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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #48618  por Monykin
 
Alquien podria ayudarme!!!, en un caso de trabajador de vigilancia, intimo a aclarar relacion laboral, en base a su fecha de ingreso, dias y horario trabajo y remuneracion. El empleador niega todo. Dice que el horario de trabajo es de 22 a 06 cuando en realidad era de 19 a 07, el trabajador tiene una planilla donde consta ese horario de ingreso e incluso lo han suspendido por haber llegado a las 19.20 hs. en una oportunidad. Ahora el empleador lo intima se presente a trabajar a las 22 hs. ¿que hago? ¿debo intimar que aclare el horario, es injuria, intimo que restablezca el orden y horarios laborales, asigne puesto? por favor ¿que hago? debe presentarse mañana a las 22hs.
Gracias. Mònica.

 #48665  por DAL
 
Tiene copia de aquella sanción??? Te va a ser de utilidad porque se viene un despido, probablemtne negociado . . .

Yo te diría que se presente a trabajar a las 22.00 hs. Y que espere como se desenvuelven los acontecimientos.
SAlvo que este nuevo horario le provoque algun menoscabo (fijate el tema del IUS VARIANDI del art. 66, cuidado, texto nuevo!!!) pero no creo poqrue el nuevo esta contenido dentro del viejo horario. Pero quizá el tema hay que verlo por el lado de la remuneración. Como está este tema????

Si intimaste por la 24013 y tu cliente tiene pruebas de que la pedida es la registración correcta, ante la negativa puede darse por despedido. Pero se embarca en un juicio. Evalualo junto con el.

Suerte y avisanos!!!!

 #48699  por Ishtar
 
Hola, coincido con Dal en relacion al horario desde las 22 hs... esta dentro de la jornada que le hacian cumplir por lo que en eso no varia...por lo que si fuera un caso mio haria lo mismo que dice Dal, que concurra a trabajar de 22 a 6 hs .
Con respecto a las hs de mas que trabajo habria que estudiar el caso, ya que se podria iniciar juicio por el cobro de las mismas ( si es que tiene pruebas, testigos que lo vieron trabajar esas hs. ) y no necesitaria renunciar ni darse por despedido, lo único es que corre el riesgo de que lo despidan...Hay que estudiar y evaluar el tema con el empleado...

en relacion a las intimaciones por los arts 9 y 10 de la 24.013 hay que ver bien que fue lo que pusiste en el emplazamiento y que le contestaron... :roll:

 #48764  por Monykin
 
Gracias, les agradezco sus respuestas, el primer cambio telegrafico fue del trabajador:" encontrandome laborando bajo sus ordenes y en relacion de dependencia desde el dia 23/12/2006, cumpliendo tareas de lunes a sabados de 19 a 07 hs, con una remuneracion mensual de $ 940 mas $ 1600 por horas extras, ante negativa de tareas del dia 23/08/2007 a lo que va en fecha, no tengo servicio asignado, lo intimo por la presente para que en el plazo de 48 hs. de recibida la presente aclare situacion laboral, bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa, conforme art. 242, y 246 LCT."

FUE ENVIADA EL 29/08/2007, En ese "interin" al no haber respuesta, se envia uno nuevo el 04/09/2007:"Ante silencio de telegramaxxx de fecha 29/08 solicitando tareas, me considero despedido por su unica y exclusiva culpa art. 246 LCT. Intimo plazo 48 hs. abone indemnizacion por despido arbitrario, diferencias salarias que surjan de lo efectivamente abonado y lo establecido en el convenio colectivo de trabajo, por los meses comprendidos desde 23/12/06. Asimismo intimo plazo de ley esgrima comprobantes de pago de aportes provisionales, de obra sociales, bajo apercibimiento de lo dispuesto por la ley 25345 art 132 bis LCT. para el caso de que aquellas obligaciones del empleador no se hayan cumplido o se omitan hacertlo conformando asi una nueva injuria y causal de despido as mi puesto de trabajo. Al mismo tiempo intimo haga efectivo elpago del proporcional del SAC 2º semestre 2007, dado que las mismas fueron laboradas y no abonadas, asi como tambien abone las sumas derivadas de las horas extraordinarias laboradas durante la totalidd de la relacion laboral, bajo apercibimiento, ante la falta de pago, de considerarme despedido por su exclusiva e injuriosa culpa."

EL DIA 07/09 EL TRABAJADOR FUE AL CORREO A RETIRAR UN TELEGRAMA ENVIADO POR EL EMPLEADOR CON FECHA 03/09/07: "Acuso recigo de su TCL xxx y la rechazo por improcedente y falaz,"... asi niega el horario de trabajo, niega que realiza horas extras, niega que se le nieguen tareas, y dice que por medio de nota en libro de novedades fue citado a presentarse el dia 28/08 a las 09 hs, el trabajador fue a las 14 hs. porque segun èl no tenia dinero para viajar a capital y procuro conseguir prestado. Y se lo intima a que el lunes 10/09 se presente en las oficinas de capital (sin horario), y que a las 24 hs. de recibida la presente se presente a trabajar en el ultimo puesto a las 22.00 hs.

El telegrama lo recibio el viernes 07/09, le aconseje que se presente el sabado a las 22 hs. con dos testigos. Y a la vez conteste el telegrama: "Acuso haber recigido su CD xxx de la cual niego todos y cada uno de los terminos de la mismo que no sean expresamente reconocidos por el suscripto. Niego el horario de trabajo que denuncia el empleador, etc. etc. ... Siempre estuvo mi capacidad laborativa al servicio de la empresa, por ello y a pesar de no ser mi horario habitual de trabajo, concurrirè en el tèrmino intimado, a fin que se me asignen tareas y al solo efecto de evidenciar que no existe malicia de mi parte."

ESO FUE TODO LO HECHO HASTA AQUI, AHORA VERE EL DOMINGO, COMO LE FUE EL SABADO.... ¿QUE OPINAN? ¿HICE BIEN?... MUCHAS GRACIAS...