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  • Boleto de compraventa-sucesion

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 #1144112  por drdhbarbieri
 
Buenas noches foristas. Tengo un cliente que me viene a ver con la idea de iniciar la sucesion de sus padres, el unico bien integrante del acervo es un inmueble q lo compro hace unos años atras y solo tiene un boleto de compraventa. Mi duda es debo iniciar la sucesion y con la declaratoria de herederos en mano, los herederos pueden escriturar si pueden contactarse con el vendedor? Puede hacerse asi? O tengo q iniciar una accion de escriruracion? Muchas gracias a todos por cualquier ayuda. Saludos cordiales.
 #1144124  por abogado1987
 
entiendo que si
atento que integra
"...el acervo sucesorio los derechos y acciones emergentes del boleto oportunamente suscripto por la causante..."
 #1144144  por legalescom
 
Lamento disentir con abogado 1987, por ser un abogado de ley, pero, antes de iniciar sucesión, yo trataría de contactarme con los titulares de dominio, si viven, y están de acuerdo, escriturar, directamente, con el hijo del comprador. Si no viven, ni hay sucesión de ellos, iniciada, evaluaría el promover una usucapión, antes de una escrituración.
 #1144146  por ElExplorador
 
legalescom escribió:Lamento disentir con abogado 1987, por ser un abogado de ley, pero, antes de iniciar sucesión, yo trataría de contactarme con los titulares de dominio, si viven, y están de acuerdo, escriturar, directamente, con el hijo del comprador. Si no viven, ni hay sucesión de ellos, iniciada, evaluaría el promover una usucapión, antes de una escrituración.


Legales, si se iniciara la usucapión, en el escrito de inicio ¿se informa en los Hechos de la demanda, que la propiedad fue comprada? ¿la parte demandada es el que figura como titular en el Registro de la Propiedad?

Y te hago una última pregunta, si se tratara de una usucapión que pretendiera iniciar un heredero declarado en un proceso sucesorio cuya declaratoria no fue inscripta en relación al bien que se pretendiera usucapir, el heredero en los hechos de la demanda ¿debe informarle al juez que existe una declaratoria a su nombre y que hace más de 20 años él posee exclusivamente el inmueble y la parte demandada sería los otros herederos declarados? ¿o conviene no informar la existencia de una declaratoria y demandar directamente al titular registal?
 #1144172  por ebarreyro
 
Se puede informar que la propiedad fue comprada. Igual, sería mejor convertir los goles en el otro arco. No cualquiera hace una usucapion, aunque cualquiera la presenta.
Y es imposible inscribir la DDHH en un bien que se pretende usucapir. No cualquiera hace una sucesión, aunque cualquiera la presenta.
Ya hablar de interversión es explicar en mandarín.
 #1144173  por legalescom
 
Siempre, conviene recurrir a la vía más corta. Por lo tanto, se demanda al titular dominial. El boleto de compraventa, acredita que, el demandante, continúa en la posesión y, por lo tanto, suma la suya propia, a la de su antecesor, sin necesidad de ninguna declaratoria de herederos. ¿capisce?
 #1144289  por DrOcto
 
Mi opinión, en los diversos casos:
1) Titulares vivos: solicitarles la escrituración (vía extrajudicial y posteriormente ante la negativa la vía judicial).
2) Titulares muertos sin sucesorio: demandar la escrituración a los titulares registrales, sin mencionar el fallecimiento (puede suceder que se presenten los hijos, en cuyo caso deberían allanarse, ya que si deciden pelearla y está todo en regla seguramente perderán)
3) Titulares muertos con sucesorio: presentarse en el sucesorio y solicitar se designe administrador y se lo autorice a escriturar

No menciono la usucapión porque no has mencionado, o no leí por lo menos, si son poseedores de la casa desde hace cuantos años, además esta vía pienso yo que podría retornar en una reivindicación por parte de los herederos, mientras que la escrituración no podría volverse en contra con ninguna otra acción.

Espero sirva, un saludo
 #1144338  por drdhbarbieri
 
Entonces, planteo la usucapion, sin necesidad de la DH? Y que ocurre si se presenta otro heredero del comprador e inicia el sucesorio y reclama su parte del inmueble?.
 #1144369  por legalescom
 
Tendría que cuestionar la usucapión de tu cliente, y no creo le vaya bien, si no ha ejercido actos posesorios sobre el inmueble.
 #1144393  por drdhbarbieri
 
Muchas gracias legalescom!.
Otra consulta: disculpen que insista, comprendi todos los aportes, pero digo no estaria de mas iniciar el sucesorio del comprador y que mis clientes con la declaratoria de herederos logren legitimidad para iniciar la usucapion y tambien clarificar la situacion de ellos ante el juez de la usucapion. Puedo hacerlo asi? Esta demas el sucesorio?
 #1144796  por drdhbarbieri
 
Otra vez gracias foristas!.
Colegas tendrian si no es mucha molestia un modelo de escrito de demanda de usucapion con el nuevo CCyC? Desde ya muchisimas gracias!