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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #49885  por TORDO
 
Consulta, tengo un cliente empleador que tiene una empleada que hace un año y medio la intimo para que formalice su tramite jubilatorio. Esta empleada la semana pasada cobro su haber.- Por lo cual le voy a hacer enviar un CD, que diga: Atento haber culminado su tramite jubilatorio, y haber percibido el primer pago del haber en tal sentido, queda concluida la relación laboral que nos une, por haber alcanzado Ud su jubilación.- haberes a su disposición.- (y ahi luego le paga ultimo mes trabajado, sac prop. vac prop y nada mas)

Alguna opinion que sugiera algo distinto, o confirme mi criterio la agradecere.-

 #49915  por ADRIAN MONTENEGRO
 
ESTOY DE ACUERDO CON EL TEXTO DE TU CD. SI TE PARECE, AGREGALE EL Nº DE ART. DE LA LCT QUE ESTAS APLICANDO.

ADRIAN

 #50019  por DAL
 
Dale Tordo y suerte!!!!!

Eso sí, si quiere puede reingresar, digo, si la trabjadora le sirve. En este caso la antiguedad anterior no se le sumaría.

Salvo que se la quiera sacar de encima, entonces que no reingrese!!!

 #50028  por TORDO
 
gracias a ambos. Y no lo va a reingresar, eso seguro je.-
gracias.-