el Boleto NO ES JUSTO TÍTULO, (aunque cuando hay posesión la mayoría de los jueces lo tienen en cuenta).

Pero en realidad para mi caso no me interesa eso. Mi cliente tiene más de 20 años de posesión ABSOLUTAMENTE COMPROBABLE, asique le da igual hacer una usucapión larga o corta !!!!!!!!!!!!!!!!!!. En caso de optar por la usucapión haría la larga para no meterme en esa discusión y listo !!!!.

Mi duda es si no me conviene (por una cuestión de DINERO !!!!) hacer una acción por Escrituración (basada en la obligación nacida del Boleto), aunque tenga más de 30 años, ya que no estaría prescripto justamente por haber POSESIÓN !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!. ??????????????

No se que me conviene, porque nunca se terminó de pagar por dudas en las cuotas por cambios monetarios, y luego nunca más se reclamó nada, y ya pasaron como dije más de 30 años.

No termino de ver qué me conviene hacer ??????????????????????????????????? :?

Cualquier aporte es muy valioso !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #449734  por Mordisco
 
De la misma manera como se interrumpe la prescripcion de la accion por escrituración, por la posesión pacifica y continua, tb se interrumpe la de exigir el pago del precio insoluto o residual.

Osea si pide escrituracion la otra parte puede oponer la exceptio non adimpleti contractus
 #450419  por Paula71
 
Hola MORDISCO !!! la verdad que te agradezco tu colaboración !!!!!!!!!!!!!!

Donde puedo leer algo sobre eso ???????????? tenés idea ????????????????

Entonces por lo que decís definitivamente me conviene iniciar una usucapión (larga). Tenés idea de cuánto me puede llegar a salir ????
Muchos tiran precios pero muy distintos entre sí, y la verdad es que le tengo que pasar un presupuesto estimado a mi cliente.

Desde ya mil gracias !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! *flor*
 #1252338  por Ezegramajo
 
Paula71 escribió: Jue, 19 Mar 2009, 15:27 Hola a todos, pido disculpas por las molestias pero necesito que me ayuden con un tema que al menos para mí, es por demás complejo.
Paso a contarles:

Mi cliente compró un lote mediante ley 14005, en Haedo, Morón, y firmó BOLETO DE COMPRAVENTA con fecha 18 de octubre de 1974. Mediante dicho plan, que estipulaba cuotas FIJAS, luego del pago de la tercer cuota se entregaba la posesión.
Mi cliente pagó normalmente durante un año sin problemas, y obviamente obtuvo la posesión. Luego cuando quiso seguir pagando (y en medio de una de las tantas crisis económicas del país) no le recibieron el pago, e intentaron mediante un estudio jurídico interviniente, indexarle la cuota, a una suma exhorbitante. Obivamente mi cliente se negó a pagarla, e incluso intimó al cobro mediante Carta documento, sin obtener respuesta alguna. Conclusión, esto fue hace mil años, y es sólo el antecedente del caso.
Desde esa fecha mi cliente vive en dicho inmueble, es la sede de su hogar conyugal, ha realizado una gran construcción allí a través de los años. También regularizó todo el tema impositivo en la década del ochenta ingresando en una moratoria por tema cloacas, etc. En fin, él vive normalmente allí y no tiene problema alguno.
El tema es que me viene a ver porque quiere ESCRITURAR a su nombre, dado que no posee título alguno.
En principio entiendo que se podría iniciar un juicio por Escrituración. Respecto del saldo del precio supongo que no habrá problema porque esa deuda está por demás prescripta. Además como nadie le reclamó suma alguna, se entiende que el vendedor aceptó tal situación. Y si habría duda alguna sobre eso, lo construido por mi cliente en dicho lote supera en precio ampliamente al saldo de precio adeudado.
La duda es que nunca hice (ni vi) un juicio de Escrituración y no tengo idea de cómo es el trámite. Qué cuestiones debo acreditar, requisitos, actos procesales, etc.
Además, contra quién se inicia el juicio ????. Contra el vendedor ???? La verdad que me parece que si se empieza a notificar gente se va a demorar mucho y en realidad se trata de legalizar una cuestión de hecho.
La otra opción sería una usucapión veinteañal, pero el proceso tengo entendido que es costoso y complejo y no creo que haga falta, ya que él tiene el boleto, los pagos que efectivamente realizó, las facturas que fue gastando en la construcción, el reclamo en la Municipalidad, etc.
Les pido por favor que me den una mano porque el hombre está enfermo y quiere dejar las cosas prolijas para que no tengan problema sus herederos.
Bueno, desde ya mil gracias a todos !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Buenas tardes Paula. como pudiste resolver este caso... me llego algo similar y veo que hace muchos años te ha pasado.
saludos
 #1252342  por DRalonso
 
PAULA Y Ezegramajo: PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEINTEAÑAL, PERO SI EL "CLIENTE" ESTA CONTANDO MONEDITAS, ¡MEJOR PATEARLO!

TENDRAN PROBLEMAS PARA COBRAR...