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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #56571  por Amanda
 
buenas, queria consultarles sobre una consulta laboral que tengo. Es un hombre que tiene una pizzeria y le llego un telegrama del repartidor de pizzas intimandolo a que dentro de las 72 hs. aclare su situacion laboral, que lo registre conforme a derecho, bajo apercibimiento de considerarse injuriado y despedido por su culpa.Hace un año que trabaja, y obviamente no esta registrado.Como se podria contestar la carta? Podria argumentarse que lo que el repartidor recibia no era una remuneracion sino que trabajaba por las propinas?En caso que lo registre, seguramente tendria que pagarle ese año que trabajo? como se calcula el monto a pagar? Bueno muchas gracias, y espero vuestra ayuda!

 #56612  por Sailaw
 
Las indemnizaciones de ley de empleo, son muy gravosas, quizas sea preferible blanquear al empleado dentro del plazo otorgado por la ley 24.013, art 12

Pero tambien se puede llegar a un acuerdo en el Seclo, o Secretaria de Trabajo en Pcia, ofreciendole una suma para su renuncia. y a otra cosa mariposa.

Pero si el empleado cumplio con lo previsto en el art. 11 inc b mala fariña, porque es posible una inspección que sería aún más gravosa que las indemnizaciones pretendidas por el empleado.

Por eso vengo insistiendo en otros hilos, que lo mejor no es jugar todas las cartas si uno va por la Actora, porque no es bueno colocar al Empleador en situación de rata acorralada en forma irremediable, sino utilizar esos elementos como presión para llegar a un buen acuerdo.

 #57781  por MARINAC
 
No... lo de las propinas, no... Porque ningun trabajo se presume gratuito... No puede alegar que trabajaba pero que no le pagaba. Es mas , en ese caso, el Tribunal le va hacer pagar el año de remuneraciones que no cobró...
Muchas defensas no hay , mas que negar todo y llegar a un acuerdo luego, no le veo... igual tal vez en el caso concreto, puedas alegar algo, , todo eso para negociar , pero tarde o temprano, va a tener que pagar...
Saludos

 #57818  por TORDO
 
coincido totalmente con MARINAC, no vale la pena registrarlo tampoco, ya que lo que busca es romper la relación, y no continuarla

suerte

 #57865  por Sailaw
 
Las indemnizaciones emergentes de la ley de empleo son saladas!!! pero en este caso encuentro un error.

No se puede considerar despedido hasta que se cumplan los plazos de ley, lo mejor que pudiera pasar es que el repartidor de pizza aplique el 246 antes, y no entra la ley de empleo, así de sencillito.

Si el abogado que tiene, es inexperto y cae en esa trampa, solo se tiene que abonar las indemnizaciones de LCT., si es que se prueba la relación laboral.

 #57868  por doctoreduardo
 
Lo difícil creo, en este caso, es probar la relación laboral.

Se produce 'una batalla de testigos??'.

 #57871  por Sailaw
 
Existe algo que quizas nos olvidamos en estos caso, y es la invocación del trabajo eventual, art 99 LCT, y creo que para lo planteado constituiria una buena defensa.

Pero es un poco cansador esto de ser una pelota de ping pong, de repente en la actora, de repente en la demandada!!!

 #57955  por TORDO
 
[Sailaw, no hay error, el que esta en una encrucijada es el empleador.-

ya que le intimo le aclare situacion laboral, y que registre, imagino que la intimacion a registrar fue hecha en debida forma y not a AFIP


asi que si le desconoce relacion laboral, no tiene que esperar mas nada se considera despedido y a reclamar sin mas por todo.-

si guarda silencio, se considera injuriado, y despedido, negativa de tareas y a reclamar por todo.-

si lo manda por propinas, considera desconocimiento de relacion laboral, negativa a registrar debidamente y a no hay error, en todos los casos como diria un gran jurista "la emboca"

obvio que despues debera probar la relacion laboral, pero eso con unos testigos no creo que haya mucha dificultad, lo mejor es desconocer relacion laboral, y oportunamente negociar, por un año no le puede salir tan caro.-


suerte

 #57958  por TORDO
 
lo de trabajo eventual con un año de relación y un repartidor de pizza dificilmente prospere como defensa, es mas lo que haria en tal caso es terminar reconociendo la relacion laboral, y disminuir la capacidad de negociar en mejor posición.-

suerte
Última edición por TORDO el Mié, 10 Oct 2007, 12:51, editado 1 vez en total.

 #57989  por Sailaw
 
Siendo que ya es mediodía, no se traeria una pizza?, con fainá por favor!!!