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  • Renuncia del trabajador

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 #7646  por mnoemi
 
Hola!!
Un empleado renuncio enviando telegrama, a partir del 11/12, ese mismo dia dejo de presentarse al empleo, por lo tanto no cumplio con los 15 ds. de preaviso.
Que se le debe pagar? Que no? Debe alguna indemnizacion al empleador por no cumplir con el preaviso? Como se calcula?

Gracias
Mabel

 #7947  por Mary
 
Hola, Se le calcula el sueldo, vacaciones, SAC, etc proporcional. Y obviamente no se le cobra nada por falta de preaviso por parte de él.

Atte

 #7968  por mnoemi
 
Hola!!!
Gracias por tu respuesta, es lo que yo supongo, pero el encargado me dice que segun la ley el empleado deberia una indemnizacion por el articulo 232 LCT y no se si NO pagarle los dias trabajados en el mes. ¿Que debo hacer?
Salu2 :D

 #7992  por Mary
 
Hola, En la práctica no se aplica el preaviso por parte del trabajador. Le pagás los días trabajados y el proporcional SAC, vacaciones, la liquidación común. Cómo tenés el telegrama es muy facil, hacelo en el Ministerio de Trabajo así se quedan todos conformes.
Atte

 #8461  por mnoemi
 
Gracias.
Me quedo claro.
Feliz año nuevo!!!!!